ENTE ECONÓMICO: el ente económico es la
empresa, éste puede ser individual(persona
natural) o social (persona jurídica)
CONTINUIDAD: los hechos económicos deben
contabilizarse bajo la presunción de que la empresa
continuará, se debe hacer registro en el libro diario.
UNIDAD DE MEDIDA: la actividad económica se
rige mediante una moneda funcional, en el caso
de Colombia es el Peso.
PERÍODO CONTABLE: es un paso del tiempo
donde se realiza la actividad económica
organizada, la empresa estipula la fecha del mismo.
Por lo menos una vez al año con corte a 31 de
diciembre, la organización debe emitir los estados
financieros básicos.
VALUACIÓN O MEDICIÓN: para la empresa todo
recurso o utilidad tiene valor económico
CAUSACIÓN: los hechos económicos deben ser
reconocidos en el período en el cual se realicen y no
solamente cuando sea recibido o pagado el efectivo
o su equivalente.
MATERIALIDAD: los hechos económicos deben
reconocerse y presentarse de acuerdo con su
importancia relativa o material. Un hecho económico es
material cuando por su cuantía puede alterar
significativamente los estados financieros.
PRUDENCIA: cuando existan dificultades para medir de
manera confiable un hecho económico se debe optar por
registrar la alternativa que tenga menos probabilidad de
sobreestimar los activos y los ingresos, o de subestimar
los pasivos y los gastos.
Normas Técnicas generales de Contabilidad
RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS
ECONÓMICOS: las transacciones o hechos
económicos deben ser identificados y registrados en
la contabilidad.
MEDICIÓN AL VALOR HISTÓRICO: los hechos
económicos se deben reconocer inicialmente por su
valor histórico, es decir, el valor original pagado al
momento de la realización del hecho económico
MONEDA FUNCIONAL: la moneda funcional en
Colombia es el Peso; en el caso de realizar
transacciones en otras unidades de medida, deben
ser reconocidas en la moneda funcional, utilizando la
tasa de conversión aplicable en la fecha de su
ocurrencia.
AJUSTE A LA UNIDAD DE MEDIDA: los estados
financieros se deben ajustar para reconocer el efecto de la
inflación.
PROVISIONES Y CONTINGENCIAS: se deben
registrar provisiones para reconocer contingencias
por pérdidas probables. Las provisiones deben ser
justificadas, cuantificadas y confiables. Las
contingencias pueden ser probables, eventuales o
remotas.
CLASIFICACIÓN DE LOS HECHOS ECONÓMICOS:
los hechos económicos deben ser apropiadamente
clasificados, es decir contabilizados en las cuentas
apropiadas. La clasificación debe hacerse con base
en el Plan Único de Cuentas.
ASIGNACIÓN DE COSTOS Y GASTOS: los costos y
gastos deben ser asignados o distribuidos de
manera sistemática y apropiada, en el período en
que éstos se usen.
DIFERIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS: los
ingresos recibidos deben contabilizarse como
diferidos hasta tanto no se haya cumplido con la
obligación adquirida, y los pagos efectuados no
deben contabilizarse hasta tanto no se haya
recibido el beneficio esperado.
ASIENTOS CONTABLES: los hechos económicos
deben ser contabilizados en los comprobantes con
base en documentos que los soporten. Se deben
soportar por el sistema de partida doble.
AJUSTES Y CORRECCIONES: antes de emitir
estados financieros deben efectuarse los ajustes
necesarios para registrar hechos económicos que
no hayan sido contabilizados.
CIERRE CONTABLE: antes de emitir los estados
financieros de fin del período, deben cerrarse las
cuentas de resultado y trasladar el saldo de la
utilidad o pérdida del ejercicio, a la respectiva
cuenta del patrimonio.
Las Normas Básicas de Contabilidad
están conformadas por conceptos y
postulados que fundamentan la
información contable, con el fin que ésta
sea de tipo informativo.
Las Normas Técnicas Generales de
Contabilidad son aquellas que regulan el
ciclo contable. El ciclo contable, es el
proceso que se sigue para garantizar que
todos los hechos económicos se
reconozcan y transmitan correctamente a
los usuarios de la información contable.