Promoción y evacuación de pruebas (procedimiento laboral):

Description

Mapa Mental en Promoción y evacuación de pruebas (procedimiento laboral):, creado por jhosmeiry bastidas en 28/02/2020.
jhosmeiry bastidas
Mind Map by jhosmeiry bastidas, updated more than 1 year ago
jhosmeiry bastidas
Created by jhosmeiry bastidas over 4 years ago
22
0

Resource summary

Promoción y evacuación de pruebas (procedimiento laboral):
  1. El procedimiento laboral comienza con la introducción de la DEMANDA en los tribunales laborales en la (URD).
    1. Las formalidades que debe contener la DEMANDA se encuentran establecidas en el artículo 126 de la LOPTRA.
    2. LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA: El juez procederá a la admisión dentro de los (2) días hábiles correspondientes a su recibo.
      1. Luego de admitida la demanda procede lo que es la NOTIFICACIÓN A LAS PARTES.
        1. CONSTANCIA SECRETARIO: EL ART. 126 de la LOPTRA establece que "
          1. LA AUDIENCIA PRELIMINAR: Tiene lugar al décimo día hábil siguiente, posterior a la constancia en autos de su notificación así lo establece el artículo 128 de la LOPTRA.
            1. PROMOCIÓN DE PRUEBAS:
            2. Fin de la audiencia preliminar:
              1. Si en la udiencia preliminar no se pudo llegar a ningún acuerdo, el juez da por concluida la misma; y dentro de los (5) días hábiles siguientes el demandado deberá consignar por escrito la contestación de la demanda. Art. 135 de la LOPTRA.
              2. El tribunal remite el expediente a juicio.
                1. El juez de sustanciación mediación y ejecución al día siguiente de transcurrido el lapso para contestar la demanda remite el expediente al tribunal de juicio art. 136 de la LOPTRA
                2. LA PROVIDENCIA DE PRUEBAS:
                  1. El art. 75 de la LOPTRA establece: " Dentro de los (5) días hábiles siguientes al recibo del expediente, el juez de juicio providenciara las pruebas admitido las que sean legales y procedentes y desechando las que parezcan manifiestamente ilegales o impertinentes.
                    1. Al quinto día hábil siguiente la recibo del expediente, el juez de juicio dejara por auto expreso, el día y la hora para la celebración de la AUDIENCIA DE JUICIO.
                  2. La audiencia de juicio se celebra dentro de los (30) días hábiles siguientes.
                    Show full summary Hide full summary

                    Similar

                    Photosynthesis and Respiration Quiz
                    Selam H
                    Italian: Basics
                    Selam H
                    Key Shakespeare Facts
                    Andrea Leyden
                    Principles of basic electrical circuits
                    Vito Martino
                    Maths Revision- end of year test
                    hannahsquires
                    Biology
                    Holly Bamford
                    Physical Description
                    Mónica Rodríguez
                    Poetry revision quiz
                    Sarah Holmes
                    Leaving Certificate Japanese Kanji
                    Sarah Egan
                    General Pathoanatomy Final MCQs (111-200)- 3rd Year- PMU
                    Med Student
                    3MA114 Management_test 1/2
                    Jakub Beyr