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LEY 1739 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2014 Por: Diana Giraldo
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LEY 1739 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2014 Por: Diana Giraldo
Ley que modifica el Estatuto Tributario (Ley 1607 de 2012) y crea mecanismos de lucha contra la evasión.
- CAPÍTULO I
- Se crea el impuesto a la riqueza. Las tarifas se determinan con base en unas tablas dispuestas en la norma.
- Se pagará entre 2015 y 2018. No son contribuyentes las entidades sin ánimo de lucro, las que estén en liquidación o en reestructuración, entre otras (Art. 1,2).
- Hecho generador (Art.3)
- Riqueza superior a los $1000 millones (patrimonio bruto menos deudas)
- Base gravable (Art.4)
- Valor del patrimonio bruto poseído a 1 de enero de 2015, 2016 y 2017 menos las deudas a esas mismas fechas.
- En ningún caso el impuesto es deducible del impuesto de renta (Art.7)
- Se crea el impuesto a la riqueza. Las tarifas se determinan con base en unas tablas dispuestas en la norma.
- CAPÍTULO II
- Impuesto sobre la renta para la equidad CREE. Servirá para financiar programas de atención a la primera infancia y educación superior (Art.18)
- Base gravable (Art.11,12,17,18)
- En 2015-8%, en 2016-9%. No podrá ser inferior al 3% del patrimonio líquido del contribuyente en el último día del año gravable inmediatamente anterior.
- Las pérdidas en que incurran los contribuyentes se pueden compensar con este impuesto (Art.13,14)
- Se puede descontar del CREE el impuesto de renta pagado en el país de origen en el caso de extranjeros (Art.16). Lo mismo aplica para impuesto de renta (Art.29)
- Base gravable (Art.11,12,17,18)
- Impuesto sobre la renta para la equidad CREE. Servirá para financiar programas de atención a la primera infancia y educación superior (Art.18)
- CAPÍTULO III
- Sobretasa al impuesto CREE
- Se crea para los periodos gravables 2015-2018. Se paga en 2 cuotas, se liquida según la ley y el dinero se destina para el presupuesto de la nación (Art.21,22,23).
- Sobretasa al impuesto CREE
- CAPÍTULO IV
- Impuesto sobre la renta
- Establece quienes no serán residentes para efectos fiscales (Art.25)
- Un porcentaje del total de los ingresos está exento siempre que los ingresos no provengan de relación laboral, legal o reglamentaria (Art.26). Se incluyen las pensiones (Art.27)
- Las rentas obtenidas por sociedad extranjera no atribuible a sucursal de liquidarán conforme al Art.28.
- Se define el patrimonio bruto y las sociedades extranjeras que no se contarán con domicilio en Colombia (Art.30,31)
- Procedimiento para deducción por inversiones, desarrollo tecnológico o innovación y becas que benefician estudiantes de estratos 1, 2 y 3 (Art.32).
- Se crea el Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) de empleados y se definen tablas de liquidación (Art.33,34).
- Impuesto sobre la renta
- CAPÍTULO V
- Mecanismos de lucha contra la evasión
- Impuesto complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
- Hecho generador
- Se causa por la posesión de activos omitidos (que no se incluyeron en declaración de renta) y pasivos inexistentes (se hizo para disminuir la carga tributaria) a enero 1 de 2015 a 2017 (Art.35,36,37,38).
- Esto no implica legalización de activos de origen ilícito (Art.40).
- Se causa por la posesión de activos omitidos (que no se incluyeron en declaración de renta) y pasivos inexistentes (se hizo para disminuir la carga tributaria) a enero 1 de 2015 a 2017 (Art.35,36,37,38).
- Hecho generador
- Declaración anual de Activos en el exterior (Art.42,43)
- Se crea comisión de estudio del Sistema Tributario Colombiano (Art.44).
- Impuesto complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
- Mecanismos de lucha contra la evasión
- CAPÍTULO VI
- Gravamen a los movimientos financieros
- La tarifa es del 4x1000 que se reducirá hasta desaparecer en 2022. Los terceros que realizan pagos por concepto de nómina, servicios, proveedores, etc. están sujetos al gravamen (Art.45,46).
- Existe exención para una sola cuenta de ahorro que no exceda de un retiro mensual de 350 UVT y para 3 cuentas corrientes en caso de Sociedades (Art.47,48).
- La tarifa es del 4x1000 que se reducirá hasta desaparecer en 2022. Los terceros que realizan pagos por concepto de nómina, servicios, proveedores, etc. están sujetos al gravamen (Art.45,46).
- Gravamen a los movimientos financieros
- CAPÍTULO VII
- Otras disposiciones
- Impuesto nacional a la gasolina (Art.49). Otras disposiciones sobre combustibles (Art.69.70).
- Procedimiento para determinación de contribuciones parafiscales y sanciones (Art.50).
- Medios de pago de las obligaciones y remisión de deudas tributarias (Art.52,53,54).
- Procesos administrativos en caso de demandas (Art.55,56,57,58),
- Las entidades públicas harán un saneamiento contable en un plazo de 4 años a partir de la expedición de esta ley (Art.59).
- Otras disposiciones
- CAPÍTULO VIII
- Financiación del monto de los gastos de la vigencia 2015
- Los recaudos serán incorporados al impuesto de rentas y recursos de capital para equilibrar con los gastos y se financiarán los subsidios (Art.75,76).
- Financiación del monto de los gastos de la vigencia 2015
- CAPÍTULO I
Informações
- Descrição
- Mapa conceptual sobre la Ley 1739 de 2014
- Criado por
- Isabel Cristina Román
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