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Orden de 4 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula

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Orden de 4 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula

  1. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

    • objetivo: regular la educación en la región de Murcia
    • se aplica: educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y educación de personas adultas y en los centros de educación especial.
  2. Artículo 2. Finalidad del Plan de Atención a la Diversidad.

    • Facilitar la inclusión de medidas de atención a la diversidad
    • tiene que ser entendido como las medidas que un centro pone en practica para atender a todos los alumnos y facilitar su inclusió
  3. Artículo 3. Inclusión del Plan de Atención a la Diversidad en la Programación General Anual.

    • Dentro de la programación general anual de cada colegio hay que incluir le plan de atención a la diversidad
    • el jefe de estudios supervisa esta operación
    • Si un centro imparte clase a más de un nivel educativo tendrá que especificar las diferentes partes de su PAD
  4. Artículo 4. Catálogo de actuaciones generales y medidas ordinarias y específicas de respuesta educativa a la diversidad del alumnado.

    • Actuaciones generales
    • Medidas ordinarias:
    • Medidas específicas
  5. Artículo 5. Estructura del Plan de Atención a la Diversidad.

    • Objetivos
    • Medidas y actuaciones de atención a la diversidad
    • Seguimiento y evaluación del plan
  6. Artículo 6. Proceso de elaboración del Plan de Atención a la Diversidad.

    • se crea mediante un proceso que permita la reflexión conjunta de la comunidad educativa
    • tutelado por el equipo directivo
      • creado por el claustro de profesores
    • el consejo escolar es el encargado de aprobar el PAD
  7. Artículo 7. Redacción del Plan de Atención a la Diversidad.

    • es misión del equipo directivo la redacción de los apartados relativos a los objetivos y al seguimiento y evaluación
    • el jefe de estudios coordinara el proceso
    • los profesores que impraten clases redactaran las medidas de apoyo ordinario
    • Comisión de Coordinación Pedagógica lo revisara todo
  8. Artículo 8. Seguimiento y evaluación del Plan de Atención a la Diversidad.

    • mediante la evaluacion podremos mejorar la atencion a la diversidad
    • La Comisión de Coordinación Pedagógica es la encargada de controlar
    • Claustro de Profesores analizar y valorar el desarrollo del Plan de Atención a la Diversidad, teniendo en cuenta la valoración de los resultados

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