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Flussdiagramm

KATIA LILIANA JANETH FLORES RIZO

Katia Flores Derecho Spanisch

Inhalt des Flussdiagramms

  1. LAS ETAPAS PROCESALES

  2. INVESTIGACION INICIAL

  3. PROCESO

  4. SEGUNDA INSTANCIA

  5. INICIA DE LA SIGUIENTE MANERA

  6. Empieza con la presentación de la denuncia, querella, y concluye con el ejercicio de la acción penal ante los tribunales

  7. PUEDE INICIAR DE LAS SIGUIENTES FORMAS

  8. A) Control previo,

    B ) Investigación formalizada

    C ) Intermedia o de preparación del juicio oral

    D ) Juicio oral

  9. INICIA DE LA SIGUIENTE MANERA

  10. En esta se efectúan las diligencias y actos tendientes a

    resolver los medios de impugnación.

  11. LAS DIVERSAS HIPOTESIS QUE PUEDEN PRESENTAR

  12. ¿HAY O NO DETENIDOS?

  13. ACUERDOS REPARATORIOS

  14. ¿SE DECIDE INVESTIGAR O NO ?

  15. Sobre la detencion

  16. ACUERDOS REPARATORIOS

  17. Inmediatamente después de haberle informado sus derechos al imputado y de

    contar éste con un defensor, cuando proceda, el juez recibirá el informe del Ministerio Público acerca de la detención y, previa audiencia del defensor, procederá a calificar

    la detención,

  18. Plazo para el cierre de la investigación formalizada

  19. El proyecto de CFPP establece que la detención de una persona puede darse por

    flagrancia o caso urgente.

  20. Si el juez califica como legal la detención, le concederá el uso de la palabra al

    Ministerio Público y si éste solicita la formulación de la imputación y aplicación de una medida cautelar

  21. Orden de aprehensión

  22. • La expedirá el juez de control a solicitud del Ministerio Público.

    • Que exista denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito

    sancionado con pena privativa de la libertad.

    • Que de los antecedentes de la investigación se desprendan datos de prueba.

    • Datos de prueba que permitan establecer que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito.

    • Datos de prueba que determinen que el imputado lo cometió o participó en su

    comisión.

  23. Se pueden presentar desde la etapa de investigacion complementaria y por el ministerio en la etapa de investigacion inicial

    Art 190 CNPP

  24. Cuando el ministerio publico tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito, dirigira la investigacion penal, sin que pueda suspender, interrumpir o hacer cesar su curso

  25. La investigacion debera realizarse de manera inmediata, eficiente, exhaustiva,profesional e imparcial, libre de estereotipos y discriminacion, orientada a explorar todas las lineas de investigacion

    Art 212 CNPP

  26. El juez, a solicitud de parte, al resolver sobre la vinculación del imputado a proceso fijará un plazo para la investigación formalizada y el cierre de la misma, tomando en cuenta la naturaleza de los hechos atribuidos y su complejidad.

  27. Fase de investigación formalizada

  28. En este etapa, una vez que haya concluido la investigación formalizada para formular acusación dentro del plazo fijado por el juez, el Ministerio Público puede solicitar el sobreseimiento parcial o total, la suspensión del proceso, los acuerdos reparatorios, o formular acusación.

  29. Tienen mas el objetivo de reexaminar la sentencia de primera instancia, teniendo que confirmar, modificar o revocar la sentencia primigenia.

  30. Estos disponen de recursos de revocación, apelación y revisión para impugnar

    las diversas resoluciones judiciales,

  31. En la etapa intermedia es donde dan los acuerdos reparatorios

    En caso de señalar que el cumplimiento debe ser diferido y no señalar plazo especifico

    se entendera que el plazo sera por un año

  32. El plazo para el cumplimiento de las obligaciones suspendera el tramite del proceso y la preescripcion de la accion legal

  33. PROCEDEN CUANDO:

    I.- Delitos que se persiguen por querella/ o que admitan el perdon del ofendido

    II.- Delitos culposos

    III.- Delitos patriminoales

    Art 187 CNPP

  34. Entendimos que el procedimiento es la forma de proceder desde la investigación o averiguación del delito hasta la ejecución de la sentencia.

    la investigación formalizada tiene por objeto precisamente robustecer el contenido probatorio a fin de que el Ministerio Público esté en aptitud de sustentar su acusación o que la defensa desvirtúe la misma ante el juez de la causa durante el juicio.

    Lo importante es que el ejercicio de esa acción penal da lugar a la actividad jurisdiccional, de tal suerte que el juez tiene que ordenar, según sea el caso, la actividad procedimental a que haya lugar

  35. Técnicas de investigación que no requieren autorización judicial

  36. • Inspección del lugar del hecho o del hallazgo.

    • Inspección del lugar distinto al de los hechos o del hallazgo.

    • Revisión de personas.

    • Revisión corporal.

    • Inspección de vehículos

    .

    • Levantamiento e identificación de cadáver.

    • Aportación de comunicaciones entre particulares.

    • Reconocimiento de personas.

    • Entrega vigilada.

    • Operaciones encubiertas.

    • Entrevista a testigos.

    • Las demás en las que expresamente no se fije control judicial.

  37. Causales que impiden el ejercicio de la acción penal

  38. I. La persecución penal dependa expresamente del juzgamiento de una cuestión inherente al hecho delictivo que, según la ley, deba ser resuelta en un proceso independiente.

    II. La persecución penal derive de un procedimiento especial previo de declaración de procedencia o destitución, previsto constitucionalmente.

    III. Sea necesario requerir la conformidad de un gobierno extranjero para la persecución penal del imputado.

  39. Archivo temporal

    El Ministerio Público podrá archivar temporalmente aquellas investigaciones en las que no se encuentren antecedentes suficientes que permitan desarrollar actividades conducentes al esclarecimiento de los hechos, en tanto se obtengan datos que permitan continuarla a fin de ejercitar la acción penal.

  40. El proceso penal está conformado por las siguientes fases:

  41. • Control previo

    • Investigación formalizada.

    • Intermedia o de preparación del juicio oral.

    • Juicio oral.

  42. Medidas cautelares

  43. Las medidas cautelares solamente pueden ser impuestas por la autoridad judicial.

    garantizar la seguridad de la víctima u ofendido, evitar la obstaculización del procedimiento o asegurar el pago de la reparación del daño. Pueden ser de dos tipos: personales y reales.

  44. Medidas cautelares personales:

    destacan la prisión preventiva, la colocación de localizadores electrónicos, vigilancia policial, presentación periódica ante juez o

    autoridad que éste designe, entre otras.

  45. Medidas cautelares reales:

    embargo precautorio.

  46. Audiencia de juicio oral

    • Inicia con el acto de apertura.

    • Enseguida se resuelven las cuestiones preliminares.

    • Posteriormente las partes formulan sus alegatos de apertura.

    • Se reciben o desahogan las pruebas.

    • Concluido el desahogo de las pruebas, se recibe la declaración del acusado, si éste tiene voluntad de declarar en relación con los hechos.

    • Las partes formulan sus alegatos finales.

    • El juez delibera acerca de la culpabilidad o inocencia del acusado.

    • Emite el fallo de condena o absolución correspondiente.

    • Finalmente se explica la sentencia y se engrosa la versión escrita al registro

    correspondiente.

  47. Sentencia absolutoria

  48. Sentencia condenatoria

  49. el juez dispondrá en forma inmediata

    el levantamiento de las medidas cautelares que se hubieren decretado en contra del acusado, y ordenará se tome nota de este levantamiento en todo índice o registro público y policial

  50. En caso de fallo condenatorio, en la misma audiencia se señalará la fecha en que se celebrará la de individualización de las sanciones y reparación del daño, dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días.

  51. Dato de prueba

  52. Se considera dato de prueba la referencia al contenido de un determinado medio de

    prueba aún no desahogado ante el juez de juicio oral, que se advierta idóneo, pertinente

    y suficiente para establecer que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito

    y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión.

  53. FORMAS ANTICIPADAS DE TERMINACIÓN DEL PROCESO

  54. Acuerdos reparatorios

  55. Procedimiento simplificado

  56. Suspensión condicional del proceso

  57. Procedimiento abreviado

  58. Pactos celebrados en igualdad de condiciones entre la víctima

    u ofendido y el imputado,

  59. Que admita el hecho que le

    atribuye el Ministerio Público en su escrito de acusación,

  60. Esta figura implica una serie de condicionamientos para suspender el proceso

    durante un lapso

  61. Este procedimiento puede aplicarse cuando el imputado admita el hecho que le

    atribuye el Ministerio Público en su escrito de acusación, que consienta la aplicación de

    este procedimiento.

  62. Medios de prueba

    Elementos de prueba 4

  63. -Legal

    -Objetiva

    -Pertinente

    -Relevante

  64. La acusacion

  65. Acusación o imputación es el cargo que se formula ante la autoridad competente contra persona o personas determinadas, por considerarlas responsables de un delito o falta, con el objeto de que se le aplique la sanción prevista

  66. Fase de juicio oral

  67. El juicio es la fase de desahogo de pruebas y decisión de las cuestiones esenciales del

    proceso, se realizará sobre la base de la acusación y asegurará la oralidad y la concreción

    de los principios de inmediación, imparcialidad, publicidad, contradicción, igualdad,

    concentración y continuidad.

  68. Audiencia de juicio oral

  69. • Inicia con el acto de apertura.

    • Enseguida se resuelven las cuestiones preliminares.

    • Posteriormente las partes formulan sus alegatos de apertura.

    • Se reciben o desahogan las pruebas.

    • Concluido el desahogo de las pruebas, se recibe la declaración del acusado, si éste tiene voluntad de declarar en relación con los hechos.

    • Las partes formulan sus alegatos finales.

    • El juez delibera acerca de la culpabilidad o inocencia del acusado.

    • Emite el fallo de condena o absolución correspondiente.

    • Finalmente se explica la sentencia y se engrosa la versión escrita al registro

    correspondiente.

  70. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

  71. Se incluyeron diversos procedimientos especiales que pretenden

    regular circunstancias que requieren para su tramitación un tratamiento distinto al

    procedimiento ordinario.

  72. 1) Para personas inimputables.

    2) Para la determinación de la responsabilidad de las personas jurídicas.

    3) Para asistencia jurídica internacional.

    4) Para la acción penal por particulares.

  73. Posibles pruebas

  74. -Prueba pericial

    -Prueba Documental

    -Prueba testimonial

  75. Recursos

  76. El derecho de recurrir correspondera tan solo a quien le sea expresamente otorgado y pueda resultar afectado por la resolucion

  77. EJEMPLO:

    Apelacion

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Beschreibung
Etapas procesales Diagrama de flujo de las etapas procesales
Erstellt von
Katia Flores
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