Medio que concede la ley procesal para la impugnacion
de las resoluciones judiciales
Para subsanar
Errores de fondo
Vicios de forma
NATURALEZA DE LA CLASIFICACION
Derecho a recurrir que se encuentra limitado por el agravio
Necesidad de alcanzar la seguridad juridica
A traves de la firmeza en las decisiones
Lograr una mejor justicia para las partes
Alcanzar el mas alto nivel de orden juridico
RECURSO DE REVOCACION ART. 436 al 438 COPP
Procede solamente contra los autos de mera sustanciacion, a fin de que, el tribunal
que los dicto, examine nuevamente la cuestion y dicte la decision que corresponda
CARACTERISTICAS
Medio de impugnacion
Unico recurso admisible durante las audiencias
Debe ser resuelto de inmediato sin
suspenderlas
Recurso no devolutivo
Se interpone y resuelve ante el mismo organo que dicto la
decision impugnada
Recurso ordinario
RECURSO DE APELACION ART. 439 al 450 COPP
Es un recurso de fondo, tiene como funcion impugnar el pronunciamiento sobre
la cuestion principal del juicio oral, contenido en la sentencia definitiva
CARACTERISTICAS
Es un recurso ordinario
Procede para cualquier resolucion
Es un recurso constitutivo de instancia
Permite que se revise por parte de la
instancia superior las cuestiones de hecho y
de derecho
Se dicta una nueva sentencia
La presentacion es ante el miso Juez o
Tribunal que dicto la resolucion
apelada y se eleva al Tribunal Superior
en grado
RECURSO DE CASACION ART. 451 al 461 COPP
Medio de impugnacion dirigido a lograr la anulacion de las
setencias de ultima instancia
Es fundamentalmente un recurso de derecho, de caracter
extraordinario y restringido
CARACTERISTICAS
Es un recurso extraordinario
Puede usar excepcionalmente, cuando la ley de
autorizacion
Se revisan solamente las cuestiones sobre
el derecho aplicable y sobre el procedimiento,
no se revisan los hechos
La sentencia recurrida se anula
Aunque hay excepciones, la decision la tiene el
maximo Tribunal del Estado
Suele sentar jurisprudencia
RECURSO DE REVISION ART. 462 al 469 COPP
Medio de impugnacion extraordinario contra las sentencias
condenatorias definitavamente firmes
Constituye asi el remedio que da la ley contra las sentencias
manifiestamente injustas que han adquirido ya autoridad de cosa
juzgada
CARACTERISTICAS
Conoce de este recurso la Corte Suprema, en Sala.
Es una accion declarativa
Es extraordinario y especial
Se ataca y se pretende dejar sin efecto una sentencia
firme
Se ejerce en virtud de las facultades jurisdiccionales
Solo procede en los casos expresamente señalados
por la ley