Decretos con fuerza de Ley- Introduccion al derecho.

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decretos con fuerza de Ley
Mario Quezada Espinoza
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Mario Quezada Espinoza
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Decretos con fuerza de Ley- Introduccion al derecho.
  1. "Es un acto del presidente de la republica que en virtud de una delegacion o autorizacion del congreso nacional puede regular materias propias de Ley"
    1. Razones excepcionales
      1. "Motivos de suprema necesidad o urgencia"
      2. Razones ordinarias
        1. "Sobrecarga de los organos legislativos"
          1. Mejor preparacion desde un punto de vista de recursos para asumir regulaciones complejas
            1. La deliberacion politica
              1. La exigencia de fluidez en la toma de decisiones importantes, las que en su mayoria deben ser reguladas por Ley
            2. La viabilidad de ejecutar por esta via los programas de gobierno
        2. DFL en la Constitucion Chilena.
          1. Explicacion articulo 64: Es una facultad del presidente de la republica para dictar DFL
            1. Por medio de los DFL se regulan materias propias de dominio Legal
              1. La autorizacion debe ser previa, expresa y no puede exceder un año, ademas la delegacion solo se hace al presidente de la republica, no se hace a ningun otro organo del Estado
                1. Hay ciertas materias en las que jamas podra existir delegacion, "esta autorizacion no podra extenderse a la nacionalidad, ciudadania, las elecciones o plesbicitos, tampoco materias comprendidas en las garantias constitucionales oo que deban ser objeto de leyes de quorum calificado o leyes organicas constitucionales.
            2. La autorizacion no podra comprender facultades que afecten a la organizacion, atribuciones y regimen de los funcionarios del Poder judicial, ni de la contraloria General de la Republica.
              1. "La ley derogatoria no puede dar la autorizacion en forma generica, ella debe contener las materias precisas sobre las cuales recae la delegacion."
            3. Textos refundidos, coordinados y sistematizados
              1. "Es un particular Tipo de DFL que puede dictar el presidente de la republica y persigue sistematizar en un solo texto distintas normas juridicas" Esto se hace por RAZONES DE EFICIENCIA
              2. Las condiciones de ejercicio que requieren un DFL
                1. A) Ley autorizante: El congreso nacional debe dictar una ley para que autorice al presidente a dictar estos decretos
                  1. B) Materias concretas: "Al presidente se le da autorizacion para que regule materias concretas"
                    1. C) Toma de razon: Es un procedimiento de control que hace la contraloria general de la republica, si cumple con los requisitos de le da la toma de razon.
                      1. D) Vigencia y efectos: Se rigen por las mismas normas que la Ley.
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