Created by carlos rosales
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Question | Answer |
PRINCIPIOS RECTORES DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO | Son la base o fundamento para el desarrollo de cualquier tipo de procedimiento o actuación, son el margen dentro del cual debe actuar el investigador en todo momento y sus procedimientos estarán determinados por el respeto de estas normas rectoras. |
LEGALIDAD | Los miembros de la Policía Nacional Civil solo podrán ser sometidos a procedimientos administrativo cuando incurran en infracciones establecidas en este reglamento disciplinario y de conformidad con los procedimientos establecidos |
DEBIDO PROCESO | El procedimiento disciplinario administrativo deberá respetar y sujetarse a las garantías contempladas en la Constitución Política de la República de Guatemala. |
INOCENCIA | Todo miembro de la Policía Nacional Civil a quien se le atribuya la comisión de una infracción disciplinaria, se presumirá inocente mientras no se declare su responsabilidad. |
GRATUIDAD | Ninguna actuación procesal causará costas a quienes intervengan en el procedimiento, con excepción de las copias que solicite el sujeto a procedimiento. |
NO MAS DE UNA SANCIÓN POR EL MISMO HECHO | Nadie podrá ser sancionado más de una vez por la misma acción u omisión constitutiva de infracción disciplinaria, aún cuando a ésta se le dé una denominación diferente. |
CELERIDAD | La autoridad competente impulsará de oficio el procedimiento disciplinario administrativo y realizará las diligencias necesarias para la averiguación de la verdad de los hechos en que se fundamenta. |
INDEPENDENCIA | La sanción administrativa se aplicará sin perjuicio de las responsabilidades penales o de otra índole, que deriven de la conducta policial. |
PROPORCIONALIDAD | Las sanciones que se impongan guardarán proporción con las infracciones cometidas, atendiendo a las circunstancias que concurran para su realización y las que afecten o puedan afectar el servicio. |
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