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Nuevo Código Disciplinario Ley 1952 de 2019
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Nuevo Código Disciplinario Ley 1952 de 2019
Art. 2. El Estado es el títular de la potestad disciplinaria
Art 3. Las Personerías municipales y distritales tendrán frente a la administración poder disciplinario preferente
- Fines de la Acción Disciplinaria
Art. 5 Fines de la Acción Disciplinaria
- Preventiva
- Correctiva
Art. 10 Cupabilidad. En materia disciplinaria solo se podrá imponer sanción por conductas realizadas con culpabilidad. Las conductas solo son sancionadas a título de DOLO o CULPA
- Art. 28 DOLO. La conducta es dolosa cuando el sujeto disciplinable conoce los hechos constitutivos de falta disciplinaria, su ilicitud y requiere su realización
- Art. 29 CULPA. La conducta es culposa cuando el sujeto disciplinable incurre en los hechos constitutivos de falta disciplinaria, por la infracción al deber objetivo de cuidado funcionalmente exigible y cuando el sujeto disciplinable debió haberlo previsto por ser previsible o habiéndola previsto confió en poder evitarla
- La CULPA sancionable podrá ser GRAVISIMA O GRAVE. La culpa LEVE NO será sancionable en materia disciplinaria
- La CULPA será GRAVE cuando se incurra en falta disciplinaria por INOBSERVANCIA DEL CUIDADO NECESARIO que cualquier persona del común imprime sus actuaciones
- Habrá CULPA GRAVÍSIMA cuando se incurra en falta disciplinaria por ignorancia supina, desatención elemental o violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento
- La CULPA sancionable podrá ser GRAVISIMA O GRAVE. La culpa LEVE NO será sancionable en materia disciplinaria
Art. 11 Fines del Proceso Disciplinario. Prevalencia de la Justicia, la efectividad del derecho sustantivo, la búsqueda de la verdad material y el cumplimiento de los derechos y garantías
Art. 31 Causales de Exclusión
- Por Fuerza Mayor
- En estricto cumplimiento de un deber constitucional o legal de mayor importancia que el sacrificado
- En cumplimiento de una orden legítima de autoridad competente emitida con formalidades legales
- Para salvar un derecho propio o ajeno al cual deba ceder el cumplimiento del deber, en razón de la necesaidad, adecuación, porporcionalidad, y razonabilidad
Informações
- Descrição
- Mapa Mental sobre Nuevo Código Disciplinario Ley 1952 de 2019, criado por David Cortés Sánchez em 07-03-2019.
- Criado por
- David Cortés Sánchez · mar 2019
- Atualizado
- 25 abr 2019
- Visualizações
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- Avaliação