O GoConqr está de visual novo! Conte para nós o que você achou.

Mapa mental

LA CULPABILIDAD (Las Formas de la Culpabilidad: DOLO Y CULPA)

Daniel Maradiaga Espanhol

Conteúdo do mapa

LA CULPABILIDAD (Las Formas de la Culpabilidad: DOLO Y CULPA)

  1. DOLO

    • Es la Forma mas Grave de la Culpabilidad
      • ARTICULO 13 P.2 El delito es doloso, cuando el resultado responde a la intención que se tuvo al ejecutarlo o cuando el autor sabe, o está obligado a saber, que como consecuencia de la acción u omisión existe la posibilidad de que se produzca un efecto dañoso constitutivo de delito, no obstante, lo cual ejecuta el hecho y acepta, por ende, las consecuencias que del mismo se derivan.
    • Elementos del Dolo
      • Para que exista el Dolo es preciso que se den los dos siguientes elementos:
        • ELEMENTO INTELECTUAL. Constituido por el conocer o el saber que la accion antijuridica
        • ELEMENTO VOLITIVO. Que consiste en querer o al menos consentir el resultado antijuridico
  2. CLASES DE DOLO

    • DOLO DIRECTO. El autor se representa como deseables o como necesarias las consecuencias de su accion.
      • DOLO DIRECTO DE PRIMER GRADO. (Dolo Inmediato) Cuando el autor se reepresenta el resultado como deseable.
      • DOLO DIRECTO DE SEGUNDO GRADO.(Dolo mediato) Cuando solo se lo representa como necesario
    • DOLO CONDICIONAL O EVENTUAL. El sujeto se representa la posibilidad de produccion de un resultado tipico y sin embargo actua, aceptando consintiendo, almenos, las consecuencias de su accion.
    • DOLO DE IMPETU. Cuando entre la formulacion del proposito delictuoso y la actuacion no existe hiatus temporal o, cuando mas, hay una solucion cronologica poco notable: la resolucion imprevista y la ciega pasion que conducen a la comision de un delito, nos ofrecen buenos ejemplos de dolo de impetu.
    • DOLO SIMPLE. Es aquel en que si bien existe un plan, el tiempo transcurrido entre la elaboracion de dicho plan y su puesta en practica es tan corto que no puede decirse que haya existido persistencia en la resolucion delictiva.
    • DOLO PREMEDITADO. Exige en cambio, como veremos mas detalladamente al tratar de las agravantes, que entre la elaboracion del plan delictivo y su puesta en practica transcurra un tiempo mas o menos prolongado
    • DOLO GENERALIS. Cuando alquien realiza los actos necesarios para matar una persona y luego, en la falsa creencia de que efectivamente la ha matado y solo para ocultar dicho echo, arroja, por ejemplo, el cuerpo al agua, demostrandose mas tarde que el herido solo ha muerto por asfixia.
    • DOLO SUBSEQUENS O SIGUIENTE. El dolo es siguiente cuando habiendo comenzando el agente la ejecucion de un hecho no constitutivo de delito, surge en el la voluntad antijuridica un hecho delictuoso.

Informações

Descrição
La Culpabilidad DOLO
Visualizações
286
Avaliação

Fale Conosco

Sobre o que é sua mensagem?

O que você acha do novo visual?

Você gostou?