Es un mapa mental en el cual se expresa información importante investigada en "La geopolítica y los delirios imperiales de la expansión territorial a la conquista de mercados" de José Luis Cadena Montenegro (2006) y vídeos de geopolitica, política y geografía política del canal de YouTube de Educatina (2012), en donde se habla sobre los conceptos a tener en cuenta, teorías, características, clasificación, escuelas y de la geopolítica y la relación que guarda con otros campos de estudio.
El Estado será responsable de las riquezas mineralógicas que se encuentren en el suelo y
subsuelo cualquiera sea su origen y su aplicación será regulada por la ley. Se reconoce
como actores productivos a la industria minera estatal, industria minera privada y
sociedades cooperativas.
erá responsabilidad del Estado la dirección de la política minera y
metalúrgica, así como el fomento, promoción y control de la actividad
minera.
Los recursos naturales no metálicos existentes en los salares, salmueras,
evaporíticos, azufres y otros, son de carácter estratégico para el país.
El Estado ejercerá control y fiscalización en toda la cadena productiva
minera y sobre las actividades que desarrollen los titulares de derechos
mineros, contratos mineros o derechos preconstituidos.
DEFINICIÓN
El derecho minero o derecho de minería es la rama del Derecho
que regula las actividades que el ser humano desarrolla en
torno a la industria minera. El derecho minero cubre varios
temas básicos, incluida la propiedad del recurso mineral y quién
puede trabajar con estos recursos.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO ART. 370
El Estado promoverá y fortalecerá las cooperativas mineras
para que contribuyan al desarrollo económico social del país.
III. El derecho minero en toda la cadena productiva así como
los contratos mineros tienen que cumplir una función
económica social ejercida directamente por sus titulares.
El Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena
productiva, suscribirá contratos mineros con personas
individuales y colectivas previo cumplimiento de las
normas establecidas en la ley.
El Estado, a través de sus entidades autárquicas, promoverá y
desarrollará políticas de administración, prospección, exploración,
explotación, industrialización, comercialización, evaluación e
información técnica, geológica y científica de los recursos
naturales no renovables para el desarrollo minero.
Las áreas de explotación minera otorgadas por contrato son
intransferibles, inembargables e intransmisibles por sucesión
hereditaria. II. El domicilio legal de las empresas mineras se
establecerá en la jurisdicción local donde se realice la mayor
explotación minera.
No pueden obtener ni adquirir concesiones mineras
Secretarios Nacionales, Subsecretarios
funcionarios y empleados de la
Secretaria Nacional de Minería