Quiz
tema 5
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Perguntas do quiz (19)
1En una ejecución promovida por C contra la sociedad mercantil s titular de un horno de pan, se embarga la furgoneta con la que los empleados realizan el reparto del pan. a petición de c, el secretario judicial acuerda el depósito judicial del vehiculo. ¿Quien ha de ser nombrado depositario judicial en ese caso?
- AS
- BC
- Cel secretario judicial puede nombrar discrecionalmente depositario a C , S o un tercero.
- Dno cabe nombramiento de depositario judicial, porque el embargo es nulo, al haber recaído sobre un bien inembargable
2c proveedor de s promueve una ejecución contra éste. s es un club de futbol que está constituido en forma de sociedad anónima. Se despacha ejecución por la cantidad total de 1.200.000€ en el curso de la ejecución el secre judicial acuerda el embargo de los ingresos de taquillas que S pueda obtener en el partido de futbol que disputará contra t. el secretario judicial habilita para ese día actuaciones que sean necesarias pa asegurar le efectividad del embargo. pocos minutos antes del inicio del partido, la comisión judicial se presenta en las taquillas de S. En este caso la medida de aseguramiento de embargo que resulta adecuada es :
- Aadministración judicial
- Bretención judicial
- Canotación preventiva del embargo
- Ddepósito judicial
3partimos del supuesto descrito en la pregunta anterior ( tema 5 pregunta 2) pero con la variante : el aseguramiento del embarog no se efectúa pocos minutos antesdel partido sino unos dias antes. en ese caso una medida de garantía de embargo que sea procedente es :
- Adepósito judicial
- Bretención judicial
- Canotación preventiva de embargo
- Dnotificación del embargo a T
4en una ejecución de C contra D se emabrga un automóvil que pertenece a D y está en poder de dicho ejecutado. D no utiliza ese vehículo para el ejercicio de su profesión. En este caso :
- ADebe ser nombrado depositario judicial D
- BEl secretario judicial puede nombrar despositario judicial a D, a C o a un tercero
- Cel secretario judicial puede nombrar a C o un tercero pero no a D.
- DDebe ser nombrado depositario judicial un tercero
5Partimos del supuesto anterior ( pregunta 4 tema 5) pero : aunque el propietario del coche es D, el vehículo está en poder de su hijo T, que es quien habitualmente viene utilizando el coche con permiso del ejecutado. tampoco t necesita el autmóvil para el ejercicio de su profesion. En este caso el aseguramiento del emabrgo se puede conseguir :
- ASolo mediante la anotación preventiva del embargo del Registro de Bienes muebles
- BSolamente mediante la anotación preventiva del embargo en el registro de bienes muebles, acompañada de una orden de retención del automóvil dirigida a T.
- Cúnicamente mediante el depósito judicial del automóvil
- Dmediante la anotación preventiva del embargo en el Registro de Bienes muebles, más una orden de retención del automovil dirigida a T, más el depósito judicial del automóvil
6A instancia de x se está tramitando una ejecución contra Z ante el juzgado de primera instancia núm 8 de barcelona, en la que se embarga un inmueble de z que está sito en madrid. en este caos el mandamiento para que se practique la corresponjdiente anotación preventiva de embargo debe ser emitida por :
- AEl juez del juzgado de primera instancia núm 8 de barcelona
- Bel juez del juzgado de 1 instancia num 8 de bcn debe remitir un exhorto al juzgado decano de los de primera instancia de madrid, a fin de que el juzgado de primera isntancia de madrid al que corresponda por turno de reparto emita el correspondiente mandamiento de anotación preventiva de embargo
- Cel secretario judicial del juzgado de primera instáncia num 8 de barcelona
- Del secretario judicial del juzgado de primera instancia 8 de bcn debe remitir exhorto al secretario juzgado decano de los de primera instancia de madrid a fin de que el secretario judicial de madid al que corresponda x turno de reparto emita el correspondiente mandamiento de anotación preventiva de embargo
7en una ejecución promovida por c contra d se embarga un inmueble, que está inscrito en el registro de la propiedad a nombre del ejecutado. se anota preventivamente ese embargo en el registro de la propiedad. Unas semanas después de esa anotación D vende a T el inmueble como libre de cargas. T inscribe en el regsitro esa venta. en la fecha de la compraventa aun no se había notificado a D el auto de despacho de la ejecución ni el embargo de la finca. se subasta judicialmente la finca y se adjudica a X. En este caso la transmisión de la finca efectuada en la subasta judicial es :
- ANula, porque el inmueble está inscrito a nombre de unt ercer, es decir, una persona distinta del ejecutado
- Bnula, porque t adquirió la finca libre de cargas
- Cválida
- Dvalida pero solo en el caso de que el registrador de la ppdad considere que t no conocida la existencia del emabrgo, y por lo tanto era un tercero de buena fe.
8en una ejecucuón de c contra d se embarga una finca perteneciente a D. el 22 /12/09 se anota preventivamente ese embargo. Como consecuencia de diversos incidentes planteados durante la ejecución, que incluyen una querella formulada por D contra C, se retrasó el curso del proceso ejecutivo. el 19/12/13 C pide al secretario judicial que acuerde la prórroga de la anotación preventiva del emabrgo. el 23/12/2013 el secre judicial decreta esa prórroga y expide el correspondiente mandamiento por fax el mismo día. En ese caso :
- AEl registrador d ela ppdad debe practicas el correspondiente asiento de prórroga de la anotación preventiva de embargo, ya que dicha prórroga fue pedida antes de que caducara la anotación.
- BEl registrador de la ppdad debe suspender la práctica del asiento de prórroga de la anotación, a la espera de que se le informe si la demora en la remisión del mandamiento obedeció a causa imputables al funcionamiento del juzgado
- Cdebe cancelar por caducidad la anotación preventiva de embargo, denegando la práctica del asiento de prórroga de esa anotación
- Dninguna de las respuesta anteriores es correcta
9en un juicio ordinario de x se condena a z al pago de una determinada cantidad de dinero. la sentencia queda firme pero z fallece. por ello X pide que se despache ejecución contra t por ser heredero de z. despachada la ejecución x pide que se embargue un inmueble que figura inscrito en el registro de la ppdad a nombre de z, asimismo x pide que se anote preventivamente ese embargo. en este caso :
- Ase debe denegar el embargo y la anotación preventiva del embargo solicitados por X
- Bmse debe acordar el embargo y la anotación preventiva de embargo pedidos por X
- Cse debe acordar el embargo pedido por x pero se debe denegar la anotación preventiva
- Dse debe denegar el embargo pero acordar la anotación preventiva
10en una ejecucón promovida de x contra z, semebarga el 4/5 una casa que figura a nombre de z. el 8/5 z vende a t mediante escitura publica esa casa ocmo libre de cargas. el 2/6 se practica en el rgistro de la ppdad la anotación preventiva de embargo. en fin, el 15 /6 se inscribe en el registro la aescritura del 8/5. En ese caso :
- AT tiene derehco a obtener el alzamiento del emabargo y la cancelación de la anotación preventiva de embargo, mediante la correspondiente tercería de dominio, dado que la fecha de escritura es anterior a la fecha de la anotación preventiva de embargo
- Bsi t interpone una tercería de dominio, pidiendo el alzamiento del embargo, el juez debe acordar ese alzamiento, pero solo si entiende que , al otorgarse la escritura de venta, t desconocía la existencia del embargo.
- CT tiene derecho a obtener el alzamiento de embargo, pero no tiene derecho a obtener la cancelación de la anotación preventiva de embargo
- Dsi T interpone una tercería de dominio, pidiendo el alzamiento del embargo, el juez debe desestimar esa tercería, manteniendo por tanto el embargo
11en una ejecución promovida por C contra D, se embarga el saldo favorable a D que existe en una cuenta bancaria correspondiente a un depósito a plazo. En este caso, una medida que resulta adecuada para asegurar la eficacia del embargo es:
- Auna orden del secretario judicial dirigida a la entidad bancaria para que retenga a disposición del Juzgado el saldo embargado
- BUna orden del secretario judicial dirigida a la entidad bancaria para que retenga a disposición del juzgado el saldo embargado, acompañada de otra orden del secre judicial a fin de que la entidad bancaria ingrese de inmediato el saldo embargado en la cuenta de depositos y consignaciones
- Cla anotación preventiva del embargo en el libo -registro de la entidad bancaria
- Del depósito judicial
12en la ejecución promovida por x contra z el secre judicial embarga los saldos favorables al ejecutado que existan en cuentas bancarias abiertas en el Banco B hasta el límite máximo de 35.000€, que es la cantidad por la que se ha despachado la ejecución. en este caso , el oficio que contiene la orden de retención de los saldos embargados puede ser transmitido a B de la siguiente forma :
- Ael oficio puede ser transmitido por el procurador de X si lo pide dicho ejecutante, y si no lo pide, el oficio debe ser remitido directamente por el secretario judicial
- Bel oficio debe ser remitido directamente por el secretario judicial
- Csolo el procurador de X puede transmitir a b el oficio
- Del oficio debe ser transmitido a B mediante mensajero
13Partimos del supuesto pregunta 12 tema 5 pero : tras ser comunicada a B la orden de retención, D director de la sucursal de B que recibió esa orden, manifestó que no existían cuentas bancarias abiertas a nombre del ejecutado. posteriormente, gracias a otra información obtenida en la ejecución, se ha sabido que, en el momento en que la orden de retención fue comunicada a b, existía una cuenta bancaría que arrojaba un saldo de 15.000€ favorable a Z. en este caso X puede ejercitar :
- AÚnicamente una acción penal contra D
- BUna acción penal contra D y una acción de responsabilidad civil extracontractual contra D y contra B
- CSolamente una acción de responsabilidad civil extracontractual contra B
- DÚnicamente una acción de responsabilidad civil extracontractual contra D
14A instancia de C se despacha ejecución contra D, embargándose la parte que, segun el articulo 607 LEC es embargable de la prestación de la ss que viene percibiendo D. El ejecutado no se opone a la ejecución dentro del plazo previsto al efecto. En este caso, la eficacia del embargo puede ser asegurada mediante las siguientes medidas:
- Aúnicamente mediante una orden del secretario judicial dirigida al organismo de la ss que paga la prestación embargada, a fin de que retenga a disposición del juzgado la parte de esa prestación que ha sido embargada.
- BSolamente mediante las siguientes medidas : una orden del secretario judicial dirigida al organismo de la ss que paga la prestación embargada, a fin de que retenga a disposición del juzgado la parte de esa prestación que ha sido embargada, acompañada de otra orden del secretario judicial a fin de que la cantidad embargada sea ingresada en la ceunta de depositos y consignaciones del juzgado.
- Cmediante una orden del secre judicial dirigida al organismod e la ss que paga la prestación embargada, a fin de que retenga a disposición del juzgado la parte de esa prestación que ha sido embargada acompañada de otra orden del secretario judicial a fin de que la cantidad embargada sea ingresada en la cuenta bancaría designada por c
- Dsolo mediante un depósito judicial
15En una ejecución promovida por C contra D, se embarga el credito que D tiene contra T, correspondiente a la parte del precio de una compraventa cuyo pago ha quedado aplazada. En este caso, el aseguramiento de embargo se puede efectuar mediante :
- Aun depósito judicial
- Buna adminsitración judicial
- Cuna anotación preventiva de embargo
- Duna orden de retención
16En una ejecución promovida por C contra D se embargan las acciones que D tiene en la sociedad anónima S, las cuales constituyen la mayoria del capital social de dicha sociedad. En este caso, el aseguramiento del embargo puede efectuarse :
- AÚnicamente mediante el nombramiento de un interventor judicial
- Bmediante una retención judicial
- Cmediante el nombramiento de un administrador judicial, acompañado del nombramiento de dos interventores judiciales.
- Dmediante un depósito judicial.
17La entidad bancaria B promueve ejecución contra la sociedad mercantil S, que es titular de una explotación ganadera que comprende varias docenas de cabezas de ganado vacuno. Se embargan veinte vacas. en este caso el aseguramiento del embargo se puede realizar:
- Amediante la constitución de un depósito judicial
- Bmediante una orden de retención
- Cmediante el nombramiento de un administrador judicial
- Ddada la índole de los bienes embargados, en este caso no se puede adoptar ninguna medida de garantía de embargo
18Partimos del supuesto 17 tema 5, pero : solo han sido embargados los rendimientos económicos netos que pueda obtener S en la explotación ganadera . En este caso el aseguramiento del embargo de puede efectuar :
- AMediante una orden de retención o mediante la constitución de una administración judicial
- Bsolo mediante la constitución de una administración judicial
- Cúnicamente mediante una orden de retención
- Dmediante la constitución de un depósito judicial
19En una ejecución promovida por C contra D, se embargan las participaciones sociales que D tiene en la sociedad de responsabilidad limitada S, que constituyen el 15% del capital social de S. En este caso, el aseguramiento del embargo se puede realizar :
- Amediante la constitución de una administración judicial
- Bmediante el nombramiento de un interventor judicial
- Cúnicamente mediante la notificación del embargo de los administradores de S.
- DMediante la notificación de embargo a los administradores de S, acompañada de un requerimiento dirigido a dichos administradores a fin de que el embargo sea anotado en el libro-registro de socios de S
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- Quiz sobre tema 5, criado por lidiosa em 19-04-2015.
- Autor
- lidiosa
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