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SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA
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SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA
Ley 100 de 1993.
- Su objetivo es garantizar los derechos de la comunidad para obtener una calidad de vida acorde con la dignidad humana
- PRINCIPIOS
- Eficiencia
- Universalidad
- Solidaridad
- Integralidad
- Unidad
- Participación
- PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD
- Durante el embarazo y después del parto la mujer goza de especial protección y asistencia del Estado
- TIEMPO PARA AMAMANTAR
- Dos descansos de treinta minutos cada uno, durante los primeros 6 meses
- PROHIBICIONES Y PERMISOS PARA DESPEDIR
- Ninguna trabajadora podrá ser despedida por motivo de embarazo o lactancia, sin la autorización previa del ministerio de trabajo que avale una justa causa
- Para poder despedir a una trabajadora en embarazo , el empleador necesita la autorización del Inspector del Trabajo, o del Alcalde Municipal en los lugares en donde no existiere aquel funcionario
- Ninguna trabajadora podrá ser despedida por motivo de embarazo o lactancia, sin la autorización previa del ministerio de trabajo que avale una justa causa
- TRABAJO PROHIBIDO PARA LAS MUJERES
- No pueden desempeñar trabajos industriales nocturnos.
- Trabajos subterráneos en las minas
- Efectuar tareas peligrosas, insalubres o que requieran grandes esfuerzos
- Trabajos subterráneos en las minas
- No pueden desempeñar trabajos industriales nocturnos.
- TIEMPO PARA AMAMANTAR
- Durante el embarazo y después del parto la mujer goza de especial protección y asistencia del Estado
- PRINCIPIOS
- Su objetivo es garantizar los derechos de la comunidad para obtener una calidad de vida acorde con la dignidad humana
SISTEMA GENERAL DE PENSIONES (SGP)
- Garantiza a la población amparo contra contingencias derivadas de: vejez, invalidez y muerte
- REGIMEN SOLIDARIO DE PRIMA MEDIA (RPM)
- Administrado por COLPENSIONES
- Los aportes van a un fondo común, luego se distribuye entre los afiliados
- El afiliado no puede participar ni tomar decisiones sobre sus aportes
- Si el afiliado cotiza más semanas del tope previsto, estas no le serán tenidas en cuenta
- La pensión se obtiene al cumplir con la edad y semanas establecidas por el gobierno
- Solo existe una modalidad: Renta Vitalicia.
- No se heredan saldos por ser un fondo común
- ¿CÓMO SE LIQUIDA?
- 1. Determinar el IBL,se promedia de los últimos 10 años cotizados
- 2. aplicar la formula: R = 65.5 - 0.50 S
- R =Tasa de reemplazo S=Número de salarios mínimos vigentes.
- REQUISITOS PARA PENSIONARSE
- Mujer tener 57 años Hombre tener 62 años
- Cotizar un mínimo de 1.300 semanas.
- Mujer tener 57 años Hombre tener 62 años
- REQUISITOS PARA PENSIONARSE
- R =Tasa de reemplazo S=Número de salarios mínimos vigentes.
- 2. aplicar la formula: R = 65.5 - 0.50 S
- 1. Determinar el IBL,se promedia de los últimos 10 años cotizados
- La pensión no puede ser inferior a 1 SMLMV ni superior a 25 SMLMV.
- REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL SOLIDARIO (RAIS)
- administrado por las administradoras de fondos de pensiones (AFP) ej: colfondos
- El afiliado puede administrar y tomar desiciones sobre sus aportes
- Se pueden hacer aportes adicionales para aumentar la mesada pensional
- Los saldos de la cuenta son heredables hasta en 5 grado de consanguinidad
- La pensión se calcula en base al ahorro individual que haya acumulado el afiliado más los rendimiento
- Si el afiliado logra pensionarse con el máximo establecido por la ley, y le sobra capital, la AFP le devolverá el sobrante
- ¿CÓMO SE LIQUIDA?
- En base al ahorro individual que haya acumulado el afiliado más los rendimientos que dichos ahorros hayan generado
- REQUISITOS PARA PENSIONARSE
- No hay un mínimo de semanas requeridas ni condición de edad para obtener la pensión
- Lo importante es que el capital de la CAI financie una pensión, por lo menos, del 110% del SMLV .
- No hay límite en el monto máximo, porque este dependerá del ahorro y de los rendimientos obtenidos
- Lo importante es que el capital de la CAI financie una pensión, por lo menos, del 110% del SMLV .
- No hay un mínimo de semanas requeridas ni condición de edad para obtener la pensión
- REQUISITOS PARA PENSIONARSE
- En base al ahorro individual que haya acumulado el afiliado más los rendimientos que dichos ahorros hayan generado
- RÉGIMEN TRANSITORIO PENSIONAL
- permite a las personas pensionarse en el futuro con las reglas y requisitos del pasado,
- aplica únicamente a quienes estén afiliados al régimen de prima media
- SE PIERDE EN LOS SIGUIENTES CASOS
- haberse trasladado a un fondo privado de transición
- no haber cumplido requisitos de tiempo y edad en las fechas indicadas
- SE PIERDE EN LOS SIGUIENTES CASOS
- aplica únicamente a quienes estén afiliados al régimen de prima media
- permite a las personas pensionarse en el futuro con las reglas y requisitos del pasado,
- REGIMEN SOLIDARIO DE PRIMA MEDIA (RPM)
- PENSIONES ESPECIALES
- PENSIÓN SANCIÓN
- El empleador debe asumir la pensión del trabajador que no haya sido afiliado al sistema de pensiones y que se despida sin justa causa
- Se liquida con base en el promedio devengado en los últimos diez años de servicios.
- REQUISITOS
- 55 años de edad para hombre 50 años de edad para mujer
- El trabajador debe haber laborado con el empleador 10 años o más, y menos de 15 años.
- 55 años de edad para hombre 50 años de edad para mujer
- PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES
- pensión a la que tienen derecho los familiares que le sobreviven al pensionado o cotizante fallecido.
- BENEFICIARIOS
- Cónyuge o compañero(a) permanente
- hijos menores de 18 años
- hijos entre 18 y 25 años que estudien y sean dependientes económicamente del fallecido
- hijos de cualquier edad inválidos o discapacitados dependientes económicamente del fallecido
- padres del fallecido a falta de los anteriores beneficiarios, que dependieran económicamente de este
- hermanos inválidos a falta de todos los anteriores beneficiarios, que dependieran económicamente del fallecido.
- padres del fallecido a falta de los anteriores beneficiarios, que dependieran económicamente de este
- hijos de cualquier edad inválidos o discapacitados dependientes económicamente del fallecido
- hijos entre 18 y 25 años que estudien y sean dependientes económicamente del fallecido
- hijos menores de 18 años
- Cónyuge o compañero(a) permanente
- PENSIÓN DE INVALIDEZ
- no podrá ser superior al 75% del IBL ni inferior al salario mínimo legal mensual vigente.
- Se da cuando por causa de una enfermedad o accidente no profesional, se pierde el 50% o más de la capacidad laboral.
- PENSIÓN SANCIÓN
- Garantiza a la población amparo contra contingencias derivadas de: vejez, invalidez y muerte
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
- Es el medio por el cual el estado garantiza la prestación de servicios de salud a los colombianos.
- REGIMEN SUBSIDIADO
- Acoge a aquellas personas que no pueden pagar su afiliación a la salud.
- REGIMEN CONTRIBUTIVO
- Es el sistema que recoge a los trabajadores que aportan una porción de su salario para tener cobertura en salud para ellos y sus familias
- PARTICIPANTES VINCULADOS
- personas que no tienen la capacidad de pago para afiliarse al RCy mientras logra afiliarse al RS, tiene derecho a los servicios de atención en Salud en (IPS) Públicas y Privadas contratadas por la Secretaría Distrital de Salud
- DEBERES DEL EMPLEADOR
- Procurar el cuidado integral de los trabajadores
- Informar a la ARP las novedades del personal.
- Informar a los trabajadores y a las EPS donde estén afiliados sus trabajadores, la ARP escogida.
- Trasladar el monto de las cotizaciones a la Administradora de Riesgos Profesionales -ARP- correspondiente dentro de los plazos indicados
- Informar a los trabajadores y a las EPS donde estén afiliados sus trabajadores, la ARP escogida.
- Informar a la ARP las novedades del personal.
- Procurar el cuidado integral de los trabajadores
- DEBERES DE LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS
- Procurar el cuidado integral de su salud
- afiliarse con su familia al SGSSS
- Realizar el pago correspondiente
- suministrar información veraz sobre su estado de salud y de los ingresos
- cuidar los recursos e instalaciones
- tratar con dignidad al personal humano
- cumplir las normas e instrucciones de las entidades que le prestan el servicio de salud
- tratar con dignidad al personal humano
- cuidar los recursos e instalaciones
- suministrar información veraz sobre su estado de salud y de los ingresos
- Realizar el pago correspondiente
- afiliarse con su familia al SGSSS
- Procurar el cuidado integral de su salud
- REGIMEN SUBSIDIADO
- GRUPO FAMILIAR QUE SE PUEDE AFILIAR A SALUD
- Todo cotizante del SGSSS tiene derecho a afiliar como beneficiarios, sin ningún costo, a los integrantes de su núcleo familia
- Cónyuge o compañero/compañera permanente.
- Hijos, padres o parientes hasta tercer grado de consanguinidad.
- Hijo adoptivo
- Hijos mayores de 25 años con incapacidad permanente.
- Menores en custodia legal.
- Padres del cotizante que no estén pensionados y dependan económicamente de éste, cuando no exista cónyuge o compañero(a) permanente.
- Todo cotizante del SGSSS tiene derecho a afiliar como beneficiarios, sin ningún costo, a los integrantes de su núcleo familia
- Es el medio por el cual el estado garantiza la prestación de servicios de salud a los colombianos.
RIESGOS PROFESIONALES Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
- ACCIDENTE DE TRABAJO
- Suceso repentino que sobrevenga por causa del trabajo, aún fuera del lugar y horas laborales, y produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
- ENFERMEDAD PROFESIONAL
- Estado patológico que sobrevenga como consecuencia de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos
- ARL
- Entidades encargadas de prevenir, proteger y atender a los trabajadores contra todo riesgos Laboral que se presente como consecuencia del trabajo
- PRESTACIONES MEDICAS
- Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
- Servicios de hospitalización, y odontológico
- Suministro de medicamentos.
- Prótesis y órtesis, su reparación y reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación
- Rehabilitación física y profesional.
- Prótesis y órtesis, su reparación y reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación
- Suministro de medicamentos.
- Servicios de hospitalización, y odontológico
- Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
- PRESTACIONES ECONÓMICAS
- Subsidio por incapacidad temporal
- Indemnización por incapacidad permanente o parcial.
- Pensión de invalidez.
- Pensión de sobrevivientes.
- Auxilio funerario.
- Pensión de sobrevivientes.
- Pensión de invalidez.
- Indemnización por incapacidad permanente o parcial.
- Subsidio por incapacidad temporal
- PRESTACIONES MEDICAS
- Entidades encargadas de prevenir, proteger y atender a los trabajadores contra todo riesgos Laboral que se presente como consecuencia del trabajo
- ACCIDENTE DE TRABAJO
PARAFISCALES
- SENA
- El aporte que realiza la empresa del 2% por cada trabajador
- Brinda educación técnica y tecnológica gratuita a los colombianos, con el fin de formarlos en diversas áreas
- ICBF
- Brinda diferentes programas de atención integral para niños y adolescentes
- Aporte por cada empleado: 3%
- CAJA DE COMPENSACIÓN
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, creadas con el fin de mejorar la calidad de vida de los trabajadores y sus familias.
- El aporte por cada empleado debe ser del 4%, independientemente del tipo de contrato de trabajo.
- Contribución obligatoria que algunas empresas y empleador deben realizar a
- SENA
Informationen
- Beschreibung
- Mapa mental en el que se abarca lo relacionado con la seguridad social integral en Colombia
- Erstellt von
- Sharon Rojas
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