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INSTITUTO ECUATORIANO DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Salomé Delgado
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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA Taller Interdisciplinario IV Nombre: Salomé Delgado Nivel: Séptimo Vestuario INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI) ¿Qué es? El Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI) es el ente estatal que regula y controla la aplicación de las leyes de la propiedad intelectual, es decir, las creaciones. ¿Dónde está?Oficina Matriz Quito. Av. República 396 y Diego de Almagro - Edificio FORUM 300 Planta Baja, Mezzanine, Piso 1, Piso 3, Piso 5, Piso 8 y Piso 12 · Subdirección Regional Guayaquil. Av. Francisco de Orellana y Alberto Borges, Edificio Centrum (CLARO), Piso 9, Oficina 5Cuenca. Av. José Peralta 4-99 y 12 de Abril, Edificio AMANCAY, Piso 4, Oficinas 19 y 20. · Ventanillas únicas Empresariales OTAVALO. CALLE MODESTO JARAMILLO Y QUIROGA ESQUINA (SECTOR PLAZA DE LOS PONCHOS). INSTALACIONES DE LA CASA DE TURISMO ESMERALDAS. AV. JAIME HURTADO VÍA QUININDE (CODESA), SECTOR LOS MANGOS LOJA. AV. ORILLAS DEL ZAMORA Y PADRE JUAN DE VELAZCO, PLANTA BAJA DEL ANTIGUO PREDESUR, GOBIERNO ZONAL 7 PORTOVIEJO. CENTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y APOYO AL EMPRENDIMIENTO; EN LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ, AV. URBINA Y CHE GUEVARA. QUEVEDO. QUEVEDO SHOPPING CENTER. CALLE SÉPTIMA ENTRE 7 DE OCTUBRE Y BOLÍVAR, PRIMER PISO, LOCAL 15. AMBATO. EDIFICIO DEL GOBIERNO PROVINCIAL, RED DE SERVICIOS. CALLE CASTILLO Y CALLE SUCRE. ¿Qué hace?El IEPI se encarga de regular y controlar la aplicación de las leyes de la propiedad intelectual, es decir, las creaciones; es el Organismo Administrativo Competente para propiciar, promover, fomentar, prevenir, proteger y defender a nombre del Estado Ecuatoriano, los derechos de propiedad intelectual reconocidos en la Ley y en los tratados y convenios internacionales, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que sobre esta materia deberán conocerse por la Función Judicial. ¿Qué registra? · Derecho de autor( obras literarias, obras artísticas, obras musicales, obras de arte, diseños arquitectónicos) · Propiedad industrial (Patente(patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales) signos distintivos) · Obtenciones vegetales ¿Qué no registra?No registra algo que pueda perjudicar a terceros, al igual que nombres, escudos, emblemas, siglas, denominaciones o abreviaturas de cualquier país, monedas o billetes de curso legal en el país o en el extranjero.– Las formas de presentar informaciones. Los diagramas de flujo, métodos estadísticos o el funcionamiento con ventanas de Windows no son cosas patentables.– Los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal, o los métodos de diagnóstico del cuerpo humano o animal. Como no tienen aplicación industrial (no se pueden fabricar), quedan excluídos. Eso sí, los productos o aparatos para llevar a cabo estos métodos sí son patentables, menos mal.– Las invenciones cuya explotación comercial sea contraria al orden público o a las buenas costumbres. Esto es de lo que más miga tiene, ya que puesto que el orden público o las buenas costumbres cambian con el tiempo, lo que se puede patentar también va variando sin que varíe la norma. Ejemplos de cosas que no podrías patentar a día de hoy: minas anti-persona o material para usar en disturbios callejeros.– Variedades vegetales, razas animales y procedimientos esencialmente biológicos de obtención de éstos. Se considera esencialmente biológicos los cruces y la selección.– El cuerpo humano o uno cualquiera de sus elementos, incluida la secuencia total o parcial de un gen. Con la excepción de si lo obtenemos mediante procesos técnicos, es decir, que si son artificiales, aunque sean idénticos a los naturales, sí podrán patentarse, aunque en el caso de los genes, habrá que justificar muy mucho la aplicabilidad industrial (nos movemos aquí en terreno pantanoso, ¡mucho ojo!).Costos Tasas por registro de marca Trámite por solicitud de marca, nombre comercial, lema comercial, apariencia distintiva asciende a la suma de USD$ 116Trámite de solicitud de marcas colectivas, marcas de certificación, asciende a la suma de USD$ 252 Trámite de solicitud de denominaciones de origen asciende a la suma de USD$ 228Trámite de registro de marca tridimensional, asciende a la suma de USD$ 336.

PROCEDIMIENTOPara la marca:PROCEDIMIENTO DE REGISTRO Presentada la solicitud, pasa a un examen de forma, revisando que cumpla con todos los requisitos, de ser así se publica en la Gaceta de Propiedad Industrial, con la finalidad de que terceros tengan conocimiento de las peticiones efectuadas. Si no existe oposición, se efectúa el examen de registrabilidad para la posterior emisión de la resolución que acepta o rechaza el registro y en caso de concesión, el trámite concluye con la emisión del título de registro. PATENTE A continuación presenta un organigrama a seguir para la obtención de la patente. Protege el Derecho de Autor El Derecho de Autor protege la obra por el solo hecho de su creación. Sin embargo, es recomendable registrar la obra en la Unidad de Registro del IEPI, así el autor se beneficiará de la presunción de autoría que la ley reconoce a su favor. La protección del Sistema de Derecho de Autor se basa en la potestad de autorizar o prohibir el uso de su obraEl plazo de vigencia de la protección se da sin prejuicio de derechos morales que se protegen indefinidamente IEPI on-line:1. Para iniciar el proceso es necesario ingresar a la opción de “solicitudes en línea”, luego se abre la opción para crear un “casillero virtual”. Al abrirlo, se desplegará un pequeño formulario para crear un casillero. 2. Una vez que se tiene creada la cuenta de casillero virtual, debe ingresarse con el nombre de usuario y contraseña registrados en el paso anterior. 3. Entonces, se puede iniciar el proceso de solicitud en línea. A continuación se desplegará un menú con varias opciones. Para el este ejemplo, elegimos “registro”. 4. Al dar clic sobre la opción registro se desplegará un mini menú con los tipos de registros que pueden solicitarse, como por ejemplo, signos distintivos, patentes, obtenciones vegetales, derechos de autor, etc. 5. Para registrar un signo distintivo se abrirá un formato único de signos distintivos, el usuario deberá llenarlo casilla por casilla, completando los datos e información solicitados. El formulario permite guardar la información ingresada para completarla después o modificarla, en caso de existan errores. Cuenta también con le opción de “vista previa” para visualizar el formulario completo antes de enviarlo al IEPI. En la última casilla (Anexos) el sistema solicitará adjuntar una copia escaneada de la cédula de identidad del solicitante. 6. Una vez revisado y guardado el formulario, la información se almacenará en el casillero virtual, desde donde el usuario podrá consultar el estado de sus solicitudes, tal como se observa en el siguiente recuadro. 7. Una vez revisado y guardado, el formulario se visualizará en formato PDF y se generará un comprobante de pago que el usuario deberá imprimir para cancelar el valor correspondiente en el Banco del Pacífico, que es la entidad recaudadora del IEPI. 8. Finalmente, el usuario deberá escanear el comprobante de pago emitido por el Banco del Pacífico y cargarlo en el sistema del IEPI. Para hacerlo, deberán ingresar en la opción “iniciar proceso”, registrar el número de comprobante y cargarlo. Quienes trabajen con un representante legal o un apoderado, deberán registrar la información de su representante o apoderado, según lo solicita el formulario correspondiente. 9. En cuanto la solicitud sea ingresada, se enviará automáticamente al IEPI e iniciará el trámite correspondiente.Linkografia:http://www.propiedadintelectual.gob.ec/tasas/http://www.propiedadintelectual.gob.ec/wp-content/uploads/2013/08/reformas_tasas_2013.pdfhttp://www.lacamaradequito.com/uploads/tx_documents/FIJACI_N_DE_TASA_POR_SERVICIOS_DEL_IEPI_EN_SALAR...http://www.propiedadintelectual.gob.ec/tasas/

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