NIF B-5

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Norma de Información Financiera B-5
Francisco Ramirez
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Francisco Ramirez
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NIF B-5
  1. Objetivo
    1. 1.- Establecer criterios para identificar los segmentos a informar de una entidad
      1. 3.- Establecer los requerimientos de revelación de cierta información de la entidad económica en su conjunto.
        1. 2.- Establecer las normas de revelación de la información financiera de dichos segmentos
        2. Alcance
          1. Debe ser aplicada por las entidades económicas que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, y que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos.
            1. 1.- Hayan emitido instrumentos financieros de deuda o capital y actualmente se negocien en un mercado público.
              1. 2.- Esten en proceso de registrar instrumentos financieros en una comisión de valores, con el fin de negociarlos en un mercado público.
                1. 3.- Hayan decidido adoptar esta NIF siendo entidades distintas a las mencionadas en los incisos anteriores.
              2. Definición de términos.
                1. a) Cliente: Es una parte que ha contratado a una entidad para obtener de ésta bienes o servicios a cambio de una contraprestación.
                  1. b) Componente: Es una parte con características distintas del resto de las otras partes que componen una partida.
                    1. c) Información usual del segmento operativo: Es el paquete de información financiera que la máxima autoridad en la toma de decisiones de operación de la entidad ha elegido.
                      1. d) Máxima autoridad en la toma de decisiones de operación de la entidad: Se refiere a una función y no necesariamente a un directivo con un cargo especifico, dicha función consiste en la asignación de recursos a los segmentos operativos de una entidad.
                        1. e) Segmento operativo: Es una porción de una entidad con tres características: 1.- desarrolla actividades de negocio por las cuales la entidad genera ingresos, costos y gastos. 2.- sus resultados de operación son revisados de forma regular por la máxima autoridad en la toma de decisiones. 3.- se dispone de información financiera especifica.
                          1. f) Segmento sujeto a informar: Es un segmento operativo o grupo de ellos por el que se requiere revelar en forma segregada su información.
                          2. Transitorios
                            1. La entrada en vigor de esta NIF provoca cambios contables de revelación que deben reconocerse aplicando el método retrospectivo establecido en la NIF B-1, salvo que se considere impráctico hacerlo.
                            2. Vigencia
                              1. Las disposiciones de esta NIF entran en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero del 2011.
                              2. Normas de Revelación
                                1. Una entidad debe revelar información que permita a los usuarios de sus estados financieros, evaluar la naturaleza y los efectos de las actividades de negocio que desarrolla, así como de los entornos económicos en los que opera.
                                  1. 1.- Identificación de segmentos a informar.
                                    1. A) Criterios cualitativos Una de las características fundamentales de un segmento operativo es su capacidad de generar ingresos, así como los costos y gastos relativos. Puede ocurrir que un componente de una entidad esté comprometido con actividades de negocio que está en vías de generar ingresos
                                      1. B) Criterios de agrupación Los segmentos operativos con características similares son evaluados en el mediano o largo plazo sobre las mismas bases. Los segmentos tienen características económicas semejantes y son similares en cada uno de los aspectos siguientes: criterios de productos y servicios, proceso de producción, tipos de clientes, metodos usados para su distribución, marco regulatorio.
                                        1. C) Criterio cuantitativo Los segmentos operativos con las siguientes características están sujetos a informar: 1.- Sus ingresos por actividades primarias son iguales o superiores al 10% del total de ingresos. 2.- Sus activos son iguales o superiores al 10% del total de la suma de todos los activos. 3.- La utilidad o pérdida neta en números absolutos, es igual o superior al 10%.
                                          1. D) Otras consideraciones La información relativa a otras actividades del negocio y a los segmentos operativos por los que no se requiere información segregada debe revelarse dentro de la categoría “otros segmentos”. La entidad debe revelar las fuentes de los ingresos de las actividades primarias incluidas en esta categoría.
                                          2. 2.- Información a revelar por segmentos
                                            1. Información general
                                              1. 1.- Los factores que sirvieron de base para identificar los segmentos sujetos a informar, incluyendo la base de organización y si se han agrupado o no algunos segmentos operativos.
                                                1. 2.- Los tipos de productos y servicios que generan los ingresos de las actividades primarias de cada segmento sujeto a informar.
                                                2. Información sobre resultados, activos y pasivos
                                                  1. 1) Información sobre resultados La entidad debe revelar en forma separada, sobre cada segmento sujeto a informar, los importes de ciertos conceptos reconocidos en el estado de resultado integral, siempre que se incluyan en la información usual del segmento operativo.
                                                    1. 2) Información sobre activos La entidad debe revelar el importe correspondiente al total de los activos de cada segmento sujeto a informar, siempre que se incluya en la información usual del segmento operativo.
                                                      1. 3) Información sobre pasivos La entidad debe revelar sobre cada segmento sujeto a informar los importes de los pasivos incluidos en la información usual del segmento operativo.
                                                    2. 3.- Asignación de información por segmento operativo
                                                      1. La información financiera a revelar por cada segmento sujeto a informar debe corresponder a la que se incluye en la información usual por segmento operativo. Los ajustes y eliminaciones efectuados en la elaboración de los estados financieros de la entidad, así como la asignación de los ingresos por actividades primarias, costos y gastos, pérdidas y ganancias, deben incluirse en la información de los segmentos sujetos a informar, cuando estén incluidos en la información usual del segmento.
                                                        1. Conciliaciones
                                                          1. Cambios en la estructura de organización de la entidad
                                                        2. 4.- Información a revelar sobre la entidad económica en su conjunto.
                                                          1. La información sobre la entidad económica en su conjunto mencionada en los párrafos 37 a 42 debe revelarse en notas a los estados financieros cuando no haya sido incluida en las revelaciones de los segmentos sujetos a informar requerida en los párrafos 21 a 35.
                                                          2. 5.- Información sobre productos y servicios.
                                                            1. Una entidad debe revelar los ingresos por sus actividades primarias procedentes de clientes externos por cada producto o servicio o por cada grupo de productos o servicios similares, salvo cuando no exista información disponible y el costo de obtenerla sea excesivo, en cuyo caso, este hecho debe revelarse.
                                                            2. 6.- Información sobre áreas geográficas.
                                                              1. Salvo cuando no exista información disponible y el costo de obtenerla sea excesivo, la entidad debe revelar la información por áreas geográficas siguiente:
                                                                1. 1.- los ingresos por sus actividades primarias procedentes de clientes externos: i) atribuidos al país del domicilio de la entidad económica; y, ii) en su caso, el total de los atribuidos a otros países en los que la entidad genere dichos ingresos; deben revelarse en forma segregada los ingresos de un determinado país o grupo de países.
                                                                  1. 2.- los activos no circulantes que no sean instrumentos financieros, activos por impuestos diferidos, activos relacionados con planes de beneficios a los empleados ni derechos derivados de contratos de seguros: i) localizados en el país del domicilio de la entidad económica; y, ii) en su caso, el total de los localizados en otros países en los que la entidad tenga de esos activos; deben revelarse en forma segregada,
                                                                2. 7.- Información sobre los principales clientes y proveedores.
                                                                  1. 1.- Clientes: La entidad debe revelar información sobre el grado en que dependa de sus clientes principales. Si los ingresos por actividades primarias procedentes de transacciones con un solo cliente externo representan el 10% o más del total de dichos ingresos de la entidad económica, debe revelarse este hecho, así como el total de ingresos procedentes de cada uno de tales clientes y el segmento operativo en que se revelan dichos ingresos. No es necesario que la entidad revele la identidad de dichos clientes principales o el importe de los ingresos que generan a la entidad por cada segmento.
                                                                    1. 2.- Proveedores: La entidad debe revelar información sobre el grado en que dependa de sus proveedores principales. Si los costos y/o gastos por actividades primarias procedentes de transacciones con un solo proveedor externo representan el 10% o más del total de dichos costos y/o gastos de la entidad, debe revelarse este hecho, así como el total de costos y/gastos relacionados con cada uno de tales proveedores y, en su caso, el segmento operativo al que están asignados. No es necesario que la entidad revele la identidad de dichos proveedores principales o el importe de los costos y/o gastos que generan la entidad por cada segmento.
                                                                Show full summary Hide full summary

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