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Decreto 2609 de 2012

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Decreto 2609 de 2012
Por el cual se reglamenta el Título V de la Ley 594 de 2000, parcialmente los artículos 58 y 59 de la Ley 1437 de 2011 y se dictan otras disposiciones en materia de Gestión Documental para todas las Entidades del Estado. Decreta:
- Capitulo I
- Gestión de Documentos
- Artículo 9°: Procesos de la gestión documental.
- Planeación
- Creación y diseño de los documentos.
- Producción
- Actividades destinadas al estudio de los documentos.
- Gestión y Trámite
- Registro y seguimiento hasta la resolución de los asuntos.
- Organización
- Operaciones técnicas para ordenar y descubrir el documento.
- Transferencia
- Operaciones para transferir documentos durante las fases de archivo.
- Disposición de Documentos
- Selección de documentos para conservarlos o eliminarlos.
- Preservación a largo plazo
- Acciones y estándares para garantizar su preservación.
- Valoración
- Establece la permanencia de los documentos en el archivo.
- PGD
- Planeación
- Artículo 9°: Procesos de la gestión documental.
- Gestión de Documentos
- Capitulo II
- Programa de Gestión Documental
- Es el conjunto de actividades administrativas y técnicas, tendientes a la planificación, manejo y organización de la documentación producida y recibida por las entidades, desde su origen hasta su disposición final, con el fin de facilitar su uso y conservación, a su vez, especifica las operaciones para el desarrollo de los procesos de la gestión documental al interior de la entidad
- Programa de Gestión Documental
- Capitulo III
- El Sistema de Gestión Documental
- son todos aquellos programas de ordenador creados para la gestión de grandes cantidades de documentos, suele rastrear y almacenar documentos electrónicos o imágenes de documentos en papel.
- El Sistema de Gestión Documental
- Capitulo IV
- La Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo
- Artículo 23. Características del documento electrónico de archivo. Los documentos electrónicos dependen de su estructura lógica más que de la física. Los documentos generados y gestionados a través de sistemas electrónicos deben tener como mínimo las siguientes características. Contenido estable, forma documental fija, vínculo archivístico y un equivalente funcional.
- La Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo
- Capitulo V
- Articulación con otros Organismos y Entidades del Estado
- Artículo 38.: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación y el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado podrá complementarlo con acuerdos, guías e instrumentos que faciliten su aplicación.
- Articulación con otros Organismos y Entidades del Estado
- Capitulo I
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Informationen
- Beschreibung
- En este decreto nombra algo que es fundamental y son los 8 procesos del PGD.
- Erstellt von
- JHON ALEXIS LUCUARA GARZON
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