Notas
Los fines del Derecho. La Justicia.
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Justicia.
Justicia.
Los Romanos lo definieron como el arte de lo
equitativo y de lo bueno, la permanente voluntad de dar a cada uno lo que es
suyo.
En la justicia impera por excelencia el principio
de ´´ alteridad ´´(bilateralidad) que implica proporcionalidad entre lo
que se da a uno y se recibe del otro; siempre deben de existir dos sujetos en
la relación para que se pueda hablar de justicia o injusticia. La justicia es
un sentimiento que está en la conciencia popular y este sentimiento,
da origen a las concepciones no solo de la justicia individual sino también de
la justicia social (´´ es propio de la justicia social el exigir de los individuos
cuanto es necesario para el bien común´´).
Diversas acepciones de la palabra justicia
· Según Mouchet y Zorraguin:
· Como Conocimiento:
Como un cuerpo de conocimientos teóricos dirigidos
a algo, a una acción, a algo práctico. No es un conocimiento vulgar
sino un conocimiento científico.
· Como Virtud:
Es un conocimiento constante de darle a cada quien
lo que le corresponde. Por ser una virtud, siendo la virtud una representación
de la justicia en el comportamiento.
· Como Ideal:
Debido a que el hombre y el derecho mismo
quieren que se haga justicia dentro y entre los hombres que habitan
una sociedad jurídicamente organizada.
· Como Ordenamiento jurídico:
Pues posee los mecanismos idóneos de que goza una
sociedad para garantizar el cumplimiento de ese derecho en una determinada
sociedad.
Diversas Teorías de la Justicia
· La justicia según la Biblia:
· Según la Biblia la justicia es la suprema
virtud, puesto que en ella se resumen todas las demás virtudes. Pues en ella
expresa que Dios es un ser justo, practicante de la justicia y nos enseña cómo
aplicarla.
· La justicia según Platón:
· La justicia para Platón es
la ´´ suprema virtud ´´. El distingue entre el mundo de las ideas
puramente intangibles que es el mundo de la razón pero no de los
sentidos y, el mundo sensible que captamos y vivimos, que es
una reproducción imperfecta de aquél, es como su sombra, de manera que
para lograr un derecho justo precisará traducir con pureza la estructura de
la idea de justicia y cumplir rigurosamente sus exigencias.
· La justicia según Aristóteles:
· La justicia para Aristóteles es una justicia
distributiva, que consiste en distribuir los cargos, cargas, honores,
recompensa, según los merecimientos de cada quien; y de una justicia correctiva
que a su vez se divide en: conmutativa y legal. La denomina correctiva que
regula las regulaciones de cambio la denomina conmutativa, según la
cual nadie debe dar más de lo que tiene, ni recibir menos de lo que da; a la
justicia correctiva que regula las relaciones contractuales; la justicia
correctiva legal, es la que aplica el estado para mantener el equilibrio entre
el delito y la pena; entre la falta y la sanción que se aplica.
· La justicia según Santo Tomás:
· Tomás como seguidor de Aristóteles, piensa
que el fin del estado es el mantenimiento de la paz interior,
mediante la protección de los enemigos exteriores, y, la administración de
justicia en el estado. Este clasifica la justicia en: conmutativa, distributiva
y legal, siguiendo el pensamiento aristotélico. Pero vinculándola a los problemas dogmáticos
de la iglesia.
· La justicia según Ulpiano:
· Ulpiano individualiza la justicia como:
´´ Dar a cada persona lo que le
corresponde, su propio derecho, si es un ladrón la prisión, si es un virtuoso
que se le aplauda por virtudes, en fin lo que por derecho le corresponda. ´´
TEORÍA DE PITÁGORAS SOBRE LA JUSTICIA
· Justicia
general: Es la que va desde los gobernantes hasta los
gobernados, es decir, que es obligatorio para todos los miembros de la
sociedad.
· Justicia
Particular: Es aquella que realiza una equitativa
distribución entre los bienes y servicios de una
colectividad y garantiza paz regulando la conducta, cumpliendo así con el
derecho y las obligaciones.
· Justicia
Distributiva: Es aquella que busca repartir en forma equitativa,
en forma justa, todo aquel conjunto de bienes y servicios que la sociedad
produce.
· La Justicia
Sinalagmática: Se aplica fundamentalmente en relaciones de
cambio y consiste, en un punto medio entre el daño y la ganancia la cual
puede ser conmutativa y judicial.
· La Justicia
Conmutativa: Es aquella que tiende a establecer una
igualdad dentro de las relaciones contractuales, a través de la cual debe
obtener cada quien lo que le corresponda.
· Justicia
Judicial: Se aplica para la reparación de los daños que se
produzcan en las relaciones de los particulares o en general con motivos de las
actividades del hombre que difieren del principio básico y primordial
de la virtud.
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- Preparatoria Abierta Introducción al Derecho (Tema II. Los Fines y las Fuentes del Derecho) Notas sobre Los fines del Derecho. La Justicia., criado por Maria Bravo em 30-07-2016.
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- Maria Bravo
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