Hechos punibles

Description

UNIVERSIDAD YACAMBÚ FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL LOS HECHOS PUNIBLES, LA EXTRADICIÓN,LAS FALTAS Y DELITOS Participante: Anibal de Jesús Espejo Exp: CJP-133-01287V Curso: Introducción al Derecho Penal Tutor: Abg. Eleana Santander Ladera
Anibal Espejo
Mind Map by Anibal Espejo, updated more than 1 year ago
Anibal Espejo
Created by Anibal Espejo over 5 years ago
25
0

Resource summary

Hechos punibles
  1. EXTRADICIÓN
    1. El artículo 6 del CP (2005), tipifica la Extradición en Venezuela
      1. La extradición es uno de los mecanismos de asistencia internacional, destinado a frenar la impunidad de aquellas personas que pretendiendo evadir la acción de la justicia, buscan refugio fuera del país donde cometieron el HECHO PUNIBLE.
      2. CLASIFICACIÓN (Según el artículo 1 del Código Penal (CP) venezolano, 2005)
        1. DELITOS
          1. SE CASTIGARAN A LOS QUE COMETAN DELITO CP (2005)
            1. • Contra la Independencia y la Seguridad de la Nación (artículos 128 al 142)
              1. • Contra el Derecho Internacional (artículos 152 al 159)
                1. • Contra la Libertad (artículos 166 al 193)
                  1. • Contra la Cosa Pública (artículos 194 al 234)
                    1. • Contra la Administración de Justicia (artículos 238 al 271)
                      1. • Contra el Orden Público (artículos 272 al 297)
                        1. • Contra la Fe Pública (artículos 298 al 342)
                          1. • Contra la Conservación de los Intereses Públicos y Privados (artículos 343 al 373)
                            1. • Contra las Buenas Costumbres y Buen Orden de las Familias (artículos 374 al 404)
                              1. • Delitos Contra las Personas (artículos 405 al 450)
                                1. • Delitos Contra la Propiedad (artículos 451 al 454)
                                2. “Las acciones u omisiones previstas por la ley y castigados por ella con una pena" (Grisanti, 2007).
                                  1. “Acción, típicamente antijurídica, culpable y adecuada a una figura penal” (Soler. 1992, citado por Pacheco, 2013).
                                    1. CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS Según la legislación venezolana
                                      1. Delitos Comunes: aquellos que ofenden o lesionan bienes jurídicos individuales (la violación, el robo, el homicidio, entre otros).
                                        1. Delitos Políticos Puros: los cometidos contra el orden establecido en el Estado (robos de armas para una rebelión).
                                          1. Delitos Sociales: los cometidos contra el régimen económico-social establecido en una comunidad organizada.
                                            1. Delitos Militares: Son aquellos que están constituidos por infracciones o violaciones del orden, disciplina o deberes militares (la deserción, entre otros).
                                              1. Delitos de Acción: Se cometen haciendo algo que la Ley Penal prohíbe en forma implícita (matar a una persona)
                                                1. Delitos de Omisión: Se consuman cuando el resultado antijurídico se produce como consecuencia de una conducta negativa (como el tipificado en el artículo 208 del Código Penal)
                                                  1. Delitos Instantáneos: aquellos en los que la acción termina en el mismo instante en que el delito queda consumado (el homicidio)
                                                    1. Delitos Permanentes: aquellos en los que el proceso ejecutivo perdura en el tiempo (el secuestro)
                                                      1. Delitos Simples: son los delitos cuya acción viola un solo derecho o bien jurídico (el delito de homicidio, el cual destruye el bien jurídico de la vida).
                                                        1. Los Delitos Complejos: delitos en los que la acción respectiva ofende varios derechos o bienes jurídicos (violación de una mujer que ofende o ataca, en primer lugar, la libertad sexual de entregarse a quién ella elija, y en segundo lugar, ataca el bien jurídico del pudor, de la honestidad.
                                                          1. Delitos Conexos: los que están tan íntimamente vinculados, que los unos son consecuencia de los otros (el robo inicial y el homicidio perpetrado para encubrir el robo)
                                                            1. Delitos de Acción Pública: aquellos en los cuales el enjuiciamiento del sujeto activo es, del todo, independiente de la voluntad de la persona agraviada (el
                                                              1. Los Delitos de Acción Privada: aquellos en los cuales el enjuiciamiento del sujeto activo está subordinado a la instancia de la parte agraviada o de sus representantes regales (el delito de difamación).
                                                                1. Los Delitos Dolosos (o Intencionales): aquellos en los cuales el resultado antijurídico coincide con la intención delictiva del agente, como ocurre en el homicidio doloso: un individuo quiere matar a otro y en efecto lo mata.
                                                                  1. Delitos Culposos: aquellos en los cuales el agente no se propone cometer delito alguno, sino que el acto delictivo ocurren por negligencia, imprudencia, impericia en su profesión, arte o industria o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o instrucciones (los accidentes de tránsito, en cualquiera de las circunstancias descritas).
                                                                    1. Otras Clasificaciones Según El Código Penal Venezolano:
                                                                      1. • Delitos Formales y Materiales
                                                                        1. • Delitos de Daños y Delitos de Peligro
                                                                          1. • Delitos Comunes y Delitos Especiales
                                                                            1. • Delitos Flagrantes y Delitos No Flagrantes
                                                                              1. • Delitos Individuales y Delitos Colectivos
                                                                                1. • Delitos de Sujeto Active Indiferente y de Sujeto Activo Calificado
                                                                                  1. • Delitos de Sujeto Pasivo Indiferente y de Sujeto Pasivo Calificado
                                                                                    1. • Delitos Principales y Delitos Accesorios
                                                                                      1. • Delitos Tipos y Delitos Circunstanciados
                                                                                        1. • Delitos de Fraude y Delitos de Violencia
                                                                                    2. FALTAS
                                                                                      1. Actos ilícitos penales que lesionan los derechos personales, patrimoniales y sociales pero que por su intensidad no constituyen delitos
                                                                                        1. FALTAS SEGÚN EL CPC(2005)
                                                                                          1. Contra el Orden Público (artículos 483 al 508)
                                                                                            1. Concernientes a la Moralidad Pública (artículos 530 al 537)
                                                                                              1. Relativas a la Seguridad Pública (artículos 509 al 529)
                                                                                                1. Relativas a la Protección Pública de la Propiedad (artículos 538 al 544)
                                                                                            2. En Forma General: Acción sancionada por el Derecho con una pena.
                                                                                              1. Concepto Formal: es una conducta humana amenazada con una pena
                                                                                                1. Concepto Material: es una conducta humana que agrede un bien jurídico
                                                                                                  1. Concepto Analítico: conducta típica, antijurídica
                                                                                                    1. Comprende en su mayor generalidad, todos los hechos a los cuales la ley haya preferido una pena que se encuentra tipificada en las diferentes leyes penales.
                                                                                                      Show full summary Hide full summary

                                                                                                      Similar

                                                                                                      Ramas del derecho
                                                                                                      Mónica Molina
                                                                                                      DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
                                                                                                      valeavenita
                                                                                                      Tema 2: Constitución Esañola (I)
                                                                                                      Francisco Afonso
                                                                                                      DERECHO ROMANO
                                                                                                      profesorjoelnavarro
                                                                                                      APUNTES DE DERECHO PROCESAL
                                                                                                      IGNACIO FERNANDEZ
                                                                                                      Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
                                                                                                      Dania Riverol
                                                                                                      sistema penal acusatorio
                                                                                                      Agote la vía gubernativa
                                                                                                      Derecho Penal
                                                                                                      freddygroover
                                                                                                      MARCO JURÍDICO
                                                                                                      Javier Paz
                                                                                                      Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
                                                                                                      evamarcela.escob
                                                                                                      Fuentes del Derecho Romano
                                                                                                      Marisol González