Simultáneamente: No miembro de las dos Cámaras, no miembro de Asamblea de CCAA y del Congreso
Miembros de las Cámaras no ligados por mandato imperativo
En reuniones sin convocatoria parlamentarios no ejercen sus funciones ni mantienen sus privilegios
Reuniones sin convocatoria no vinculan a las Cámaras
Art. 68
CONGRESO
Entre 300 y 400 Diputados
Elección por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, como
establece la Ley
Circunscripción electoral: provincia. Ceuta y Melilla con un Diputado cada una. Número de
diputados asignado por Ley, con asignación inicial y resto de diputados proporcionalmente a
población
Elección según criterios de representación
proporcional
Congreso elegido por cuatro años. Mandato cesa a los cuatro años, o
antes (si se disuelve la Cámara)
Electores y elegibles todos los españoles que gozan de derechos políticos
Derecho a votar de residentes españoles en el exterior reconocido por Ley y garantizado por el Estado
Elecciones entre 30 y 60 días después de conclusión del mandato, nuevo Congreso convocado dentro de los 25 días de la
elección
Art. 69
SENADO
Cámara de representación territorial
En cada provincia cuatro Senadores elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, según Ley orgánica
En provincias insulares, las islas o agrupaciones de islas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirán circunscripción para elegir senadores. Islas mayores (Gran Canaria, Mallorcia y Tenerife, 3
Senadores. Islas y agrupaciones de islas (Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote, La Palma): 1 Senador.
Ceuta y Melilla: dos Senadores
Parlamentos autonómicos u órganos colegiados superiores de cada CCAA designan un senador por cada una y otro más por cada millón de habitantes, respetando criterios de proporcionalidad
Senado elegido por cuatro años. Cese del mandato a los cuatro años, o antes (si se disuelve la Cámara)
Art. 70
Incompatibilidad e ineligibilidad de Diputados y Senadores definidas en Ley
Miembros del Tribunal Constitucional
Altos cargos de la Administración del Estado, excepto miembros del Gobierno
Defensor del Pueblo
Jueces, Magistrados y Fiscales en activo
Militares profesionales. miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo
Miembros de Juntas Electorales
Validez de actas y credenciales de miembros de las Cámaras sujetas a control judicial
según Ley