Los delitos comunes son aquellos que lesionan u ofenden
bienes jurídicos individuales
Delitos políticos
Son los cometidos contra el orden político establecido en el
Estado
Delitos sociales
Son los cometidos contra el régimen económico-social
establecido en una colectividad organizada
delitos militares
Son aquellos que estén constituidos por infracciones o
violaciones del orden, discipline o deberes militares
delitos de acción
Se cometen haciendo algo que está prohibido en forma
implícita por la Ley Penal
Delitos de omisión
Se cometen haciendo algo que está prohibido en forma implícita
por la Ley Penal
Delitos complejos
Son los que atacan varios bienes jurídicos, vale decir: los delitos en los que la acción respectiva
ofende varios derechos o bienes jurídicos
Delitos conexos
Son los que están tan íntimamente vinculados que los unos son consecuencia de los
otros
Delitos instantaneos
Son aquellos en los que la acción termina en el mismo instante en que el delito respectivo queda
consumado
delitos preterintencionales
Son aquellos en los cuales el resultado antijurídico
excede de la intención delictiva del agente
Delito culposo
Son aquellos en los cuales el agente no se propone cometer delito alguno, sino
que el acto delictuoso ocurre a causa de la imprudencia, la negligencia, la
impericia en su profesión, arte u oficio, por parte del agente o porque éste deje
de observar los reglamentos, órdenes o instrucciones
Delito doloso
Son aquellos en los cuales el resultado antijurídico coincide con la intención delictiva
del agente
Delito de acción pública
Son aquellos en los cuales el enjuiciamiento del sujeto activo es, del todo, independiente de la voluntad
de la persona agraviada
Delito de acción Privada
Son aquellos en los cuales el enjuiciamiento del sujeto activo está subordinado a la instancia de la parte
agraviada o de sus representantes regales
Delitos Permanentes
Se caracterizan por una sola acción tipificada que se prolonga sin interrupción en el tiempo
Delitos simples
Son los delitos cuya acción viola un solo derecho o bien jurídico
Hecho Punible
Es el que está tipificado por la ley como un delito, un crimen, una
falta o una contravención y tiene fijada una pena para quien
incurra en ellos
Delito
Causan un daño o lesionan bienes jurídicos o
jurídicamente protegidos
Falta
Las faltas no causan un daño directo material y efectivo en
bienes o intereses jurídicamente protegidos, sino que
únicamente se limitan a crear una situación de peligro para
esos bienes jurídicamente protegidos
La Extradición
Es el procedimiento judicial por el cual una persona acusada o condenada
por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y
devuelta al primero para ser enjuiciada o para que cumpla la pena ya
impuesta
Clases
Pasiva
Cuando el Estado recibe la petición de otro país, solicitando la entrega de
un delincuente que se encuentra en nuestro territorio.
Activa
Cuando el Estado solicita, a otro país, la entrega de un delincuente que
se encuentra en dicho territorio.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.