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Notizen

Los fines del Derecho. La Justicia.

Maria Bravo Introducción al Derecho Preparatoria Abierta Spanisch 1 Seite

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Justicia.

Justicia.

Los Romanos lo definieron como el arte de lo

equitativo y de lo bueno, la permanente voluntad de dar a cada uno lo que es

suyo.

En la justicia impera por excelencia el principio

de ´´ alteridad ´´(bilateralidad) que implica proporcionalidad entre lo

que se da a uno y se recibe del otro; siempre deben de existir dos sujetos en

la relación para que se pueda hablar de justicia o injusticia. La justicia es

un sentimiento que está en la conciencia popular y este sentimiento,

da origen a las concepciones no solo de la justicia individual sino también de

la justicia social (´´ es propio de la justicia social el exigir de los individuos

cuanto es necesario para el bien común´´).

Diversas acepciones de la palabra justicia

· Según Mouchet y Zorraguin:

· Como Conocimiento:

Como un cuerpo de conocimientos teóricos dirigidos

a algo, a una acción, a algo práctico. No es un conocimiento vulgar

sino un conocimiento científico.

· Como Virtud:

Es un conocimiento constante de darle a cada quien

lo que le corresponde. Por ser una virtud, siendo la virtud una representación

de la justicia en el comportamiento.

· Como Ideal:

Debido a que el hombre y el derecho mismo

quieren que se haga justicia dentro y entre los hombres que habitan

una sociedad jurídicamente organizada.

· Como Ordenamiento jurídico:

Pues posee los mecanismos idóneos de que goza una

sociedad para garantizar el cumplimiento de ese derecho en una determinada

sociedad.

Diversas Teorías de la Justicia

· La justicia según la Biblia:

· Según la Biblia la justicia es la suprema

virtud, puesto que en ella se resumen todas las demás virtudes. Pues en ella

expresa que Dios es un ser justo, practicante de la justicia y nos enseña cómo

aplicarla.

· La justicia según Platón:

· La justicia para Platón es

la ´´ suprema virtud ´´. El distingue entre el mundo de las ideas

puramente intangibles que es el mundo de la razón pero no de los

sentidos y, el mundo sensible que captamos y vivimos, que es

una reproducción imperfecta de aquél, es como su sombra, de manera que

para lograr un derecho justo precisará traducir con pureza la estructura de

la idea de justicia y cumplir rigurosamente sus exigencias.

· La justicia según Aristóteles:

· La justicia para Aristóteles es una justicia

distributiva, que consiste en distribuir los cargos, cargas, honores,

recompensa, según los merecimientos de cada quien; y de una justicia correctiva

que a su vez se divide en: conmutativa y legal. La denomina correctiva que

regula las regulaciones de cambio la denomina conmutativa, según la

cual nadie debe dar más de lo que tiene, ni recibir menos de lo que da; a la

justicia correctiva que regula las relaciones contractuales; la justicia

correctiva legal, es la que aplica el estado para mantener el equilibrio entre

el delito y la pena; entre la falta y la sanción que se aplica.

· La justicia según Santo Tomás:

· Tomás como seguidor de Aristóteles, piensa

que el fin del estado es el mantenimiento de la paz interior,

mediante la protección de los enemigos exteriores, y, la administración de

justicia en el estado. Este clasifica la justicia en: conmutativa, distributiva

y legal, siguiendo el pensamiento aristotélico. Pero vinculándola a los problemas dogmáticos

de la iglesia.

· La justicia según Ulpiano:

· Ulpiano individualiza la justicia como:

´´ Dar a cada persona lo que le

corresponde, su propio derecho, si es un ladrón la prisión, si es un virtuoso

que se le aplauda por virtudes, en fin lo que por derecho le corresponda. ´´

TEORÍA DE PITÁGORAS SOBRE LA JUSTICIA

· Justicia

general: Es la que va desde los gobernantes hasta los

gobernados, es decir, que es obligatorio para todos los miembros de la

sociedad.

· Justicia

Particular: Es aquella que realiza una equitativa

distribución entre los bienes y servicios de una

colectividad y garantiza paz regulando la conducta, cumpliendo así con el

derecho y las obligaciones.

· Justicia

Distributiva: Es aquella que busca repartir en forma equitativa,

en forma justa, todo aquel conjunto de bienes y servicios que la sociedad

produce.

· La Justicia

Sinalagmática: Se aplica fundamentalmente en relaciones de

cambio y consiste, en un punto medio entre el daño y la ganancia la cual

puede ser conmutativa y judicial.

· La Justicia

Conmutativa: Es aquella que tiende a establecer una

igualdad dentro de las relaciones contractuales, a través de la cual debe

obtener cada quien lo que le corresponda.

· Justicia

Judicial: Se aplica para la reparación de los daños que se

produzcan en las relaciones de los particulares o en general con motivos de las

actividades del hombre que difieren del principio básico y primordial

de la virtud.

https://www.youtube.com/watch?v=-QEp6j1stvE (Einbetten)

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Preparatoria Abierta Introducción al Derecho (Tema II. Los Fines y las Fuentes del Derecho) Notiz am Los fines del Derecho. La Justicia., erstellt von Maria Bravo am 30/07/2016.
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Maria Bravo
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