LEY 7/1985 DE LAS BASES DEL REGIMEN LOCAL TITULO II CAPITULO II ORGANIZACION

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LEY DE BASES DEL REGIMEN LOCAL

CAPÍTULO II Organización Artículo 19 1. El Gobierno y la administración municipal, salvo en aquellos municipios que legalmente funcionen en régimen de Concejo Abierto, corresponde al ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales. 2. Los Concejales son elegidos mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, y el Alcalde es elegido por los Concejales o por los vecinos; todo ello en los términos que establezca la legislación electoral general. 3. El régimen de organización de los municipios señalados en el título X de esta ley se ajustará a lo dispuesto en el mismo. En lo no previsto por dicho título, será de aplicación el régimen común regulado en los artículos siguientes. Artículo 19 redactado por el apartado 1 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local («B.O.E.» 17 diciembre).Vigencia: 1 enero 2004 Artículo 20 1. La organización municipal responde a las siguientes reglas: a) El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno existen en todos los ayuntamientos. b) La Junta de Gobierno Local existe en todos los municipios con población superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su ayuntamiento. c) En los municipios de más de 5.000 habitantes, y en los de menos en que así lo disponga su reglamento orgánico o lo acuerde el Pleno, existirán, si su legislación autonómica no prevé en este ámbito otra forma organizativa, órganos que tengan por objeto el estudio, informe o consulta de los asuntos que han de ser sometidos a la decisión del Pleno, así como el seguimiento de la gestión del Alcalde, la Junta de Gobierno Local y los concejales que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las competencias de control que corresponden al Pleno. Todos los grupos políticos integrantes de la corporación tendrán derecho a participar en dichos órganos, mediante la presencia de concejales pertenecientes a los mismos en proporción al número de Concejales que tengan en el Pleno. d) La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones existe en los municipios señalados en el título X, y en aquellos otros en que el Pleno así lo acuerde, por el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, o así lo disponga su Reglamento orgánico. e) La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios, de acuerdo con la estructura prevista en el artículo 116. 2. Las leyes de las comunidades autónomas sobre el régimen local podrán establecer una organización municipal complementaria a la prevista en el número anterior. 3. Los propios municipios, en los reglamentos orgánicos, podrán establecer y regular otros órganos complementarios, de conformidad con lo previsto en este artículo y en las leyes de las comunidades autónomas a las que se refiere el número anterior. Artículo 20 redactado por el apartado 1 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local («B.O.E.» 17 diciembre).Vigencia: 1 enero 2004 Artículo 21 1. El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones: a) Dirigir el gobierno y la administración municipal. b) Representar al ayuntamiento. c) Convocar y presidir las sesiones del Pleno, salvo los supuestos previstos en esta ley y en la legislación electoral general, de la Junta de Gobierno Local, y de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, y decidir los empates con voto de calidad. d) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. e) Dictar bandos. f) El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por ciento de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La referencia debe entenderse hecha al artículo 177.5 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. g) Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas. h) Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno, en estos dos últimos casos, en la primera sesión que celebre. Esta atribución se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 99.1 y 3 de esta ley. i) Ejercer la jefatura de la Policía Municipal. j) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. k) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación. l) La iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad en materias de la competencia de la Alcaldía. m) Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno. n) Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos. ñ) ... Letra ñ) del número 1 del artículo 21 derogada por la letra b) de la disposición derogatoria única de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público («B.O.E.» 31 octubre).Vigencia: 30 abril 2008 o) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. p) ... Letra p) del número 1 del artículo 21 derogada por la letra b) de la disposición derogatoria única de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público («B.O.E.» 31 octubre).Vigencia: 30 abril 2008 q) El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. r) Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento. s) Las demás que expresamente le atribuyan la leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales. 2. Corresponde asimismo al Alcalde el nombramiento de los Tenientes de Alcalde. 3. El Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo las de convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidir los empates con el voto de calidad, la concertación de operaciones de crédito, la jefatura superior de todo el personal, la separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral, y las enunciadas en los párrafos a), e), j), k), l) y m) del apartado 1 de este artículo. No obstante, podrá delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las atribuciones contempladas en el párrafo j). Artículo 21 redactado por el apartado 1 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local («B.O.E.» 17 diciembre).Vigencia: 1 enero 2004 Artículo 22 1. El Pleno, integrado por todos los Concejales, es presidido por el Alcalde. 2. Corresponden, en todo caso, al Pleno municipal en los Ayuntamientos, y a la Asamblea vecinal en el régimen de Concejo Abierto, las siguientes atribuciones: Párrafo introductorio del número 2 del artículo 22 redactado por el apartado 1 de la disposición adicional novena del R.D. Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo («B.O.E.» 26 junio).Vigencia: 27 junio 2008 Se reitera la modificación del párrafo introductorio del número 2 del artículo 22 por el número 1 de la disposición adicional novena del texto refundido de la ley de suelo y rehabilitación urbana de R.D. Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana («B.O.E.» 31 octubre). a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno. b) Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo. c) La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, así como los convenios que tengan por objeto la alteración de cualesquiera de dichos instrumentos. Letra c) del número 2 del artículo 22 redactada por el apartado 1 de la disposición adicional novena del R.D. Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo («B.O.E.» 26 junio).Vigencia: 27 junio 2008 Se reitera la modificación de la letra c) del número 2 del artículo 22 por el número 1 de la disposición adicional novena del texto refundido de la ley de suelo y rehabilitación urbana de R.D. Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana («B.O.E.» 31 octubre). d) La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas. e) La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. f) La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización. g) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas. h) El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y demás Administraciones públicas. i) La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual. j) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria. k) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. l) La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público. m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto --salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior-- todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. n) ... Letra n) del número 2 del artículo 22 derogada por la letra b) de la disposición derogatoria única de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público («B.O.E.» 31 octubre).Vigencia: 30 abril 2008 ñ) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos. o) ... Letra o) del número 2 del artículo 22 derogada por la letra b) de la disposición derogatoria única de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público («B.O.E.» 31 octubre).Vigencia: 30 abril 2008 p) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial. q) Las demás que expresamente le confieran las leyes. 3. Corresponde, igualmente, al Pleno la votación sobre la moción de censura al Alcalde y sobre la cuestión de confianza planteada por el mismo, que serán públicas y se realizarán mediante llamamiento nominal en todo caso, y se rigen por lo dispuesto en la legislación electoral general. 4. El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local, salvo las enunciadas en el apartado 2, párrafos a), b), c), d), e), f), g), h), i), l) y p), y en el apartado 3 de este artículo. Artículo 22 redactado por el apartado 1 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local («B.O.E.» 17 diciembre).Vigencia: 1 enero 2004 Artículo 23 1. La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno. 2. Corresponde a la Junta de Gobierno Local: a) La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones. b) Las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes. 3. Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales. 4. El Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales, aunque no pertenecieran a aquélla. Artículo 23 redactado por el apartado 1 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local («B.O.E.» 17 diciembre).Vigencia: 1 enero 2004 Artículo 24 1. Para facilitar la participación ciudadana en la gestión de los asuntos locales y mejorar ésta, los municipios podrán establecer órganos territoriales de gestión desconcentrada, con la organización, funciones y competencias que cada ayuntamiento les confiera, atendiendo a las características del asentamiento de la población en el término municipal, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio. 2. En los municipios señalados en el artículo 121 será de aplicación el régimen de gestión desconcentrada establecido en el artículo 128. Artículo 24 redactado por el apartado 1 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local («B.O.E.» 17 diciembre).Vigencia: 1 enero 2004 Artículo 24 bis 1. Las leyes de las Comunidades Autónomas sobre régimen local regularán los entes de ámbito territorial inferior al Municipio, que carecerán de personalidad jurídica, como forma de organización desconcentrada del mismo para la administración de núcleos de población separados, bajo su denominación tradicional de caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos, o aquella que establezcan las leyes. 2. La iniciativa corresponderá indistintamente a la población interesada o al Ayuntamiento correspondiente. Este último debe ser oído en todo caso. 3. Solo podrán crearse este tipo de entes si resulta una opción más eficiente para la administración desconcentrada de núcleos de población separados de acuerdo con los principios previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Artículo 24 bis introducido por el número siete del artículo primero de la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local («B.O.E.» 30 diciembre).Vigencia: 31 diciembre 2013

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Organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Murcia

Murcia, 17 de septiembre de 2015efectuados en la anterior Corporación.Quedan sin efecto los Decretos de Alcaldía de delegación de competenciasreparto de competencias.seguirán tramitando y se resolverán por los órganos competentes que resulten del nuevoDecreto por órganos distintos de los competentes de conformidad con el mismo, seLos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presenteresoluciones correspondientes para garantizar la plena efectividad del mismo.surgir en la interpretación y aplicación del presente Decreto, pudiendo adoptar lasCorresponde a esta Alcaldía la competencia para resolver las dudas que pudieranPROCEDIMIENTOS ANTERIORES .UNDÉCIMO. INTERPRETACION Y TRAMITACION DEcompetencial de una concejalía.dirección y gestión de asuntos determinados, aunque esté incluido en el ámbitodelegaciones especiales que puedan efectuarse en cualquier Concejal Delegado para laLas delegaciones otorgadas en el presente Decreto se entienden sin perjuicio de lasDECIMO. DELEGACIONES ESPECIALES.30(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaámbito de sus competencias deban someter a la consideración de dichos órganos.las Comisiones de Pleno, Pleno y Junta de Gobierno, en todos los asuntos que en elLos concejales delegados serán los órganos competentes para elevar propuestas aNOVENO. RELACIONES CON EL PLENO Y LA JUNTA DE GOBIERNO.30/1992.el Alcalde. Igualmente la rectificación de errores regulada en el art. 105.2 de la Leyque hubiera dictado el acto objeto de recurso, en virtud de las competencias delegadas porrevisión, así como la revisión de oficio, corresponderá igualmente al órgano administrativo3. La competencia para resolver los recursos de reposición y los extraordinarios decualquier momento o se reserve en decretos posteriores.limitación ni condición alguna para su ejercicio, salvo las que el Alcalde avoque en2. Ejercerán todas las facultades que correspondan al órgano delegante, sinfacultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la1. Las delegaciones conferidas en el presente Decreto abarcarán tanto la facultad deOCTAVO. REGIMEN DE DELEGACIONES.Ambiente.funcionamiento se determinará por el Concejal Delegado de Urbanismo y MedioSe crea la Ponencia Técnica de Actividades cuya composición, organización yGeneral del Pleno, Oficina del Gobierno y Servicios Jurídicos.Quedan adscritos a la Alcaldía los siguientes servicios municipales: SecretaríaCREACION DE COMISIONES TECNICAS.SEPTIMO. SERVICIOS MUNICIPALES ADSCRITOS A LA ALCALDIA. Alcalde.d) El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales de la competencia del29(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de MurciaTribunal Calificador y adjudicar los destinos de los mismos.c) El nombramiento de funcionarios de carrera de la Corporación a propuesta delautónomos.b) La incorporación de remanentes del Ayuntamiento y de sus organismosde sus organismos autónomos.a) La aprobación de la liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Murcia yCorresponderá a la Junta de Gobierno Local por delegación del Alcalde,GOBIERNO LOCAL.SEXTO. DELEGACIONES DEL ALCALDE EN LA JUNTA DELd) La rehabilitación urbana de las viviendas sociales.Vivienda.c) La dirección, control y supervisión del Registro Municipal de Demandantes decon actuaciones en esta materia.competencias en materia de vivienda, así como con cualquier organismo público o privadoAdministración del Estado y de la Comunidad Autónoma que tengan atribuidasb) Mantener las relaciones precisas con los órganos correspondientes de lapromoción y gestión de viviendas de protección pública.a) El diseño y ejecución de la política municipal en materia de acceso a la vivienda,11.7. Vivienda.los fines y objetivos establecidos.Mantener las relaciones de coordinación entre los distritos para la consecución de11.6. Coordinación de Distritos.instrumentos urbanísticos de protección del Patrimonio Histórico.e) Iniciativa y colaboración con los órganos competentes en la redacción demonumental que se realicen mediante convenio con otras instituciones.d) Dirección y tutela de los programas de restauración de inmuebles de carácter28(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciacompetentes en materia de cultura y urbanismo.por la normativa aplicable, sin perjuicio de su coordinación con las concejalíasCultural, mueble e inmueble de propiedad municipal en los niveles de actuación previstos c) Defensa, rehabilitación y conservación del Patrimonio Histórico Artístico yDelegado o por la propia Alcaldía.salvo los que revistan una especial relevancia institucional apreciada por el Concejalcomo de cuantos otros documentos fueren precisos en la gestión del patrimonio municipal,b) La firma y elevación a público en su caso, de los contratos administrativos asíprocedimientos reglamentariamente previstos para la gestión del mismo.a) Impulsar el servicio de patrimonio, incluyendo la tramitación de los11.5. Patrimonio.municipal de Murcia.Universidades de la ciudad de Murcia, para fomentar actuaciones conjuntas en el términob) Mantener relaciones de colaboración y cooperación institucional con lasla eficacia y eficiencia del funcionamiento de los servicios públicos municipales.investigaciones, colaboraciones, estudios y proyectos que puedan implementar mejoras enel fin de fomentar instrumentos de cooperación que permitan la puesta en valor dea) Mantener relaciones con las distintas Universidades de la Región de Murcia, con11.4. Relaciones con Universidades e Institucionales.del libro y la lectura.Dirigir e inspeccionar las Bibliotecas Públicas Municipales, así como el fomento11.3. Bibliotecasdesarrollo de los programas educativos en este nivel de enseñanza.funcionamiento, admisión de alumnos, vacaciones y cuantas otras cuestiones afecten alalumnos de 0 a 3 años en la red municipal de escuelas, autorizar sus normas deProgramar, dirigir y gestionar la política municipal en materia de escolarización de11.2. Escuelas Infantiles.27(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaf) Dirigir y ejecutar los programas de absentismo escolar y escolaridad obligatoria.legislación sectorial aplicable.escolarización y demás órganos colegiados de participación de conformidad con lae) Designar los representantes municipales en las comisiones y consejos deculturales o recreativas complementarias de las docentes.d) Regular y autorizar el uso de los centros públicos docentes para actividadesdirigidas a los escolares del término municipal, en el ámbito de sus competencias.c) Programar y coordinar la oferta de actividades culturales o de ocio y tiempo libreeducativas en el marco de las competencias municipales.especial y asumir las relaciones de cooperación con las distintas Administracionesdestinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educaciónb) La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad locallegislación vigente en la materia.participación municipal en la programación educativa en los términos establecidos en laa) Establecer los criterios y disponer los medios necesarios para hacer efectiva la11.1. Educaciónmateria, y en particular las siguientes:Patrimonio, todas las competencias que la legislación vigente atribuye al Alcalde en estamunicipales, se delega en la Concejalía de Educación, Relaciones con Universidades ySin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganosUNIVERSIDADES Y PATRIMONIO. 11. CONCEJAL DELEGADO DE EDUCACION, RELACIONES CONesta materia, conllevando la aprobación de las fases del gasto derivados del mismo.así como el acatamiento y tramitación de las resoluciones dictadas por los Tribunales enc) La tramitación y resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial,conforme a ley corresponda.b) La presidencia de las Mesas de Contratación y designación de sus miembros queAlcaldía. especial relevancia institucional apreciada por el Concejal Delegado o por la propia26(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaderivados de los procedimientos reglamentariamente tramitados, salvo los que revistan unaa) La firma y elevación a público en su caso, de los contratos administrativos10.5. Contratación .Administrativo de Murcia.Mantendrá las relaciones de colaboración con el Consejo Económicorelativos a operaciones financieras.Y con carácter general, la firma y elevación a público en su caso, de los contratoslos estudios de viabilidad económica de los contratos.g) Análisis, valoración y control de gastos de los servicios municipales, en especialpúblicas.f) La implantación y seguimiento de la financiación estructurada de las inversionesfin de poder desarrollar una adecuada gestión del endeudamiento.e) El establecimiento de las relaciones necesarias con entidades financieras, con elfinanciera y el seguimiento de los mismos.d) La propuesta de celebración de convenios y contratos en relación con la políticainversión.c) El diseño y desarrollo de las estructuras de financiación de proyectos demateria de inversiones públicas.b) Análisis y valoración de los ingresos municipales y programas de actuación ena) Planificación y ejecución financiera del Ayuntamiento de Murcia.10.4. Planificación económica.de los planes financieros que hubieran de realizarse por la Corporación.h) Elaborar, y en su caso, elevar la propuesta de aprobación al órgano competenteobjetivos programados.g) La realización de la memoria demostrativa del grado de cumplimiento de losConcejalías.f) La coordinación y asesoramiento en materia presupuestaria a las distintas25(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciae) El seguimiento y ordenación general del proceso de ejecución del Presupuesto.tramitación, análisis y seguimiento de los expedientes de modificación presupuestaria.suplementos de créditos, así como elevar la propuesta al órgano competente. También lad) Ordenar la incoación de los expedientes de créditos extraordinarios ydel Presupuesto.c) El establecimiento de las técnicas presupuestarias a utilizar para la elaboraciónGeneral del Ayuntamiento de Murcia.b) El análisis y evaluación de los programas de gastos que integra el Presupuestoa la Junta de Gobierno Local para su aprobación.a) La elaboración del proyecto de Presupuesto General Municipal para su elevación10.3 Presupuestos.Tributaria.otros órganos municipales. Se adscribe a esta Concejalía Delegada la Agencia Municipalpor la legislación vigente le corresponda al Alcalde y no esté expresamente delegado enEn materia de ingresos y aplicación de los tributos, todas aquellas cuestiones que10.2 Gestión Tributaria.con el Tribunal de Cuentas.l) Las relaciones, solicitud y remisión de oficios, peticiones y demás documentaciónconcejalías por razón de la materia. exceptuando la concesión de subvenciones y las que corresponda por delegación en otrask) El reconocimiento de todas las obligaciones, certificaciones y facturas.,j) Rendir la Cuenta Generalde la competencia atribuida en esta materia a otros órganos municipales.fallos de los Tribunales con cargo a las partidas cuya gestión le corresponda, sin perjuicioi) Tramitar y aprobar los gastos derivados del cumplimiento de las resoluciones oh) Aprobar los modelos de avales y garantías a constituir por los interesados.con lo dispuesto por la legislación vigente.corresponde en todo caso, resolver sobre el reembolso del coste de los avales, de acuerdo24(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaperjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos municipales. Así mismo leliberación y devolución de avales, garantías y depósitos constituidos a tal fin, todo ello sinrecaudatorio, y, en su caso, la liquidación de intereses de demora de todo tipo y laactos impugnados o sujetos a revisión en vía administrativa y del procedimientocompetencias correspondientes a su concejalía, la suspensión de la ejecutividad de losg) Disponer, de acuerdo con la normativa vigente aplicable y en el ámbito de lasf) Aprobación de la justificación y reintegros de subvenciones.presupuestarios y devolución de ingresos indebidos.e) Declaración de prescripción de los mandamientos presupuestarios, nocerrados.d) La rectificación de saldos iniciales de derechos y obligaciones de presupuestosjustificativos de los pagos correspondientes a operaciones no presupuestarias. c) Adoptar las resoluciones que se deriven de los documentos y expedientesanteriormente relacionados.demás instrumentos a través de los que se materializan los pagos de los mandamientoscorrespondientes a dichos mandamientos. También mediante transferencias, cheques yreferidos al Presupuesto Municipal y a operaciones no presupuestarias y las relacionesb) Ordenación de pagos en general a través de la firma de mandamientos de pagoslegalmente corresponda a sus titulares.Tesorería-Contabilidad General y Recaudación, sin perjuicio de las funciones quea) Ejercer la superior dirección de los servicios de Intervención General y10.1 Intervención y Tesorería – Contabilidad.las siguientes:financiera y presupuestaria, gestión tributaria, recaudación y contratación, y en particularlegislación vigente atribuye al Alcalde en materia de hacienda, presupuestos, políticadelegan en el Concejal Delegado de Hacienda y Contratación todas las competencias que laSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos, se10. CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y CONTRATACION.23(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murcia Se adscribe el Consejo Sectorial de Cooperación y Solidaridad.Administraciones Públicas.c) Coordinación con las políticas de Cooperación al Desarrollo de otrasb) Fomento y apoyo a proyectos para emergencias ante situaciones de catástrofe.municipal.especialmente a través de las convocatorias de subvenciones, en el marco competenciala) Dirigir y coordinar las actuaciones en materia de Cooperación al Desarrollo,9.2. Cooperación al Desarrollo.de colaboración con entidades públicas o privadas.c) Promocionar y fomentar las actividades juveniles, celebrando para ello conveniosjuveniles.b) Dirigir, coordinar y supervisar los centros municipales destinados a actividadesa) Dirigir la política municipal en materia de juventud.9.1. Juventud. competencias:atendiendo lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica, y en concreto las siguientescompetencias que en la legislación vigente atribuye al Alcalde en estas materias,municipales, se delegan en la Concejalía de Juventud y Cooperación al Desarrollo, las Sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganosDESARROLLO.9. CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y COOPERACION ALUnión Europea.planificar los programas destinados a los ciudadanos con financiación procedente de laamparada por la Unión Europea cuyo destinatario sea el Ayuntamiento de Murcia, y desarrollo de las acciones y programas que generen algún tipo de actividad o acciónCanalizar y facilitar a los Concejales Delegados por razón de la materia, el8.8. Programas Europeos.22(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de MurciaRamón Gaya.Se adscribe a la Concejalía Delegada de Empleo, Turismo y Cultura, el Patronatomunicipales.c) Promoción de actividades y de difusión ligadas a los museos y coleccionesmunicipales.b) Catalogación, conservación, difusión y acrecentamiento de las coleccionesa) Dirección, gestión y creación de museos y colecciones de titularidad municipal.8.7 Museos.documental y otros de naturaleza análoga.b) Catalogación, conservación, difusión y acrecentamiento del patrimonionaturaleza análoga.a) Dirección, gestión y creación de archivos y centros de depósito cultural de8.6. Archivos.y privadas para la gestión de los festejos previstos en los puntos anteriores.d) Mantener relaciones de cooperación y coordinación con otras entidades públicasCristianos, Bando de la Huerta y Entierro de la Sardina. c) Planificar y gestionar las Fiestas de Murcia, y en particular, los Moros yb) Planificar y gestionar los Festivales de Folkclore, de Jazz y de Tunas.a) Planificar y gestionar los festejos tradicionales.8.5. Festejosactuaciones en este ámbito.i) Autorizaciones de uso de espacios de centros culturales para iniciativas oAyuntamiento de Murcia.h) Promoción y programación de actividades en los centros culturales delmunicipal.g) Planificación, dirección y ejecución de infraestructuras culturales de titularidadf) Fomentar la Semana Santa en los Distritos.cooperación con el Cabildo Superior de Cofradías.e) Gestionar y planificar la Semana Santa de Murcia, manteniendo las relaciones de21(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaen todos los ámbitos, manteniendo relaciones de cooperación con las Peñas Huertanas.d) Desarrollar programas de actuación que fomenten la cultura popular tradicionalFestival Murcia Tres Culturas y el Festival Belluga.c) Promoción y coordinación de eventos de interés cultural, y especialmente, ely auditorios. b) Dirección y gestión de centros ligados a las artes de titularidad municipal, teatrosa) Promoción y programación de artes escénicas, visuales y musicales.8.4. Cultura.Noroeste.d) Mantener las relaciones de coordinación con el Consorcio Vía Verde delc) La presidencia del Comité de la Oficina de Congresos de Murcia.información turística y las instalaciones, dependencias o centros de interpretación.b) Dirigir e inspeccionar el funcionamiento de las oficinas municipales dea) La política municipal en materia de turismo de ámbito e interés local.8.3. Turismola ciudad.actividades económicas, manteniendo contacto con los agentes económicos y sociales dec) Coordinar las políticas sectoriales con especial incidencia en el desarrollo de lasCentro de Iniciativas Municipales.b) Dirección, gestión , programación y supervisión de la Oficina del Emprendedor,ciudad.a) Programar y fomentar políticas que favorezcan la promoción económica en la8.2. Promoción de la Economía.Se adscribe la Agencia de Desarrollo Localc) Dirección y planificación de las Escuelas Talleres.para el fomento del empleo.Comunidad Autónoma, así como la potenciación de cualquier otra fórmula de cooperaciónb) Negociación y formalización de los programas de empleo que se celebren con la20(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciacompetencias atribuidas.a) Programación de políticas de formación y empleo, en el ámbito de las 8.1. Empleoprogramas europeos, y en particular las siguientes:de políticas de promoción económica, turismo de interés y ámbito local, cultura ycompetencias que la legislación vigente atribuye al Alcalde en materia de empleo, fomentomunicipales, se delega en la Concejalía de Empleo, Turismo y Cultura todas lasSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos8. CONCEJAL DELEGADO DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA.municipales que no estén atribuidas a otras concejalías por razón de la materia.como la derivada en materia de seguridad ciudadana., y de ordenanzas o reglamentosaplicación de la legislación sobre tráfico, circulación y seguridad vial y sus reglamentos, asíTramitar los procedimientos sancionadores de infracciones derivadas de la 7.5. Sanciones. civil.c) Programar y promocionar campañas de sensibilización en materia de proteccióndel mismo.ejecutando los planes de funcionamiento y adquisición de material, mejora y actualizaciónb) Dirigir y organizar los grupos de voluntarios de protección civil, proponiendo ymateria de protección civil.a) Ejercer las atribuciones conferidas al municipio por la legislación vigente en7.4. Protección Civil.competencia.y divulgar campañas de sensibilización dirigidas a los ciudadanos en las materias de sub) Programar y coordinar actuaciones en materia de prevención, así como fomentarfuncionamiento y adquisición de material, mejora y actualización del mismo.a) Ordenar y dirigir el Cuerpo de Bomberos proponiendo y ejecutando los planes de19(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murcia7.3. Prevención y Extinción de Incendios.servicio de grúas. c) La gestión y supervisión de las actuaciones que ejecute la concesionaria delno son recuperados por sus propietarios en los plazos legalmente establecidos.grúa a requerimiento de la autoridad municipal competente por infracciones de tráfico, queb) Ordenar la eliminación como residuo sólido de los vehículos retirados por ladispuesto en el art. 124.4 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.supervisión de la Alcaldía, que ejercerá la Superior Jefatura del Cuerpo conforme loa) Dirigir e inspeccionar el Servicio de Policía Local, actuando bajo la directa7.2 Seguridad Ciudadana.f) Oficina Municipal de la Bicicleta.e) Planificar actuaciones tendentes a mejorar y garantizar la seguridad vial.los concesionarios de los servicios.públicos, de rotación, de residentes o mixtos, así como las relaciones de coordinación cond) Supervisión e inspección de los aparcamientos en superficie y subterráneosrodado y el peatonal.c) Elaborar estudios en orden a definir los criterios de equilibrio entre el tráficoy dimensionamiento se refiere.b) Planificar y programar la señalización de tráfico en cuanto a ubicación, tipologíaa) Dirigir y ordenar el tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas.7.1 Tráficoparticular:competencias que la legislación vigente atribuye al Alcalde en estas materias, y enmunicipales, se delega en la Concejalía de Tráfico, Seguridad y Protección Ciudadana , lasSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganosCIUDADANA.7. CONCEJAL DELEGADO DE TRAFICO, SEGURIDAD Y PROTECCION18(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaconcejalías que por razón de la materia desarrollen programas afectados.Municipal de Drogodependencias, asumiendo las competencias de coordinación con otrasj) Dirigir, gestionar y supervisar las actuaciones y medidas contenidas en el Planautorizaciones y/o concesiones mortuorias.i) Dirigir, gestionar y supervisar los cementerios municipales así como lasabandonados y agresores.y vacunación obligatorias de éstos y aplicar medidas de control de animales vagabundos,h) Elaborar el censo de animales de compañía, realizar campañas de identificacióng) Dirigir, gestionar y evaluar los servicios técnicos veterinarios y de zoonosis.f) Dirigir, gestionar y evaluar el Laboratorio Municipal.competencias. crisis y emergencias que afecten a la salud de los ciudadanos y en el ámbito de suse) Adoptar medidas urgentes y requerir las colaboraciones precisas en supuestos deseguridad del agua en el municipio.d) Dirigir, gestionar y evaluar las actuaciones encaminadas a garantizar la calidad yc) Dirigir la inspección sanitaria en el ámbito de la salubridad pública.todo ello en el marco de las competencias municipales.planificador del Estado o de la Comunidad Autónoma y prevea la Ley General de Sanidad,asistenciales, de conformidad con la normativa que en todo momento establezca el órganocoordinación en acciones de salud a cargo de entidades públicas que ejerzan funcionesb) Resolver las cuestiones relacionadas con el desarrollo de sus actividades y lade sensibilización y campañas informativas.salud pública en los centros de competencia municipal, así como la divulgación de medidasa) La dirección, gestión y evaluación de las actividades preventivas en materia de6.2. Salubridad públicaPúblicas o instituciones privadas.c) Mantener relaciones de coordinación y cooperación con otras Administracionesb) Autorizar el uso de los bienes e instalaciones deportivas.17(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaa) Dirigir y planificar la política deportiva del Ayuntamiento de Murcia.6.1. Deportes.concreto las siguientes competencias:legislación vigente atribuye al Alcalde en materia de deportes y salubridad pública, y enmunicipales, se delegan en la Concejalía de Deportes y Salud, las competencias que en laSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos6. CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES Y SALUD.cooperativas.normativo municipal, y mantener relaciones de cooperación con asociaciones agrarias yb) Desarrollar y gestionar programas que favorezcan la agricultura en el marcoentidades públicas o privadas para la consecución de estos fines.el marco normativo competencial municipal, y mantener relaciones de cooperación cona) Desarrollar y gestionar programas que favorezcan la conservación de la huerta en5.5. Huertab) Autorizaciones o licencias para el transporte de inertes.a) El control del depósito de residuos inertes y planta de tratamiento de los mismos.5.4 . Residuos Inertes.europea de la movilidad junto con la concejalía competente en materia de transportes.de criterios de eficiencia energética en transportes ( Red Civitas) y coordinar la semanag) Desarrollar y programar las políticas municipales relacionadas con el fomentopor el Clima y Red de Entidades Locales y Biodiversidad 2010.adoptados en organizaciones supramunicipales, y en concreto, Red Española de Ciudadesf) Desarrollar y planificar las actuaciones que deriven de los compromisosrenovables.emisiones a la atmósfera y fomento de políticas en eficiencia energética y uso de energíase) Desarrollar el Pacto de Alcaldes y los compromisos adoptados en reducción de16(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciacontra el cambio climático en el ámbito de las competencias municipales.d) Establecer las directrices medioambientales que aseguren los objetivos de luchac) Gestionar y coordinar los centros de formación y educación medioambiental.relativas al medio ambiente en el término municipal.b) Planificar, coordinar y ejecutar programas y actividades formativas y educativas21.que se lleven a cabo en el ámbito de las competencias municipales y en la Agenda Locala) Elaborar, supervisar y ejecutar los planes y programas de ejecución ambiental5.3. Medio Ambiente. Sostenibilidad Ambiental.f) La protección y conservación de las zonas públicas forestales del municipio.relativos al aire y ruido.e) Mantener, conservar y explotar las infraestructuras y equipamientos ambientalescompetencias atribuido por la legislación a los municipios.atmosférica, lumínica y acústica en todos sus niveles de producción, dentro del marco ded) Fomentar y desarrollar políticas de sostenibilidad contra la contaminacióncalidad ambiental en el término municipal.c) Coordinar y cooperar con otras Administraciones e Instituciones en materia decompetencias.b) Dirigir las funciones de la inspección ambiental en el ámbito de susincidencia en el medio ambiente urbano, en el marco competencial municipal.a) Dirigir, formular y coordinar los planes, programas y estudios que tengan5.2. Medio Ambiente. Calidad y Evaluación Ambiental.derivados de la ejecución del planeamiento y gestión urbanística.b) La formalización y elevación a público en su caso, de las actuaciones y acuerdosa) Las competencias que la legislación sobre el suelo atribuye al Alcalde.5.1. Urbanismoparticular las siguientes: medio ambiente, así como en mantenimiento y conservación de la huerta tradicional., y en15(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciacompetencias que la legislación vigente atribuye al Alcalde en materia urbanística y demunicipales, se delega en la Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta, todas lasSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganosHUERTA.5. CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO, MEDIO AMBIENTE Ypor asociaciones y ONGS que trabajen a favor de la mujer.proyectos de iniciativa social complementarios a los programas municipales, promovidosprivados que desarrollen actividades y programas relacionados con la mujer, así comod) Impulsar y fomentar relaciones con instituciones y organismos públicos yc) Informar, asesorar y orientar el servicio de atención a la mujer.b) Impulsar las acciones y medidas contempladas en el Plan de Igualdad Municipal.de la vida social y en los procesos de toma de decisiones.mujeres, que favorezcan e incrementen la presencia de las mismas en los distintos ámbitosintegradoras, tendentes a eliminar las situaciones de desigualdad y desventaja social de lasa) Dirigir, impulsar y desarrollar las medidas y actuaciones tanto preventivas como 4.7. Igualdad.municipal.las competencias específicas atribuidas en materia de protección civil a otro órganoDirección y coordinación del voluntariado en el término municipal, sin perjuicio de4.6. Voluntariado.que dificulten o impidan el acceso común de los ciudadanos con discapacidades.actuaciones necesarias para promover la eliminación de todo tipo de obstáculos y barrerasOficina de Accesibilidad , cuyas funciones son las propias para promover y coordinar lasb) Impulsar, dirigir y desarrollar las medidas y actuaciones gestionadas por laespecíficos y de apoyo a los personas con discapacidad.a) Dirección, planificación, coordinación y ejecución de los programas sociales4.5. Personas con discapacidad.14(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciavida laboral y familiar.c) Dirigir, planificar y coordinar las actividades de los centros de conciliación de lamenores y su programación específica. b) Planificación, elaboración y ejecución de programas de apoyo a las familias conprotección social específicos y de apoyo a las funciones familiares.a) Dirección, planificación, coordinación y ejecución de los programas de4.4. Familia e Infancia.para su cuidado.el incremento del bienestar de las personas mayores y que amplíen la oferta de recursos Diseño, planificación y ejecución de todos los programas que tengan como objetivo4.3. Mayores.c) Apoyar proyectos de iniciativa social en materia de inmigración.b) Desarrollar proyecto de acogida específicos.integración social de los inmigrantes.a) Dirección, planificación y coordinación de las actuaciones políticas dirigidas a la4.2. Inmigración.adscrito a los servicios sociales.subvenciones a otros órganos. También la identificación numérica registral del personalgestión le corresponda, sin perjuicio de las facultades atribuidas en materia de ayudas yfamiliares en situación de necesidad social, con cargo a las partidas presupuestarias cuyag) Aprobar los gastos para la prestación económica de personas físicas o núcleosmunicipales.f) Acogida de mujeres en centros específicos, en el ámbito de las competenciasde las competencias municipales.preventivas como integradoras, tendentes a erradicar la violencia de género, en el ámbitoe) Promover, impulsar, desarrollar y difundir medidas y actuaciones tanto13(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciapoblación destinatarios de los servicios.d) Promover e impulsar actuaciones en materia asistencial para los sectores deproblemas, todo ello en el ámbito de las competencias municipales.promover e impulsar una mayor participación y colaboración de la sociedad ante estossocial a través de las medidas adecuadas a la problemática de cada colectivo, además deespecífica a aquellos sectores de la población en situación de desprotección o exclusiónGeneral de Dependencia y demás legislación vigente en la materia, así como la atenciónc) Garantizar la prestación de los servicios sociales dentro del marco de la Leycrearse en lo sucesivo.ámbitos territoriales que por razón de descentralización existan actualmente o puedanincluso para regular la actividad de estos servicios y sus instalaciones en cualquiera de losen el municipio, con facultad de dictar instrucciones, circulares y normas de cualquier tipo,b) Coordinar todas las actuaciones que en materia de servicios sociales se gestionenautonómica y local.sociales en el ámbito del municipio, de acuerdo con lo establecido en la legislación estatal,a) La dirección, planificación y programación de la red de atención de servicios4.1 Servicios Sociales y Atención a la Dependencia.el Consejo Asesor de Bienestar Social. establezca en la normativa estatal y comunitaria al respecto. Se adscribe a esta Concejalíapromoción social, apoyo a la familia, igualdad y accesibilidad, atendiendo a lo que sevigente atribuye al Alcalde en materia de servicios sociales, atención a la dependencia,delegan en la Concejalía de Derechos Sociales, todas las competencias que la legislaciónSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos, se4. CONCEJAL DELEGADA DE DERECHOS SOCIALES.Centro Integral del Transporte.También mantendrá las relaciones de colaboración y cooperación con la mercantilSe adscriben las empresas municipales Aguas de Murcia y Urbanizadora Municipal.12(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaapreciada por la Concejal Delegada o por la propia Alcaldíacertificaciones que se soliciten, salvo que revista una especial relevancia institucional3.4. La competencia para ordenar la expedición y otorgar el visto bueno de lascontenedores.d) Establecer las directrices generales para la ubicación y/o soterramiento de losasí como el control de su explotación.relacionadas con los puntos anteriores, cuya gestión se encomiende a empresas privadas,c) Controlar y supervisar el Centro de Tratamiento e instalaciones análogaslos residuos municipales de carácter urbano.b) Ejecutar las competencias en materia de recogida, tratamiento y eliminación desentido, coordinará las actuaciones con la concesionaria del servicio.la supervisión y control de los mismos, incluida la dirección de la inspección. En estea) Establecer las directrices generales de los servicios de limpieza urbana, así como3.3 Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Urbanos. materia medio ambiental. a promover la movilidad sostenible, en coordinación con la concejalía competente enSostenible y la Semana de Movilidad Sostenible, así como la gestión de ayudas destinadasg) Planificar, desarrollar, coordinar y fomentar el Plan de Movilidad Urbanamunicipales.supuestos de conflicto laboral o de absentismo empresarial, cuando afecten a los serviciosla prestación de los servicios esenciales en los distintos modos de transporte, en losf) La determinación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurarsupervisión e inspección de los servicios prestados por la concesionaria del servicio.e) Planificar, gestionar, coordinar y ejecutar actuaciones del tranvía, así como laprestados por la concesionaria del servicio.servicio de transporte urbano, así como la supervisión e inspección de los serviciosd) Planificar y coordinar actuaciones encaminadas a la reordenación y mejora deldel servicio de taxi. Autorizaciones.c) Planificar y coordinar actuaciones encaminadas a la mejora del funcionamiento11(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciatransporte.b) La concesión de bonificaciones en el transporte público y títulos especiales dea) La concesión de las autorizaciones de transporte escolar.3.2. Transportes.saneamiento y depuración de aguas.i) Dirigir y programar la política municipal en materia de abastecimiento,tramitados por otras Administraciones Públicas.h) La representación de la Alcaldía en los actos de procedimiento expropiatoriosconcesionarias de los servicios de su competencia.g) Mantener las relaciones de coordinación, supervisión y control con lascomo controlar y supervisar el consumo de energía.renovación y mejora del alumbrado público en todo el término municipal de Murcia, asíf) Planificar, coordinar y ejecutar las actuaciones y obras de conservación,Arquitectura y Servicios Industriales.e) Dirigir y supervisar la Oficina Técnica de Ingeniería, la Oficina Técnica demunicipal de Murcia, en el marco competencial municipal.renovación y mejora en la red de carreteras de conexión entre núcleos urbanos del términod) Planificar, coordinar y ejecutar las actuaciones y obras de conservación,Municipal en todo el término municipal de Murcia. renovación y mejora de las vías públicas cuya titularidad corresponda a la Administraciónc) Planificar, coordinar y ejecutar las actuaciones y obras de conservación,asignadas.centros o inmuebles de todo tipo para llevar a cabo el cumplimiento de las funcionesb) Planificar, coordinar y ejecutar nuevas infraestructuras, proyectos y obras dea) Planificar, coordinar y ejecutar las actuaciones de infraestructuras del transporte.3.1. Infraestructuras. en particular las siguientes:vivienda, transporte, limpieza viaria, gestión de residuos sólidos, ciclo integral del agua , ylegislación vigente atribuye al Alcalde en materia de fomento de infraestructuras y obras, 10(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciamunicipales, se delega en la Concejalía de Fomento, todas las competencias que laSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos3. CONCEJAL DELEGADO DE FOMENTO.Prensa municipal y medios de comunicación.b) Planificación, seguimiento y coordinación de las relaciones con la Oficina deProtocolo.a) Planificación, seguimiento y coordinación de las relaciones con la Oficina de2.5. Protocolo y Oficina de Prensa.privadas en el ámbito de sus competencias.d) Fomentar y coordinar la participación ciudadana con entidades públicas yc) La tramitación de los expedientes de declaración de Utilidad Pública.Ciudadanas.b) La dirección, gestión y supervisión del Registro Municipal de EntidadesReglamento de Participación Ciudadana y Distritos. a) Las cuestiones relativas a la política municipal de descentralización, conforme al2.4. Participación Ciudadana y Descentralización. públicos del Ayuntamiento de Murcia.f) Desarrollar proyectos relacionados con los parques, jardines y espacios verdesAyuntamiento de Murcia.e) Inspección, control y vigilancia de los parques y espacios verdes delel cumplimiento de las funciones asignadas.d) Dirigir, ejecutar y supervisar los proyectos y obras necesarios para llevar a caboincluidos en los puntos anteriores.c) Gestionar y mantener las infraestructuras asociadas a los espacios verdesMurcia.plantaciones de redes supramunicipales que hayan sido cedidas al Ayuntamiento deb) Conservar y restaurar los espacios ajardinados, arbolado viario, jardinería y9(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaparques y jardines, zonas verdes y arbolado urbano.a) Planificar, coordinar y supervisar las actividades municipales en materia de2.3 Parques y Jardinespúblicos.que requieran de una estrategia centralizada para la correcta consecución de los finesdel uso de la vía pública, cuando en la misma se celebren eventos de singular importancia yc) La coordinación de los grupos de trabajo que se constituyan para la autorizaciónperjuicio de la emisión de informes sectoriales que se precisen a los efectos oportunos.kioscos, casetas, vados, rampas, procesiones, carreras ciclistas, maratones, y otros sinservicios eléctricos, telecomunicaciones, pivotes, mesas y sillas, toldos, sombrillas, municipal de Murcia. A título de ejemplo y sin carácter exhaustivo, autorizaciones parab) Las autorizaciones demaniales de todo tipo en la vía pública en todo el términourbano y señalética direccional, con excepción de la señalización del tráfico.a) Realizar las actuaciones de conservación, reposición y renovación del mobiliario2.2. Calidad Urbana.Climático ALEM.h) Planificar, dirigir y supervisar la Agencia Local de la Energía y Cambioen las dependencias municipales. g) Planificar y dirigir las políticas municipales en materia de telefonía fija y móvilmarcha de proyectos relacionados con la aplicación de las tecnologías de la información.f) Gestión de las ayudas provenientes de financiación externa para la puesta enaplicaciones para uso de los servicios municipales.e) Planificar y dirigir el parque de equipos informáticos, diseños de páginas webs ySecretaría General del Pleno y Oficina del Gobierno.buen gobierno en el ámbito de incorporación de tecnologías, en coordinación con lad) Impulsar y supervisar la estrategia de información, transparencia y prácticas deReguladora de la Administración Electrónica.calidad en los servicios administrativos, en el marco establecido en la Ordenanzac) Impulsar y supervisar la estrategia para introducir y evaluar la modernización y8(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciadatos.b) Vigilar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección deReguladora de la Administración Electrónica. gestiones administrativas, en el marco de colaboración establecido en la Ordenanzade las telecomunicaciones en la relación con el ciudadano para ofrecer servicios y tramitara) Impulsar y potenciar la incorporación de nuevas tecnologías de la información y Innovación y Sociedad de la Información.Gobiernoque se presten a los ciudadanos en cada una de ellas, en coordinación con la Oficina delprocedimientos a utilizar, de tal forma que se mantenga la homogeneidad en los serviciosinformación, estableciendo el tipo de gestiones administrativas a realizar, medios yb) Supervisar y coordinar el funcionamiento de las oficinas municipales deciudadano, a través del 010, Internet y oficinas municipales. a) Impulsar, coordinar y unificar criterios en materia de información y atención al Atención al Ciudadanopropia Alcaldía.revista una especial relevancia institucional apreciada por el Concejal Delegado o por lacertificaciones y diplomas que se soliciten en el ámbito de sus competencias, salvo qued) La competencia para ordenar la expedición y otorgar el visto bueno de lasvigente.c) Nombrar y cesar al personal interino en los términos previstos en la legislaciónaspirantes.b) Convocar los sistemas para la provisión de puestos de trabajo y admisión deadmisión de aspirantes.a) Convocar las pruebas selectivas derivadas de la oferta anual de empleo público yRecursos Humanos 2.1. Modernización de la Administración.7(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciade la información y comunicaciones, y en particular las siguientes:participación ciudadana y descentralización, así como innovación y uso de las tecnologíasAlcalde en materia de recursos humanos, actuaciones en la vía pública, parques y jardines, Urbana y Participación, todas las competencias que la legislación vigente atribuye almunicipales, se delega en la Concejalía de Modernización de la Administración, CalidadSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganosADMINISTRACION, CALIDAD URBANA Y PARTICIPACIÓN. 2. CONCEJAL DELEGADO DE MODERNIZACION DE LASe adscribe la empresa municipal Mercados Centrales de Abastecimiento S.A.Alcaldía.especial relevancia institucional apreciada por la Concejal Delegada o por la propiaInmuebles y otros que provengan de la Secretaría General del Pleno, salvo que revista unacertificaciones que se soliciten sobre el Padrón de Habitantes, Inventario Municipal dee) La competencia para ordenar la expedición y otorgar el visto bueno de lasAlcaldía.impulsión y tramitación de los expedientes tramitados por los servicios adscritos a lalímites establecidos por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, así como lad) La autorización y disposición de gastos de competencia del Alcalde, con losse requiera por la Alcaldía.c) Mantener las relaciones de coordinación con instituciones y entidades cuando asíb) Las relaciones con el Consejo Social de la Ciudad.Pueblo. a) Las relaciones, petición y remisión de oficios e informes con el Defensor del1.6. Relaciones Institucionales.mismo.Entidades Locales, en coordinación con la Secretaría General del Pleno que da fe del6(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaprevistas en la legislación el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de lasb) Las competencias asignadas al Alcalde relacionadas con el Padrón de Habitantes,Cartería. a) Dirigir y coordinar los servicios de Estadística, Planimetría y Callejero y1.5. Estadísticad) Dirigir la gestión de los almacenes municipales.competencias.las dependencias municipales para su mejor funcionamiento en el ámbito de susc) Gestionar las brigadas municipales y ordenar los trabajos que deban realizar enmedidas que estime procedentes para mayor economía del gasto.municipales, que no estén adscritos a otras concejalías, adoptando o proponiendo lasb) Controlar los consumos de agua y otros suministros de dependenciasrelacionada con los vehículos de propiedad municipal.documentación sea necesaria para la matriculación, transferencia y cualquier otraa) La gestión del parque móvil municipal y la formalización de cuanta1.4. Servicios Generalesmunicipales.defensa y protección de los consumidores y usuarios, en el ámbito de las competenciasd) Adoptar en general cuantas medidas se consideren convenientes para la atención,competencias municipales.de todo tipo de productos y servicios de uso y consumo común en al ámbito de lasc) Dirección, planificación, realización y evaluación de las campañas de inspecciónprotección del consumidor.Estado y de la Comunidad Autónoma que desarrollen funciones relacionadas con lab) Mantener relaciones de cooperación con los órganos de la Administración delConsumidor, en el ámbito de las competencias municipales.consumidor, así como la dirección y supervisión de las Oficinas Municipales ala) Dirigir e impulsar la política municipal de información y protección al1.3. Consumo.5(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciah) Feriasque en el futuro se pretendan crear.instalaciones de los locales de las plazas de abastos existentes y de nuevas instalacionesg) Planificar y en su caso ejecutar, las obras tendentes a mejorar los edificios e f) Dirigir e inspeccionar el funcionamiento de las plazas de abastos.autorizaciones de cambio.e) ) La concesión de licencias de ocupación de puestos en plazas de abastos yd) Dirigir e inspeccionar el funcionamiento de los mercados.anteriores.c) Estudio y propuesta de ubicación de los mercados previstos en los puntosb) Proponer las medidas necesarias para erradicar la venta ambulante ilegal.tradicionales del municipio.a) La concesión de licencias para la venta ambulante en los mercados semanales y1.2. Mercados, Plazas de Abasto y Ferias.c) Fomentar y desarrollar programas de urbanismo comercial.b) Fomentar y apoyar las asociaciones de comerciantes.coordinar las actuaciones en los polígonos industriales.a) Impulsar la política municipal de apoyo al comercio y PYMES, así como1.1. Comercio.estadística, relaciones institucionales, y en particular las siguientes:materia de comercio, mercados y plazas de abastos, ferias, consumo, servicios generales,Institucionales, todas las competencias que la legislación vigente atribuye al Alcalde en municipales, se delega en la Concejalía de Comercio, Organización y RelacionesSin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganosRELACIONES INSTITUCIONALES.1. CONCEJAL DELEGADA DE COMERCIO, ORGANIZACIÓN Y4(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciaindican, las competencias específicas que se desarrollan en los siguientes apartados:Por delegación del Alcalde, corresponderá a los Concejales que a continuación seMATERIA.CUARTO. COMPETENCIAS ESPECIFICAS POR RAZON DE LApara iniciar la contratación administrativa.k) El impulso y evacuación de los informes o expedientes que resulten adecuadosConcejalía.disposiciones legales que afecten al municipio en el ámbito competencial propio de cadaj) La garantía del cumplimiento de las ordenanzas, reglamentos, bandos y demástodos sus trámites referentes a las materias propias de su competencia.i) Acordar la conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados enAdministraciones Públicas en el ámbito de la normativa de concesión de subvenciones.h) La aceptación y firma de declaraciones o documentos solicitados porsuperen el límite establecido.concurrencia pública, siempre y cuando todas las adjudicaciones individualizadas nodirecta, hasta un límite individualizado de 3.000 euros. También para el supuesto deg) La concesión de subvenciones, becas, premios y otras ayudas, por concesiónEjecución del Presupuesto Municipal.en el acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno y/o en las Bases deLocal cuando el importe supere las cuantías que para la autorización del gasto esté previstaLa firma del convenio requerirá la previa autorización de la Junta de GobiernoDelegado que lo promueva o por la propia Alcaldía.como los que revistan una especial relevancia institucional apreciada por el Concejaly los que se suscriban con otros Ayuntamientos y firmen sus respectivos Alcaldes, asíComunidad Autónoma de la Región de Murcia u otras en su caso, y firmen sus Presidentescon la Administración del Estado y firmen los Ministros, los que se suscriban con laConcejalía, salvo las siguientes que se reserva el Alcalde: los convenios que se suscribanpúblicas y privadas para el desarrollo y ejecución de las competencias propias de suf) La celebración de convenios con otras Administraciones Públicas y entidadese) La propuesta de estructura y organización de su respectiva Concejalía.3(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciad) Dictar decretos e instrucciones.las competencias de su Concejalía, cuando la misma corresponda por Ley al Alcalde.c) El ejercicio de la potestad sancionadora y de su procedimiento, en el ámbito deb) La dirección de todo el personal en el ámbito de su Concejalía.así como la representación e inspección de la Concejalía de la que es titular.a) La programación de las políticas municipales en las materias de su competencia,su concejalía.siguientes competencias generales que desarrollarán en el ámbito de las materias propias de Por delegación del Alcalde corresponderá a los Concejales Delegados lasTERCERO. COMPETENCIAS GENERALES DELEGADAS.Rafael Gómez CarrascoConcejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio. D. Aguilera.Concejal Delegado de Hacienda y Contratación. D. Eduardo Martínez-Oliva Concejal Delegada Juventud y Cooperación al Desarrollo. Dª Rebeca Pérez López. Méndez.Concejal Delegado de Empleo, Turismo y Cultura. D. Jesús Francisco Pacheco Dolores Sánchez Alarcón. Concejal Delegada de Tráfico, Seguridad y Protección Ciudadana. Dª María Concejal Delegado de Deportes y Salud . D. José Felipe Coello Fariña. Navarro Corchón. Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta. D. Antonio Javier Concejal Delegada de Derechos Sociales. Dª Concepción Ruiz Caballero. Concejal Delegado de Fomento . D. Roque J. Ortiz González. Participación. D. José Guillén Parra.Concejal Delegado de Modernización de la Administración, Calidad Urbana y María del Carmen Pelegrín GarcíaConcejal Delegada de Comercio, Organización y Relaciones Institucionales. Dª SEGUNDO. NOMBRAMIENTO DE CONCEJALES DELEGADOS. 2(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murciade delegaciones o por acuerdo de la Junta de Gobierno Local.afectadas por razón de la materia, en los términos que se establecen en el presente Decretolimitarán a la programación, coordinación y ejecución de las políticas municipales2. Al frente de las mismas se situará un Concejal Delegado y sus funciones seConcejalía de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio. •Concejalía de Hacienda y Contratación. •Concejalía de Juventud y Cooperación al Desarrollo. •Concejalía de Empleo, Turismo y Cultura •Concejalía de Tráfico, Seguridad y Protección Ciudadana. •Concejalía de Deportes y Salud. •Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta. •Concejalía de Derechos Sociales. •Concejalía de Fomento. •Concejalía de Modernización de la Administración, Calidad Urbana y Participación. •Concejalía de Comercio, Organización y Relaciones Institucionales •del Alcalde, se estructura en las siguientes Concejalías: 1. La Administración del Ayuntamiento de Murcia, bajo la superior direcciónPRIMERO. ESTRUCTURA.de su mayor comprensión y publicidad, se dispone el siguiente Texto Refundido:de septiembre de 2015, sobre Organización de los Servicios Administrativos, a los efectosLocal, se dictaron por el Sr. Alcalde, Decretos de fechas 18 y 25 de junio, 16 de julio y 16y 5 del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen De conformidad con las atribuciones conferidas al Alcalde, en los apartados 4 k)TEXTO REFUNDIDO Organización de los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Murcia. 1(C.I.F: P-3003000-A)T: 968 35 86 0030004 MurciaGlorieta de España, 1Ayuntamiento de Murcia

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