Mindmap
Mapa#6 Contrato de Compraventa

Inhalt der Mindmap
Mapa#6 Contrato de Compraventa
¿Qué es?
- ''Por la compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero'' (Schreiber Pezet, 1984)
- ''El contrato de compraventa se configura en nuestro Derecho como un contrato consensual, bilateral, oneroso, generalmente conmutativo y traslativo del dominio'' Gutiérrez, J. L. J. (2009)
- Uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o en signo que lo represente
- ''El contrato de compraventa se configura en nuestro Derecho como un contrato consensual, bilateral, oneroso, generalmente conmutativo y traslativo del dominio'' Gutiérrez, J. L. J. (2009)
- Diferencia con:
- Permuta
- Precio
- Arriendamiento
- Propiedad y posesión
- Permuta
- ''Por la compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero'' (Schreiber Pezet, 1984)
Civil
- Se puede efectuar sobre bienes muebles inmuebles
- ARTICULO 1849. ''La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio.'' (CÓDIGO CIVIL, 2008)
- ARTICULO 1850. <VENTA Y PERMUTA>. Cuando el precio consiste parte en dinero y parte en otra cosa, se entenderá permuta si la cosa vale más que el dinero; y venta en el caso contrario.
- El precio de la venta debe ser determinado por los contratantes.
- Modalidades
- La venta puede ser pura y simple, o bajo condición suspensiva o resolutoria.
- Condición suspensiva
- ''Se suspende la adquisición de un derecho, es decir, se suspende el nacimiento de un derecho hasta cuando la condición se de por cumplida''(Forero Prieto & Delvalle Chacón, 2003)
- Condición resolutoria
- ''El derecho nace puro y simple. Está condicionado en su permanencia a la ocurrencia de la condición, evento en el cual el derecho se extingue.''
- Condición suspensiva
- Puede hacerse a plazo para la entrega de las cosas o del precio. Puede tener por objeto dos o más cosas alternativas.
- La venta puede ser pura y simple, o bajo condición suspensiva o resolutoria.
- ARTICULO 1850. <VENTA Y PERMUTA>. Cuando el precio consiste parte en dinero y parte en otra cosa, se entenderá permuta si la cosa vale más que el dinero; y venta en el caso contrario.
- ARTICULO 1849. ''La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio.'' (CÓDIGO CIVIL, 2008)
- Se puede efectuar sobre bienes muebles inmuebles
Comercial
- Solo sobre muebles. Existe finalidad de lucro
- ARTÍCULO 905. DEFINICIÓN DE COMPRAVENTA
- ''La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a trasmitir la propiedad de una cosa y la otra a pagarla en dinero. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio. Cuando el precio consista parte en dinero y parte en otra cosa, se entenderá permuta si la cosa vale más que el dinero, y venta en el caso contrario.''(Código de comercio, 2015)
- Si las partes no fijan plazo para probar o gustar la cosa, el comprador deberá hacerlo en el término de tres días, contados a partir del momento en que se ponga a su disposición por el vendedor la cosa objeto del contrato, y si no lo hace, el vendedor podrá disponer de ella.
- ''La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a trasmitir la propiedad de una cosa y la otra a pagarla en dinero. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio. Cuando el precio consista parte en dinero y parte en otra cosa, se entenderá permuta si la cosa vale más que el dinero, y venta en el caso contrario.''(Código de comercio, 2015)
- ARTÍCULO 911
- ''En la compraventa de un cuerpo cierto o de un género que tenga "a la vista", no se entenderá que el comprador se reserva la facultad de gustar o probar la cosa, a menos que sea de aquellas que acostumbra adquirir en tal forma, o que el comprador se reserve dichas facultades. En estos casos el contrato solo se perfeccionará cuando el comprador dé su consentimiento, una vez gustada la cosa o verificada prueba.''(Código de comercio, 2015)
- La venta se hace "sobre muestras" o sobre determinada calidad conocida en el comercio o determinada en el contrato, estará sujeta a condición resolutoria si la cosa no se conforma a dicha muestra o calidad.
- ''En la compraventa de un cuerpo cierto o de un género que tenga "a la vista", no se entenderá que el comprador se reserva la facultad de gustar o probar la cosa, a menos que sea de aquellas que acostumbra adquirir en tal forma, o que el comprador se reserve dichas facultades. En estos casos el contrato solo se perfeccionará cuando el comprador dé su consentimiento, una vez gustada la cosa o verificada prueba.''(Código de comercio, 2015)
- Artículo 942
- En caso de resolución de una compraventa por incumplimiento del vendedor, el comprador tendrá derecho a que se le pague el interés legal comercial sobre la parte pagada del precio o a retener los frutos de la cosa en proporción a dicha parte, sin menoscabo de la correspondiente indemnización de perjuicios.
- ARTÍCULO 905. DEFINICIÓN DE COMPRAVENTA
- Solo sobre muebles. Existe finalidad de lucro
Partes del contrato
- No podrán comprar directamente
- Los cónyuges no divorciados, ni el padre y el hijo de familia, entre sí.
- Los representantes y mandatarios, respecto de los bienes cuya venta les haya sido encomendada, salvo que el representado, o el mandante, haya autorizado el contrato
- Los empleados públicos, respecto de los bienes que se vendan por su ministerio
- Los funcionarios que ejerzan jurisdicción y los abogados, respecto de los bienes en cuyo litigio hayan intervenido y que se vendan a consecuencia del litigio.
- Los empleados públicos, respecto de los bienes que se vendan por su ministerio
- Los representantes y mandatarios, respecto de los bienes cuya venta les haya sido encomendada, salvo que el representado, o el mandante, haya autorizado el contrato
- Aquellos que por la ley o por acto de autoridad pública administran bienes ajenos, como los guardadores, síndicos, secuestres, etc., respecto de los bienes que administran
- Los albaceas o ejecutores testamentarios, respecto de los bienes que sean objeto de su encargo
- Los administradores de los bienes de cualquier entidad o establecimiento público, respecto de los que les hayan sido confiados a su cuidado
- Los albaceas o ejecutores testamentarios, respecto de los bienes que sean objeto de su encargo
- Los cónyuges no divorciados, ni el padre y el hijo de familia, entre sí.
- Precio
- No habrá compraventa si los contratantes no convienen en el precio o en la manera de determinarlo. Pero si el comprador recibe la cosa, se presumirá que las partes aceptan el precio medio que tenga en el día y lugar de la entrega. (Código de comercio, 2015)
- ''La determinación inicial del precio, normalmente, corresponde al vendedor, cabiendo que la misma sea inamovible o, por el contrario, susceptible de debate, de regateo ulterior, hasta la fijación del precio definitivo plasmado en el contrato, cabiendo, también y al respecto, la fijación del precio por subasta, ya sea ésta al alza, ya a la baja'' Rogel, V. C. (2013).
- No habrá compraventa si los contratantes no convienen en el precio o en la manera de determinarlo. Pero si el comprador recibe la cosa, se presumirá que las partes aceptan el precio medio que tenga en el día y lugar de la entrega. (Código de comercio, 2015)
- Comprador
- El comprador tiene la facultad de exigir del vendedor la entrega de la cosa
- En caso de resolución de una compraventa por incumplimiento del vendedor, el comprador tendrá derecho a que se le pague el interés legal comercial sobre la parte pagada del precio o a retener los frutos de la cosa en proporción a dicha parte, sin menoscabo de la correspondiente indemnización de perjuicios.
- ''La compraventa es el principal vehículo de tal circulación y de la satisfacción de las más variadas necesidades del sujeto comprador'' (Schreiber Pezet, 1984)
- Obligaciones
- Pagar el precio de las mercaderías
- Recibir las mercaderías en las condiciones establecidas en el contrato
- Examinar la mercadería
- Obligaciones
- ''La compraventa es el principal vehículo de tal circulación y de la satisfacción de las más variadas necesidades del sujeto comprador'' (Schreiber Pezet, 1984)
- El comprador resulta con el derecho, título o acreencia que le permite adquirir posteriormente la propiedad a través de los actos materiales.
- En caso de resolución de una compraventa por incumplimiento del vendedor, el comprador tendrá derecho a que se le pague el interés legal comercial sobre la parte pagada del precio o a retener los frutos de la cosa en proporción a dicha parte, sin menoscabo de la correspondiente indemnización de perjuicios.
- El comprador tiene la facultad de exigir del vendedor la entrega de la cosa
- Vendedor
- El vendedor podrá reservarse el dominio de la cosa vendida, mueble o inmueble, hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio.
- La venta de cosa ajena es válida e impone al vendedor de la obligación de adquirirla y entregarla al comprador, so pena de indemnizar los perjuicios.
- ''El vendedor no está obligado a hacer propietario al comprador, sino única y exclusivamente a poner la cosa vendida a su disposición, permitiéndole una posesión útil y durable.''(Schreiber Pezet, 1984)
- Obligaciones
- Entrega de mercancías
- Obligaciones adicionales a la entrega
- Transmisión de la propiedad
- Entrega de documentos
- Obligaciones
- ''El vendedor no está obligado a hacer propietario al comprador, sino única y exclusivamente a poner la cosa vendida a su disposición, permitiéndole una posesión útil y durable.''(Schreiber Pezet, 1984)
- La venta de cosa ajena es válida e impone al vendedor de la obligación de adquirirla y entregarla al comprador, so pena de indemnizar los perjuicios.
- El vendedor podrá reservarse el dominio de la cosa vendida, mueble o inmueble, hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio.
- No podrán comprar directamente
BIBLIOGRAFÍA
- MARIA ALEJANDRA VERGARA ABELLA
Bilder und Dateien der Mindmap
Informationen
- Beschreibung
- Compraventa
- Erstellt von
- María Alejandra Vergara Abella
- Aufrufe
- 46
- Tags
- Bewertung