Estructura funcional del servicio farmacéutico hospitalario de acuerdo a la normatividad vigente _ Diana Caballero
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Estructura funcional del servicio farmacéutico hospitalario de acuerdo a la
normatividad vigente _ Diana Caballero
Artículo 4:
función
Es el servicio de atención en salud responsable de las
actividades, procedimientos e intervenciones de carácter
técnico, científico y administrativos relacionados con los
medicamentos y los dispositivos médicos utilizados en la
promoción de la salud y la prevención, diagnóstico,
tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, con el fin
de contribuir en forma armónica e integral al
mejoramiento de la calidad de vida individual y colectiva.
Res. 1034. de 2006: procesos de grado de
complejidad
Baja complejidad
Hospitalario
Químico farmacéutico,
tecnólogo en regencia,
auxiliar en servicio
farmacéutico carácter
presencial
Ambulatorio
Tecnólogo en
regencia de farmacia,
auxiliar de servicio
farmacéutico
carácter presencial
Mediana y alta
complejidad
Hospitalario
Químico
farmacéutico de
carácter presencial
Ambulatorio
Químico farmacéutico
responsable de la
presentación del
servicio, cuando no hay
red: químico
farmacéutico de
disponibilidad por cada
5 servicios. En cada
servicio de la red un
tecnólogo en regencia
de farmacia o auxiliar
en servicio de
farmacéutico.
Artículo 5 formas de prestación del
servicio farmacéutico
Servicio farmacéutico
independiente
Es aquel que es
prestado a través de
establecimientos
farmacéuticos
Servicio farmacéutico
dependiente
Es aquel servicio asistencial a
cargo de una Institución
Prestadora de Servicios de
Salud, el que además de las
disposiciones del presente
decreto debe cumplir con los
estándares del Sistema Único
de Habilitación del Sistema
Obligatorio de Garantía de
Calidad en salud.
Artículo 6: objetivos
Promover y propiciar
estilos de vida
saludables
Prevenir factores de
riesgos derivados del
uso inadecuado de
medicamentos y
dispositivos médicos
y promover su uso
adecuado.
Suministrar los
medicamentos y
dispositivos médicos a
informar a los pacientes
sobre su uso adecuado.
Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar
con el equipo de salud, todas las intervenciones
relacionadas con los medicamentos y dispositivos
médicos necesarias para el cumplimiento de su finalidad.
Artículo 8: requisitos
Disponer de una
infraestructura física de
acuerdo con su grado de
complejidad, número de
actividades y/o procesos que
se realicen y personas que
laboren.
Contar con una dotación,
constituida por equipos,
instrumentos, bibliografía y
materiales necesarios para el
cumplimiento de los objetivos de
las actividades y/o procesos que se
realizan en cada una de sus áreas.
Disponer de un recurso
humano idóneo para el
cumplimiento de las
actividades y/o procesos
que realice.
Decreto 780 de 2016
Que compila y simplifica todas las normas
reglamentarias y pre existentes en el sector
de la salud, tiene como objetivo racionalizar
las normas de carácter reglamentario que
rigen en el sector y contar con un
instrumento jurídico único.