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Recurso de Apelación, parte 1
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Recurso de Apelación, parte 1
Posibilidad de alzarse en contra de la sentencia por medio de un instrumento que permita que un tribunal superior revise la resolución
Da inicio a la segunda instancia
- Etapa en que trib. superior conoce
- Los hechos
- Derecho
- Limitado
- Revisión de lo pedido y sentenciado en 1° instancia
- En relación a lo pedido en la apelación
- Revisión de lo pedido y sentenciado en 1° instancia
- Etapa en que trib. superior conoce
Objeto
- Revisión resolución 1° instancia
- Por el agravio sufrido por una de las partes
- Por no otorgarse lo pedido
- En parte
- Totalidad
- Por no otorgarse lo pedido
- Por el agravio sufrido por una de las partes
- Art. 186 CPC
- Revisión resolución 1° instancia
Sujetos
- Se concede a
- Litigante agraviado
- Debe ser parte
- Quién pide
- Demandante
- En contra de quién
- Demandado
- Quién pide
- Se concede a
Efectos
- Devolutivo
- Límites
- Competencia 2° instancia
- No procece deducir nuevas pretensiones
- Excepción, art. 310 CPC
- Limitada por peticiones apelante
- Puede pronuniarse solo sobre cuestiones promovidas y debatidas en 1° instancia
- Excepciones
- Cuestiones no resueltas por ser incompatibles con el fallo apelado
- Declaraciones de oficio que la ley lo autoriza
- Art. 692 CPC
- Excepciones
- No procece deducir nuevas pretensiones
- Reformatio in peius
- No puede perjudicar al único apelante
- Personalidad de la Apelación
- Si existe pluralidad de agraviados y solo uno o algunos apelan
- Lo resuelto solo beneficiara a quién dedujo apelación
- Si existe pluralidad de agraviados y solo uno o algunos apelan
- Competencia 2° instancia
- Confiere competencia al juez de 2° instancia
- Manifestaciones
- Trib. a quo pierde facultades para pronunciarse acerca de lo ya decidido.
- Solo puede pronunciarse sobre admisibilidad de la apelación
- Art. 191 CPC
- Solo puede pronunciarse sobre admisibilidad de la apelación
- Control de admisibilidad
- En ambas instancias
- Tribunal ad quem asume la facultad de enmendar res. recurrida
- Confirmar
- Revocar
- Confirmar con declaración
- Trib. a quo pierde facultades para pronunciarse acerca de lo ya decidido.
- Límites
- Suspensivo
- Paraliza la jurisdicción trib. inferior
- Regla general es ambos efectos
- Pero art. 194 n° 2, la transforma en excepción
- Art. 191 CPC
- Devolutivo
Informações
- Descrição
- Introducción recurso de apelación
- Criado por
- Romina Jofré
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