David Freseda Constitucion politica

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David Freseda Constitucion politica
  1. Habitantes
    1. Derechos Fundamentales
      1. Constituyen una garantía sobre el sistema jurídico y político orientado al respeto y promoción
        1. extradicion
          1. Entrega de persona refugiada o detenida en un país a las autoridades de otro que lo requiere para juzgarla
          2. Vida
            1. Propiedad o cualidad esencial de los animales y las plantas, por la cual evolucionan, se adaptan al medio, se desarrollan y se reproducen.
            2. Integridad personal
              1. Se refiere a la total o amplia gama de aptitudes poseídas. Una persona íntegra es aquella que no se queda en una sola actividad, si no que se mueve por las distintas áreas del conocimiento
          3. Nacionalidad Colombiana Articulo 96
            1. Nacimiento
              1. Nacimiento en colombia
                1. Dos condiciones
                  1. Que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos
                    1. siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en la República en el momento del nacimiento
                  2. adopcion
                    1. Los extranjeros que soliciten y obtengan carta de naturalización, de acuerdo con la ley, la cual establecerá los casos en los cuales se pierde la nacionalidad colombiana por adopción
                      1. Los Latinoamericanos y del Caribe por nacimiento domiciliados en Colombia, que con autorización del Gobierno y de acuerdo con la ley y el principio de reciprocidad, pidan ser inscritos como colombianos ante la municipalidad donde se establecieren
                        1. Los miembros de los pueblos indígenas que comparten territorios fronterizos, con aplicación del principio de reciprocidad según tratados públicos. Ningún colombiano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad. Los nacionales por adopción no estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de origen o adopción. Quienes hayan renunciado a la nacionalidad colombiana podrán recobrarla con arreglo a la ley
                    2. CIUDADANIA
                      1. ARTICULO 98.Calidad que habilita a una persona ejercer derechos politicos es decir aquellos cuyo ejercicio le permite tomar parte de conduccion politica del estado
                        1. ARTICULO 99. La calidad de ciudadano en ejercicio es condición previa e indispensable para ejercer el derecho de sufragio, para ser elegido y para desempeñar cargos públicos que lleven anexa autoridad o jurisdicción.
                        2. EXTRANJEROS
                          1. Los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos. No obstante, la ley podrá, por razones de orden público, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos civiles a los extranjeros.
                        3. TERRITORIO
                          1. Extensión de tierra que pertenece a un estado, provincia u otro tipo de división política.
                            1. Suelo
                              1. La porcion de la superficie terrestre sobre la cual se asienta la poblacion y se ejerce la soberania de estado
                              2. Subsuelo
                                1. En el se encuentran los elemetos minerales, indispensables para el territorio economico de cualquier estado
                                2. Espacio aereo
                                  1. Atmosfera que cobre a todo estado
                                    1. orbita geoestacionaria
                                      1. Linea imaginaria con medidas de 150 km de ancho y 30 de espesor
                                      2. Espectro electromagnetico
                                        1. Permite las telecomunicaciones
                                      3. Maritima
                                        1. Mar Territorial
                                          1. Extencion de oceanos que bordean las ostas del suelo y subsuelo
                                            1. Plataforma Submarina
                                              1. Comprende el lecho y el subsuelo de las aras submaritimas
                                          2. ARTICULO 101. Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República, y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación.
                                            1. ARTICULO 102. El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenecen a la Nación.
                                          3. DE LOS PARTIDOS Y DE LOS MOVIMIENTOS POLITICOS
                                            1. ARTICULO 107. Se garantiza a todos los ciudadanos el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse.
                                              1. ARTICULO 108. : El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado.
                                                1. ARTICULO 109. Modificado por el art. 3, Acto Legislativo 01 de 2009. El nuevo texto es el siguiente: El Estado concurrirá a la financiación política y electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, de conformidad con la ley. Las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos y movimientos con Personería Jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas parcialmente con recursos estatales.
                                                  1. El voto es un mecanismo de participación ciudadana que el pueblo de una nación puede utilizar para ejercer el derecho al sufragio. El voto es, ante todo, un acto personal y de voluntad política; además, es un derecho y un deber de todos los ciudadanos.
                                                    1. Cabildo Abierto Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
                                                      1. Se denomina iniciativa legislativa a la potestad que constitucionalmente se atribuye a uno o más órganos de un Estado o territorio para iniciar el procedimiento de trámite de forma válida que culmine en la aprobación, modificación o derogación de una ley.
                                                      2. Revocatoria del mandatoEste mecanismo de participación ciudadana consiste en el derecho político que tienen todos los colombianos, por medio del cual dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
                                                        1. Consulta popularLa consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para decida acerca de algún aspecto de vital importancia. La consulta popular puede ser tanto nacional como departamental, municipal, distrital o local.
                                                          1. Plebiscito (Ley 134 de 1994) El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.
                                                            1. Referendo Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.
                                                    2. ARTICULO 110. Se prohibe a quienes desempeñan funciones públicas hacer contribución alguna a los partidos, movimientos o candidatos, o inducir a otros a que lo hagan, salvo las excepciones que establezca la ley. El incumplimiento de cualquiera de estas prohibiciones será causal de remoción del cargo o de pérdida de la investidura.
                                                      1. ARTICULO 111. Modificado por el art. 4, Acto Legislativo 1 de 2003. el nuevo texto es el siguiente: Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen derecho a utilizar los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético, en todo tiempo, conforme a la ley. Ella establecerá así mismo los casos y la forma como los partidos, los movimientos políticos y los candidatos debidamente inscritos, tendrán acceso a dichos medios.
                                                      2. ARTICULO 103. Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará
                                                        1. ARTICULO 104. El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección.
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