Mapa mental
Sucesiones

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Sucesiones
Testamentaria
- El testador decide la forma en la que se dispondrá de sus bienes, derechos y obligaciones
- Testamentos ordinarios
- Público abierto
- Redactado por el notario, manifestando estrictamente la voluntad del testador.
- Público cerrado
- Elaborado por el testador u otra persona a su petición
- Público simplificado
- En la misma escritura de adquisición de un inmueble destinado o que vaya a destinarse para vivienda, se establece a los herederos.
- Ológrafo
- Es aquel escrito de puño y letra del testador.
- Público abierto
- Testamentos especiales
- Privado
- Es autorizado únicamente por un caso de urgencia por el artículo 1565 del Código Civil y siempre que no le sea posible al testador hacer un testamento ológrafo (en presencia de 5 testigos, o en su defecto por suma urgencia 3 testigos).
- Militar
- Puede elaborarse por los miembros de las fuerzas armadas en el momento que se da la acción de guerra, 2 testigos y declarado por su propia voluntad con pliego cerrado firmado con puño y su letra.
- Marítimo
- Otorgado por los que se encuentren el alta mar a bordo de navíos de guerra o mercantes nacionales. Es firmado en presencia de 2 testigos y capitán de la nave. Al elaborarse se duplica; uno se entrega en el puerto extranjero, al cónsul o funcionarios de relaciones exteriores y el otro ejemplar a la autoridad marítima del lugar.
- Hecho en país extranjero
- Es válido si fue formulado por las leyes del país donde fue otorgado. Los secretarios de legación, los cónsules y vicecónsules mexicanos deben remitir una copia autorizada por la Secretaría de Relaciones Exteriores para su tramitación ulterior, por el otorgamiento del testamento.
- Privado
- Testamentos ordinarios
- El testador decide la forma en la que se dispondrá de sus bienes, derechos y obligaciones
Legitima o intestamentaria
- Se da cuando no hay testamento o el que se otorgó es nulo, cuando el testador no dispuso de todos sus bienes, etc
- Cuando no exista un testamento.
- Los trámites tienen seguimiento por el Código Civil.
- El testamento queda nulo.
- La ley atribuye los derechos hereditarios a sus parientes más próximos (hijos, cónyuges, padres, nietos, hermanos, etc).
- Se da cuando no hay testamento o el que se otorgó es nulo, cuando el testador no dispuso de todos sus bienes, etc
Intervienen
- Difunto o de cujus
- Albacea
- Legatarios
- Herederos
Imagens e arquivos do mapa
Informações
- Descrição
- Mapa Mental sobre Sucesiones, criado por Carlos Guzman em 03-04-2019.
- Criado por
- Carlos Guzman · abr 2019
- Atualizado
- 4 abr 2019
- Visualizações
- 26
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