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SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS NIIF PARA LAS PYMES—2015
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SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS NIIF PARA LAS PYMES—2015
1. ALCANCE
- a. contabilización de todos los arrendamientos, distintos a:
- i. uso de minerales o similares
- ii. los acuerdos sobre derechos de autor
- iii. contabilización y medición de las propiedades de inversión suministradas por arrendadores bajo arrendamientos operativos
- iv. medición de activos biológicos bajo arrendamientos financieros y activos biológicos bajo arrendamientos operativos
- v. arrendamientos que pueden dar lugar a una pérdida para el arrendador o el arrendatario como consecuencia de cláusulas contractuales que no estén relacionadas con cambios en el precio
- vi. arrendamientos operativos onerosos
- a. contabilización de todos los arrendamientos, distintos a:
2. CLASIFICACION
- a. financiero cuando transfiera sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad
- i. situaciones llevan a clasificar como financiero:
- 1. transfiere la propiedad del activo al arrendatario a la finalización de su plazo
- 2. opción de comprar el activo a un precio que se espera sea lo suficientemente inferior al valor razonable
- 3. plazo es mayor parte de la vida económica del activo
- 4. el valor presente de los pagos mínimos es sustancialmente igual a la totalidad del valor razonable
- 5. naturaleza tan especializada
- i. situaciones llevan a clasificar como financiero:
- b. operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad
- a. financiero cuando transfiera sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad
3. ESTADOS FINANCIEROS DE LOS ARRENDATARIOS – ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
- a. Reconocimiento inicial
- i. reconocerá sus derechos de uso y obligaciones bajo el arrendamiento financiero como activos y pasivos por el importe igual al valor razonable, o al valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento.
- 1. El valor presente de los pagos se calcula utilizando la tasa de interés implícita en el arrendamiento.
- i. reconocerá sus derechos de uso y obligaciones bajo el arrendamiento financiero como activos y pasivos por el importe igual al valor razonable, o al valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento.
- b. Medición posterior
- i. repartirá los pagos mínimos entre las cargas financieras y la reducción de la deuda pendiente utilizando el método del interés efectivo
- ii. depreciará un activo arrendado bajo un arrendamiento financiero de acuerdo con la sección correspondiente para ese tipo de activo, 17, 18 o 19.
- c. Información a revelar
- i. Para cada clase de activos, el importe neto en libros al final del periodo
- ii. total de pagos mínimos futuros del arrendamiento al final del periodo
- iii. descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativo
- a. Reconocimiento inicial
4. ESTADOS FINANCIEROS DE LOS ARRENDATARIOS – ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS
- a. Reconocimiento y medición
- i. reconocerá los pagos bajo arrendamientos operativos como un gasto a lo largo de la duración del arrendamiento de forma lineal a menos que:
- 1. otra base sistemática sea más representativa del patrón de tiempo de los beneficios del usuario
- 2. los pagos al arrendador se estructuran en de forma que se incrementen en línea con la inflación general esperada
- i. reconocerá los pagos bajo arrendamientos operativos como un gasto a lo largo de la duración del arrendamiento de forma lineal a menos que:
- b. Información a revelar
- i. total de pagos futuros mínimos del arrendamiento, bajo contratos de arrendamiento operativo no cancelables
- ii. pagos por arrendamiento reconocidos como un gasto
- iii. descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos
- a. Reconocimiento y medición
5. ESTADOS FINANCIEROS DE LOS ARRENDADORES—ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
- a. Reconocimiento inicial y medición
- i. reconocerá los activos que mantengan en arrendamiento financiero y los presentarán como una partida por cobrar, por un importe igual al de la inversión neta.
- 1. La inversión neta en el arrendamiento es la inversión bruta en el arrendamiento del arrendador descontada a la tasa de interés implícita en el arrendamiento
- a. La inversión bruta es la suma de: pagos mínimos a recibir por el arrendador bajo un arrendamiento financiero; y cualquier valor residual no garantizado que corresponda al arrendador
- 1. La inversión neta en el arrendamiento es la inversión bruta en el arrendamiento del arrendador descontada a la tasa de interés implícita en el arrendamiento
- i. reconocerá los activos que mantengan en arrendamiento financiero y los presentarán como una partida por cobrar, por un importe igual al de la inversión neta.
- b. Medición posterior
- i. reconocimiento de los ingresos financieros se basará en un patrón que refleje una tasa de rendimiento periódica constante sobre la inversión financiera neta del arrendador
- c. Fabricantes o distribuidores que son también arrendadores
- 1. Un arrendamiento financiero dará lugar a dos tipos de resultados:
- ii. la ganancia o pérdida equivalente al resultado de la venta directa del activo arrendado, a precios normales de venta, reflejando cualesquiera descuentos aplicables por volumen o comerciales
- iii. la ganancia financiera a lo largo del plazo del arrendamiento
- 1. Un arrendamiento financiero dará lugar a dos tipos de resultados:
- d. Información a revelar
- i. conciliación entre la inversión bruta en el arrendamiento al final del periodo y el valor presente de los pagos mínimos por cobrar en esa misma fecha
- ii. ingresos financieros no ganados
- iii. importe de los valores residuales no garantizados acumulables a favor del arrendador
- iv. estimación de incobrables relativa a los pagos mínimos por el arrendamiento pendientes de cobro.
- v. cuotas contingentes reconocidas como ingresos en el periodo
- vi. descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos
- a. Reconocimiento inicial y medición
6. ESTADOS FINANCIEROS DE LOS ARRENDADORES—ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS
- a. Reconocimiento y medición
- i. presentará de acuerdo con la naturaleza del activo.
- ii. reconocerá los ingresos por arrendamientos operativos en los resultados sobre una base lineal a lo largo del plazo a menos que:
- 1. otra base sistemática sea representativa del patrón de tiempo de beneficios del arrendatario procedentes del activo arrendado
- 2. los pagos al arrendador se estructuran en de forma que se incrementen en línea con la inflación general esperada para compensar los incrementos del costo por inflación esperados del arrendador
- iii. reconocerá como un gasto los costos, incluyendo la depreciación, incurridos en la obtención de ingresos por arrendamiento
- iv. añadirá al importe en libros del activo costos directos iniciales incurridos en la negociación y contratación de un arrendamiento operativo y reconocerá estos costos como un gasto a lo largo del plazo de arrendamiento
- v. Para determinar deterioro de valor, el arrendador aplicará la Sección 27.
- vi. Un fabricante o distribuidor que sea también arrendador, no reconocerá ningún resultado por la venta en el momento de realizar un arrendamiento operativo
- b. Información a revelar
- i. Los pagos futuros mínimos del arrendamiento en arrendamientos operativos no cancelables
- ii. cuotas contingentes totales reconocidas como ingreso
- iii. descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativo
- a. Reconocimiento y medición
7. TRANSACCIONES DE VENTA CON ARRENDAMIENTO POSTERIOR
- a. transacción que involucra la venta de un activo y su posterior arrendamiento al vendedor
- i. Venta con arrendamiento posterior que da lugar a un arrendamiento financiero
- 1. el arrendatario vendedor no reconocerá inmediatamente como ingreso cualquier exceso del producto de la venta sobre el importe en libros
- ii. Venta con arrendamiento posterior que da lugar a un arrendamiento operativo
- 1. El arrendatario vendedor reconocerá cualquier resultado inmediatamente
- iii. Información a revelar
- 1. Los requerimientos de información a revelar para arrendatarios y arrendadores se aplicarán igualmente a las ventas con arrendamiento posterior.
- i. Venta con arrendamiento posterior que da lugar a un arrendamiento financiero
- a. transacción que involucra la venta de un activo y su posterior arrendamiento al vendedor
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- Beschreibung
- ENRIQUE VELÁSQUEZ ÁLVAREZ
- Erstellt von
- Enrique Velásquez Alvarez
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