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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

ÍNDICE

  Muerte de Franco 1975 y la transición democrática. Los padres de la constitución. Estructura de la constitución. Análisis de una de constitución. Valores fundamentales y símbolos de la constitución. Derecho a la constitución.

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1. LA MUERTE DE FRANCO Y A TRANSICIÓN DEMOCRATICA.

Francisco Franco murió oficialmente el 20 de noviembre de 1975 a los 82 años, aunque siempre se ha sospechado que el fallecimiento se produjo a última hora del día anterior. El anuncio se habría pospuesto varias horas para que, supuestamente, coincidiera con el aniversario de la muerte de José Antonio Primo de Rivera. 

La Transición española como modelo Uno de los aspectos más destacados de nuestra Transición es el haber logrado la estabilidad y el asentamiento del Estado de derecho tras unas condiciones sociopolíticas micas adversas. Durante la Transición jugaron un muy destacado el rey Juan Carlos I, el presidente del Gobierno Adolfo Suárez y muchos dirigentes políticos y so- ciales que hicieron posible dicha evolución social y polftica. Una de las claves para este logro fue el consenso de los diferentes sectores ideológicos y organizaciones sociales en torno a los elementos que debían configurar el modelo democrático. Muestra de ello fue la Constitución española papel de 1978. El marco legal que define el modelo político español ha servido como referencia a otros países para valorar su evol hacia la democracia, partiendo de una compleja situa sociopolítica y económica. Los esfuerzos y el consenso e fuerzas políticas encaminadas a elaborar y aprobar la Constitución española de 1978, así como los pasos y los procedimientos puestos en práctica, suponen un modelo imitable y exportable por otros Estados que están iniciando su camino hacia la democracia. No se trata de copiar mecánicamente las instituciones, los mecanismos, los procesos, etc., sino de ción ntre analizar el conjunto de elementos que intervienen y ver qué se puede aplicar dependiendo de cada contexto.

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2. LOS PADRES DE LA CONSTITUCIÓN.

Siete diputados de la Legislatura Constituyente (1977-1979) fueron los encargados de discutir y estampar su firma en el anteproyecto de Constitución. Un proceso que no estuvo exento de tensiones, aunque logró el consenso de siete hombres de sensibilidades políticas muy alejadas, y que culminaría con la ratificación en referéndum el 6 de diciembre de 1978. Este es el perfil de los conocidos como padres de la Constitución.

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3. LA ESTRUCTURA DE LA COSTITUCIÓN PREAMBULA.

TÍTULO PRELIMINAR TITULO I. De los derechos y deberes fundamentales  Capítulo primero. De los españoles y los extranjeros Capítulo segundo. Derechos y libertades                 -  Sección 1.a De los derechos fundamentales y de las li- bertades públicas                 -  Sección 2 a De los derechos y deberes de los ciudadanos Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica Capítulo cuarto. De las garantías de las libertades y dere- chos fundamentales . Capítulo quinto. De la suspensión de los derechos y li- bertades TÍTULO II. De la Corona TÍTULO III. De las Cortes Generales Capítulo primero. De las Cámaras Capítulo segundo. De la elaboración de las leyes Capítulo tercero. De los Tratados Internacionales TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales TÍTULO VI. Del Poder Judicial TITULO VII. Economía y Hacienda TITULO VIIl. De la Organización Territorial del Estado Capítulo primero. Principios generales Capítulo segundo. De la Administración Local Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas TITULO IX. Del Tribunal Constitucional TITULO X. De la reforma constitucional DISPOSICIONES ADICIONALES DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN DEROGATORIA DISPOSICIÓN FINAL

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4. ANÁLISIS DE LA CONSTITUCIÓN.

La Constitución española de 1978 se elaboró ​​en un contexto sociopolítico y económico muy complejo, se trató de lograr un acuerdo. Finalmente, se permitió la redacción y aprobación de nuestro texto constitucional. 

Finalmente, se permitió la redacción y aprobación de nuestro texto constitucional. La Constitución de 1978 abrió el camino para la realidad social y política española, y es un símbolo tanto político como jurídico en la época de la Transición, que la venía a superar la larga etapa del régimen anterior, dado por la falta de libertades.

Tras la muerte de Franco y el acceso al trono de Juan Carlos I, es un proceso democrático.En 1976 Adolfo Suárez fue nombrado presidente del Gobierno, al ser quien reúna las cualidades y las características personales que el rey entendió las necesidades para impulsar la reforma La política, así como las mejores prácticas de la industria de los españoles.

El 15 de diciembre de 1976 se celebró el referéndum que sometió a los ciudadanos la aprobación de la Ley para la Reforma Política. Esta ley supuso la creación de unas Cortes Generales compuestas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

A ella se unió la Ley Electoral de 1977, que regularía la celebración de elecciones libres. Durante la Transición, diferentes organizaciones y partidos políticos Comunista, cuya legalización fue anunciada el Sábado Santo de 1977,después de una serie de conversaciones mantenidas entre el presidente Adolfo Suárez y el entonces secretario general de dicha organización, Santiago Carrillo. Una vez legalizado este partido y otros de similar tendencia ideológica, se celebraron las elecciones a Cortes Constituyentes el 15 de junio de 1977. En dichas elecciones ganó el partido creado por el presidente Adolfo Suárez, Unión de Centro Democrático (UCD).  

Con la Constitución de 1978 comenzaba la etapa de construcción de un sistema político que diera cabida a todas las aspiraciones e ideas políticas de los españoles. La elaboración del texto constitucional supuso la apertura a un periodo de estabilidad y paz social caracterizado la libre concurrencia de partidos en un sistema de libertades.

El texto definitivo de la Constitución fue sometido a referéndum el día 6 de diciembre de 1978 , siendo aprobado con el 88,54 % de los votos a favor .El rey lo ratificó el 27 de diciembre del mismo año y dos días más tarde apareció publicado en el Boletín Oficial del Estado.El 6 de diciembre, fecha en que se llevó a cabo el referéndum, celebramos el Día de la Constitución.

La Constitución de 1978 establece una monarquía constitucional y parlamentaria, el Estado social y democrático de derecho, el derecho a las comunidades autónomas, el reconocimiento constitucional de los partidos políticos y un muy amplio abanico de derechos y libertades.El Tribunal Constitucional actúa como garante de la Constitución.

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5. VALORES FUNDAMENTALES Y SIMBOLOS DE LA CONSTITUCIÓN.

Los valores fundamentales de la Constitución española de 1978 son los grandes objetivos o ideales por los que se rige el Estado. Según el artículo 1 de la Carta Magna, estos grandes valores son "la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político".

a) La libertad. La libertad es reconocida como un derecho en el artículo 17 de la Constitución, que establece que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. La libertad se concibe en nuestro texto constitucional desde dos perspectivas: Como cualidad fisica: (artículos 17 y 19) la Constitución establece n tiempo máximo de detención preventiva de setenta y dos horas (salvo excepciones muy justificadas y amparadas en la aplicación de la ley, por ejemplo, en casos de terrorismo), así como el procedimiento de habeas corpus para los casos de detención ilegal. También se establece la libertad de residencia y de circulación.  Como una cualidad de pensamiento: se reconoce la libertad de pensamiento, ideológica, religiosa, de expresión y de información. La libertad se puede ejercer de forma individual y colectiva. Así, existe el derecho de asociación, el de reunión y el de participar en asuntos públicos. Por su parte, los ciudadanos cuentan con medios para defender la libertad y obtener la tutela de jueces y Tribunales. Por último, los poderes públicos deberán promover la libertad en los márgenes establecidos por las leyes.

b) La justicia. Cuando hablamos de justicia nos referimos a un valor que ha de impregar la vida en una sociedad democrática, dado que es un instrumento imprescindible para alcanzar la libertad y la igualdad de los ciudadanos. Desde este punto de vista entendemos la justicia como la necesidad de dar a cada persona lo que le corresponde. Pero el término justicia también se emplea para referirnos a la auto ridad que aplica las leyes; en este sentido la justicia es sinónimo de poder judicial, uno de los pilares del Estado de derecho. En el Titulo VI de la Constitución se sientan las bases por las que se organiza el poder judicial que, al igual que los demás poderes del Estado, emana del pueblo. La Constitución establece que la justicia será gratuita en los casos en que lo determine la ley, respecto de quienes acrediten que no tienen recursos suficientes.

c) La igualdad La igualdad es otro de los grandes valores de la Constitución y uno de los principios fundamentales del modelo del Estado de derecho. A los poderes públicos les corresponde promover las condiciones para que la igualdad sea posible, real y efectiva; igualmente, deben promover las condiciones favorables para una distribución de la renta regional y personal españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. equitativa. Por último, la Constitución establece que todos los españoles  los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.

d) El pluralismo político El pluralismo político es otro de los grandes valores de la Constitución. La existencia de los partidos políticos es la más clara expresión de dicho pluralismo; estas organizaciones son un instrumento fundamental para la participación política. Según el articulo 7 de la Constitución, los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses sociales y económicos que les son propios. Para que sea efectivo el pluralismo político, se reconoce el pluralismo linguístico, como derivación de la configuración del estado autonómico. lgualmente se reconoce el pluralismo sindical y profesional. Entre los símbolos más importantes presentes en la Constitución se hallan la bandera y el escudo: La bandera está formada por tres franjas horizontales, roja, gualday roja, siendo la central de doble anchura que cada una de las laterales. Este diseño fue adoptado en 1785 como bandera de España, bajo el reinado de Carlos III.   El escudo incluye la corona real, con las columnas a cada lado, soportando el lema Plus Ultra" (en latin significa "más allá") y la corona imperial.Tambien incluye los símbolos de los reinos medievales de España:el castillo (Reino de Castilla), el león rampante coronado (Reino de León), el cuartel cuatribarrado (Reino de Aragón), las cadenas doradas (Reino de Navarra), la granada (en referencia al Reino Nazarí de Granada, último en ser conquistado por los Reyes Católicos) y tres flores de lis, que representan a la Casa de Borbón-Anjou, actual dinastia reinante en España.  

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6. DERECHO A LA CONSTITUCIÓN.

Los principales valores de la Constitución Española encierran, a su vez, unos derechos en las áreas de los civiles, políticos, económicos y sociales

Derechos civiles o ciudadanos: El derecho a la vida, a la integridad física y moral, lo cual impide las torturas y los malos . El derecho a profesar las ideas y conjunto de creencias propias, tanto en lo ideológico como en lo religioso, siempre que ello no perjudique a los demás. El derecho a la seguridad personal, que se ejemplifica en la jurídica y en la tutela judicial. Esto conlleva el acceso a procesos penales con las suficientes garantías. El derecho a la vida privada propia, lo cual implica el derecho a la intimidad familiar y personal, el derecho a la propia imagen y al honor; el derecho a las comunicaciones y la inviolabilidad de las mismas; el derecho a la protección de los datos personales; el derecho a la inviolabilidad del domicilio.  El derecho a la libre circulación por el territorio nacional y a establecer la residencia donde se desee, así como entrar y salir del país sin restricciones de carácter político o ideológico . El derecho a contraer matrimonio en igualdad, según las leyes, y a constituir una familia.

Derechos políticos: El derecho a ser considerado igual ante la ley, así como a que no se produzcan discriminaciones . El derecho a la libertad de expresión, creación y producción, ya sea cultural, técnica, docente, ect . El derecho a poder participar en los asuntos públicos y políticos, en el marco que determinen las leyes, siempre de una forma democrática. Esto incluye el derecho al acceso a la función pública, ya sea como funcionario o como empleado público, acogiéndose a las convocatorias que se realicen con la suficiente publicidad y tengan en cuenta los méritos de la persona y la igualdad de oportunidades.  El derecho a acceder a la información libre y sin censura no fundamentada. Los derechos de reunión, asociación, manifestación. petición, etc.

Derechos económicos y sociales: El derecho a la propiedad privada y a la herencia. El derecho y el deber de trabajar, en la actividad que el ciudadano desee, dentro del marco de las leyes. El derecho a la promoción personal a través del trabajo. El Estado debe velar por alcanzar una política de pleno empleo y para que las personas obtengan una remuneración a su trabajo suficiente como para poder cubrir sus necesidades . El derecho de las personas a no ser discriminadas en el trabajo por razón de edad o sexo . El derecho a la libre sindicación, a la huelga y a la defensa de los propios intereses, dentro del marco de las leyes. El derecho a la educación, la sanidad, la seguridad y todo cuanto constituya la esencia de lo que permite el desarrollo integral de la persona y su integridad.

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