Conjunto de modalidades o circustancias
minimas previstas por la ley, bajo las cuales
el trabajador debe prestar sus servicios de
forma personal a un patron, con la finalidad
de proteger su salud, Integridad fisica y
mental, así como su vida.
Se basan en tres principios:
En ningún caso podrán ser inferiores
a las reconocidas por la ley
Deben ser iguales para trabajos
iguales, sin que puedan establecerse
diferencias, cualquiera que sea el
motivo con que se las pretenda
justificar.
Deben ser proporcionales para cada
trabajador, de acuerdo con la
importancia de los servicios
La Legislación laboral mexicana
El titulo cuarto, lo relativo a los derechos y
obligaciones de los trabajadores y de los
patrones
El titulo tercero lo referente a los
siguientes aspectos , derivados de la
prestacion de un trabajo personal
subordinado, mediante el pago de un
salario
JORNADA DE TRABAJO: El trabajador se obliga
aponer su energía de trabajo a disposición del
patrón durante un numero determinado de
horas.
JORNADA EXTRAORDINARIA son aquellas
que se exceden o prolongan más allá de la
jornada contratada o convenida entre el
trabajador y el patrón, por requerimiento
imprevistos necesidad excepcional de la
empresa.
DIAS DE DESCANSO Y VACASIONES: Los
legales se dividen en semanal,
obligatorios y vacaciones. Los
convencionales por acuerdo o con
permiso de este
PRIMA DOMINICAL Pago adicional
por trabajar en Día domingo, dicho
pago es del 25% (como mínimo)
sobre el salario de los días
ordinarios del trabajo (Art. 71)
DESCANSOS OBLIGATORIOS: propiciar que
los trabajadores conmemoren
determinados acontecimientos cívicos de
carácter nacional o de especial
significación para la clase trabajadora
VACASIONES: Los trabajadores que
tengan mas de un año de servicio
disfrutaran de un periodo anual de
vacaciones pagadas, que en ningún
caso podrá ser inferior a 6 días
laborales, y que aumentará en dos
días laborables, hasta llegar a 12.
SALARIO: la retribución que debe pagar el
patrón al trabajador por su trabajo.En
perspectiva legal es la principal obligación
que el patrón tiene.
PUEDE FIJARSE: Por unidad de
tiempo , y por unidad de obra o
destajo.
INTEGRACION: El salario se integra por los
pagos hechos en efectivo por cuota diaria,
gratificaciones, habitaciones, primas,
comisiones, prestaciones en especie y
cualquier otra cantidad o prestación que
se entregue al trabajador por su trabajo.
AGUINALDO: es una remuneración que recibe
el empleado adicionalmente a las doce
mensualidades habituales. Puede haber uno o
más aguinaldos al año.
PARA EL TRABAJADOR: Estabilidad de empleo Garantizar la protección
para la salud Elevar su nivel de vida y el de su familia, mediante un
ingreso económico razonable Propiciar su superación profesional en el
lugar de la prestación del servicio y la posibilidad de participar en los
beneficios de la cultura bajo los principio de igualdad
PARA EL PATRON: Garantizar la dirección del servicio Que el
servicio sea ejecutado con la intensidad, cuidado y esmero
apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos El derecho a
una utilidad o beneficio patrimonial razonable