los titulares del registror son los responsables de la publicidad
y transgresiones
el invima vigilara por el cumpimiento de las reglas expedidas
por el ministro de salud
los mx que no son de venta libre solo se promocionaran de manera cientifica o
tecnica dirigida los especialistas indicados
la publicidad sobre mx debe ser verdadera y sin exageraciones,
se prohibe la publicida cuando:
produzcan engaño o error, cause perjuicios, engañe o difame otras
marcas empresas u organizaciones
la lista de precios y almacenes no podran llevar las indicaciones
de los productos cuando sean bajo formula medica
Los titulares de registros sanitarios que incurran en alguna de las conductas aquí
descritas, estarán sujetos a las medidas y sanciones previstas en el presente
Decreto.
resolucion 114 2004
publicidad
ARTÍCULO 1o. AMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones contenidas
en la presente resolución se aplicarán a todos los medicamentos de venta
sin prescripción facultativa o venta libre.
ARTÍCULO 2o. OBJETO. La información promocional o publicitaria, tiene por objeto
brindarle al consumidor pautas para educarlo en el uso racional y el manejo
adecuado de los mismos.
ARTÍCULO 3o. DEFINICIONES. Para efectos de la presente resolución se adoptan las
siguientes definiciones: Anuncio, Medicamento, Medicamento de venta sin prescripción facultativa
o venta libre, Promoción,publicidad.
La publicidad de medicamentos de venta sin prescripción facultativa o venta libre podrá realizarse a
través de la prensa, la radiodifusión y la televisión y en general, en cualquier otro medio de
comunicación.
Requisitos. La información promocional deberá cumplir: orientar la utilizacion correta
de los medicamentos, ser objetiva sin exagerar, etc.
Formato de solicitud firmado por el titular del registro sanitario, Proyecto de publicidad en original
y dos copias deberá contener las siguientes leyendas es un medicamento, no exceder su consumo,
numero de registro y recibo de consignacion.
Artículo 10. Prohibiciones. Prohíbase la promoción de medicamentos de venta sin prescripción
facultativa o venta libre cuando se trate de incentivos consistentes en dinero o en especie, dado que
inducen al uso irracional o sustitución de los medicamentos.
resolucion 4320 2004
publicidad
el artículo 49 del Decreto 2266 de 2004 determina que la publicidad
de los productos fitoterapéuticos deberá ajustarse a lo establecido
para los medicamentos, según su condición de venta
Que para proteger la salud pública, es indispensable regular los aspectos
relacionados con la promoción y publicidad de los medicamentos y productos
fitoterapéuticos de venta sin prescripción facultativa o de venta libre
Artículo 1o. Objeto y ámbito de aplicación: Que los medicamentos y
productos fitoterapéuticos de venta sin prescripción facultativa o de venta
libre tiene por objeto brindar al consumidor pautas para educarlo en el uso
adecuado de los mismos.
La publicidad podrá realizarse en cualquier medio masivo de los que trata el
artículo 2o de la presente resolución
Requisitos de la publicación: Orientar del uso adecuado de estos,
Respetar la libre competencia, Presidir de términos técnicos
No emplear mecanismos que atraigan la atención de los menores de edad
induciéndolos al consumo de medicamentos y productos fitoterapéuticos
Artículo 7o La publicidad autorizada tendrá una vigencia igual
a la del registro sanitario,
las promociones solo se prodan autorizar cuando se trate de empaque con
contenido adicional, cupones de descuento, indicaciones del uso del
medicamento.
En ningún caso se podrá efectuar promoción de los medicamentos y productos
fitoterapéuticos cuando se trate de incentivos consistentes en dinero o en especie,
dirigidas al consumidor
Le corresponde al Instituto Nacional de Medicamentos y Alimentos, Invima ejercer la inspección,
vigilancia y control sobre dichos productos
Cuando la Comisión Revisora del Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos, Invima, determine que un medicamento homeopático
es de venta libre, su publicidad se regirá por las disposiciones señaladas en la
presente resolución