Se considera costumbre a la práctica implantada en la colectividad y considerada por esta como
obligatoria, es decir, es el derecho nacido consuetudinariamente.
Del derecho y la moral, la conducta social humana esta regida por otro sistema normativo,
que tiene en general, hacer la convivencia mas agradable de un nivel educativo superior.
Ademàs
En función de la relación de la costumbre con la ley, cabe hablar de las siguientes clases de
costumbres
• Costumbre contraria a la ley o contra legem
como quedó señalado, ha de
ser rechazada su aplicación
• Costumbre secundum legem
aquella que se sigue de conformidad con la
ley, interpretando ésta de un modo concreto
• Costumbre praeter legem o extra legem
válida por completo, regula situaciones o asuntos no
contemplados por la ley, que en determinados supuestos
remite de forma expresa a la costumbre para reglar una
materia concreta.