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Sufragio Universal expresado en las personas extranjeras

Sarahi Vargas Educación para la Ciudadanía Segundo Español 3 fichas

Fichas del conjunto (3)

  1. 1*Sufragio Universal expresado en las personas extranjeras*La Constitución de la República del Ecuador de 2008, Art. 63, reconoce el derecho de las personas extranjeras al sufragio facultativo con respecto a candidatos de nuestro país.
  2. 2*Para ejercer este derecho, las personas extranjeras deben cumplir con ciertos requisitos: a) Residir más de 5 años en el país. b) Cumplir con los requisitos igual que un ciudadano ecuatoriano: tener más de 16 años, no tener interdicción judicial ni sentencia condenatoria ejecutoriada. c) Registrarse en los padrones electorales, consignando un domicilio permanente (CNE).*Para las elecciones de febrero de 2020, se calculó que podían ejercer este derecho
    81 513 personas extranjeras residentes en el pais.
  3. 3*El ejercicio del derecho al voto para las personas extranjeras está vinculado con el concepto de la ciudadanía universal, que implica el reconocimiento de todos los derechos humanos a las personas extranjeras que ingresan al territorio ecuatoriano, en las mismas condiciones que cualquier ciudadano ecuatorianolinkgrafias:
    https://drive.google.com/file/d/1xo6d3JDHzx7h3Y2u5hJ0Yf2XjTRBxGM4/view

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Descripción
Conozcamos como funciona el derecho al voto en los diferentes grupo de la sociedad.
Creado por
Sarahi Vargas
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extranjeros
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