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III) Las fuentes del Derecho

marcia carmona 1) Derecho civil I: Teoría de la Ley y Persona Examen de licenciatura Espanhol

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III) Las fuentes del Derecho

  1. Concepto de Fuente: Constancia escrita o verbal que capta existencia de norma

  2. I. Fuente material: factores que explican nacimiento y determinan contenido y la producción de las normas

    • i. Doctrina
      • La doctrina es hoy aceptada sólo como una fuente de autoridad:
        • Antecedente para apoyar la interpretación de una norma, pero no puede fundamentar directamente una decisión.
    • ii. Circunstancias históricas
      • Ej. religión católica, Fuerzas económicas imperantes
  3. II. Fuente formal: origen inmediato de las normas

    • * 1) La ley y los tratados y decretos que se les asimilan
    • 2) La costumbre
      • Observancia constante y uniforme de una regla de conducta, realizada por la generalidad de los miembros de una comunidad, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica.
      • Requisitos de la costumbre
        • 1. Debe ser un uso social de carácter general
          • 2. Debe ser uniforme
            • 3. Debe ser constante
              • 4. Debe tener una cierta duración en el tiempo
                • 5. Debe tener un substrato jurídico (intención de obrar jurídicamente: elemento subjetivo o interno).
      • Valor de la costumbre en materia civil
        • (a) Según ley (secundum legem)
          • Art. 2 CC. La costumbre no constituye d° sino en los casos en que la ley se remite a ella.
            • 1. Reglas específicas de remisión
              • 2: Reglas generales de remisión
                • A. La costumbre determina el contenido de las obligaciones, y en particular del contrato
                  • Art. 1546 CC. "Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obligan no sólo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por la ley o la costumbre pertenecen a ella".
                • B. La costumbre define los límites de la autonomía privada.
                  • (art. 1461 inc. final y art. 1467). La autonomía privada o libertad contractual tiene como límite las normas de orden público y las buenas costumbres.
              • La duración y término del contrato de arriendo se definen subsidiariamente de acuerdo con la costumbre (art. 1951).
          • (b) En silencio de ley (praeter legem) Materia Comercial
            • Art. 4 C. Com. Las costumbres mercantiles suplen el silencio de la ley, cuando los hechos que la constituyen son: uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la Rep. o en una determinada localidad, y reiterados por un largo espacio de tiempo, que se apreciará prudencialmente por los Juzgados de Comercio"
            • (c) Contra ley (contra legem)
              • En un estado de derecho legislado, como el moderno, la costumbre contra ley carece de valor
      • La prueba de la costumbre
        • 1. Materia civil no existen normas acerca de la prueba de la costumbre. No hay restricciones para el uso de la prueba.
          • 2. Costumbre Comercial. Art. 4 C. Com.
            • 1) por vía de dos sentencias judiciales que aseveran la existencia de la costumbre y se pronuncien conforme a ella
              • 2) por medio de tres escrituras públicas en que las partes, al celebrar un acto jurídico, den por aceptada la costumbre, y que sean anteriores a los hechos que motivan el juicio en que debe obrar la prueba.
          • Cualquier medio idóneo para demostrar la costumbre es aceptable: instrumentos públicos o privados, testigos, etc.
      • Elementos de la costumbre
        • 1) Material u objetivo: Constante y uniforme repetición de actos similares
        • 2) Interno o subjetivo: Convicción, por parte de la comunidad, de que la conducta que se repite es jurídicamente obligatoria
    • 3) Las sentencias judiciales (jurisprudencia)
      • 1. Fuerza obligatoria Art. 3 CC. Sólo toca al legislador explicar o interpretar la ley de un modo generalmente obligatorio. Las sentencias judiciales no tienen fuerza obligatoria sino respecto de las causas en que actualmente se pronunciaren.
        • 2. En segundo lugar, la sentencia judicial no es fuente de normas generales.
          • En nuestra tradición jurídica el precedente no es suficiente para justificar un fallo.
      • 4) La potestad reglamentaria
        • 5) Principios generales del D°
          • 6) Actos jurídicos y corporativos
            • Son actos voluntarios del hombre realizados con la intención de producir ciertos efectos jurídicos queridos por su autor y reconocidos por el ordenamiento jurídico.
          • Ideas fundamentales sobre la organización jurídica de una comunidad, emanadas de la conciencia social, que cumplen funciones fundamentadora, interpretativa y supletoria respecto de su total ordenamiento jurídico
        • Facultad que la CP y las leyes otorgan al PDR, así como a otras autoridades adm. para producir normas jurídicas, de carácter general como particular, destinadas a regular materias de interés público que no sean de dominio legal, a facilitar una adecuada aplicación de las leyes y al mejor y más eficaz cumplimiento de las funciones de gob.

Informações

Descrição
Examen de licenciatura 1) Derecho civil I: Teoría de la Ley y Persona (Primera Interrogación) Mapa Mental sobre III) Las fuentes del Derecho, criado por marcia carmona em 06-03-2016.
Criado por
marcia carmona · mar 2016
Atualizado
20 abr 2017
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