Flussdiagramm
DIP
Inhalt des Flussdiagramms
Derecho Internacional Privado.
Instrumentos internacionales de los que México forma parte, y que en virtud del artículo 133 constitucional son ley suprema en toda la federación:
Convenciones y Tratados
Convenciones
Acuerdos
Convención Interamericana sobre Personalidad y Capacidad de Personas Jurídicas
Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Sociedades Mercantiles
Tratado de Libre Comercio de América del Norte
Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones Celebrados con Suiza, España y Argentina
Esta convención se aplica a las personas jurídicas o morales, y presenta dos definiciones importantes:
Persona
jurídica
Ley del lugar de constitución
Entidad con existencia y responsabilidad propia, distinta de sus miembros o fundadores, calificada como persona jurídica según la ley del lugar de su constitución.
Es la ley del Estado, parte de la convención donde se cumplen los requisitos de forma y fondo necesarios para crear a las personas jurídicas.
La convención determina como punto de conexión el lugar en donde la persona moral fue constituida. Este principio es una regla de solución de conflictos que le indica al juez mexicano cuál es la ley que debe consultar para saber, si tal o cual ente presentado a su consideración, es una persona moral y, por lo tanto, susceptible de regirse por la convención.
La convención se refiere también a tres cuestiones que son:
Personas jurídicas públicas
Personas jurídicas internacionales
Personas jurídicas privadas
La convención las refiere como “las constituidas en un Estado miembro, y deben ser reconocidas en otros Estados”.
Se les otorgan los mismos derechos que se fijan para las personas jurídicas privadas. A las personas jurídicas de Derecho Público también se les permite adquirir derechos reales en los demás estados parte, sin el perjuicio de que se pueda vulnerar la inmunidad de jurisdicción.
La convención se refiere a un hecho que existe y está regulado por su propia normatividad: las “personas jurídicas internacionales creadas por un acuerdo internacional” entre estados o por una resolución internacional. La convención sólo comprueba la existencia de éstos, pero no aporta nada más al respecto.
Las normas convencionales han pasado a ser parte del derecho interno de los países.
Esta convención trata de las sociedades mercantiles constituidas en cualquiera de los estados miembros.
El artículo primero y segundo de esta convención menciona que: "La existencia, capacidad, funcionamiento y disolución de dichas sociedades se rigen por la ley del lugar de su constitución".
Dicha ley será aquella del estado en donde se cumplan los requisitos de forma y fondo, requeridos para la creación de dichas sociedades.
La convención establece que las sociedades mercantiles debidamente constituidas en un estado serán reconocidas en pleno derecho en los demás.
Sin embargo, este reconocimiento no excluye la facultad del Estado para exigir la comprobación de la existencia de la sociedad conforme a la ley de su constitución. Esta disposición limita igualmente la capacidad de dichas sociedades al reconocimiento que el Estado haga de ellas. Es decir, acepta que el país en donde la sociedad extranjera ejerce su objeto social limite o equipare la capacidad de ésta a los que tiene previsto para sus propias sociedades.
La convención hace mención a dos cuestiones diferentes pero reguladas por la misma ley:
La convención hace mención a dos cuestiones diferentes pero reguladas por la misma ley
La ley del Estado receptor se aplica al control que una sociedad mercantil extranjera ejerza sobre una sociedad constituida en dicho estado
Me es importante mencionar que, las sociedades también quedan sujetas a las competencias de los tribunales del país en donde llevan a cabo las actividades propias de su objeto social.
Su entrada en vigor, en enero de 1994, el TLCAN ha establecido las bases para impulsar el comercio en América del Norte, y con ello, el crecimiento económico de los países involucrados.
El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) fue concertado entre México, Estados Unidos de América y Canadá, tres estados que también son miembros del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT), mismo que fue rector del comercio durante las negociaciones del TLCAN.
Existen dos principios que se establecieron en el TLCAN de acuerdo a las sociedades mercantiles extranjeras y son: el principio de la nación más favorecida y principio del trato nacional.
Principio de la nación más favorecida.
Principio de trato nacional.
Éste implica que las condiciones más favorables de acceso que se hayan concedido a un país, deben otorgarse automáticamente a los demás miembros de un sistema, lo cual permite que todos se beneficien sin necesidad de nuevas negociaciones.
Éste concede a los nacionales de los demás estados parte del mismo trato que otorga a sus nacionales.
Estos principios buscan favorecer por igual a todos los países en el TLCAN, desde la óptica de que el beneficio de uno es el beneficio de todos.
El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) es un acuerdo global que establece las reglas para el comercio internacional y la inversión entre Canadá, Estados Unidos y México. El acuerdo es un documento que incluye ocho secciones, 22 capítulos y 2,000 páginas.
Objetivos del TLCAN:
Son conceder a los firmantes el estatus de nación más favorecida, es decir, que estos países cuentan con las mejores condiciones de comercio entre ellos; eliminar los obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios; promover condiciones de competencia justa; aumentar las oportunidades de inversión; proporcionar protección y cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual; establecer procedimientos para la resolución de disputas comerciales e implantar un marco para una mayor cooperación trilateral, regional y multilateral para ampliar los beneficios del acuerdo comercial.
El TLCAN ha ayudado a reducir o eliminar numerosas barreras al comercio, impulsando la inversión extranjera y dotando a México, Canadá y Estados Unidos de una herramienta para resolver posibles disputas en materia de comercio. Más aún, el libre comercio entre los tres países ha estimulado el crecimiento económico y ha mejorado la competitividad, pero aún quedan muchos desafíos pendientes.
Para México, el TLCAN permite aprovechar la oportunidad de complementar nuestra economía con los procesos productivos de Canadá y Estados Unidos, facilitar el intercambio de bienes, servicios e insumos y promover la captación de inversiones productivas.
Estos acuerdos son instrumentos internacionales que benefician particularmente a las sociedades constituidas en los países con los cuales México ha celebrado un convenio. Los principios que se han tomado en cuenta son:
Otorgamiento de trato justo y equitativo, protección y seguridad plenas.
Otorgamiento de la cláusula de la nación más favorecida.
Libertad de transferencia de divisas y libre convertibilidad de pagos relacionados con la inversión.
Sistema de solución de controversias con base en el arbitraje comercial internacional.
Cada parte otorgará a la otra un trato no menos favorable que el que se le otorgue en circunstancias similares a las inversiones de sus propios inversionistas.
Las diferencias monetarias no deben ser obstáculo para las relaciones internacionales y las transacciones comerciales.
Para facilitar la resolución de conflictos y no hacer lentos los procesos.
Este principio da la oportunidad de aplicar normas, jurisprudencias, usos, costumbres y doctrina internacional.
En la actualidad, el derecho internacional privado cobra cada vez más importancia, ya que se vive una realidad globalizada que tiene gran impacto en la economía.
Dicha globalización tiene repercusiones o beneficios en el comercio, lo que permite a los países miembros de tratados o convenciones internacionales, el intercambio y venta de servicios y productos.
Es de suma importancia conocer las legislaciones y tratados de otros países y de México, y así realizar sociedades mercantiles que beneficien a todos, y al mismo tiempo contar con la protección de la ley.
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- Flussdiagramm am DIP , erstellt von Goretti Nolasco am 15/02/2021.
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- Goretti Nolasco
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