Zusammenfassung der Ressource
NIIF PARA LAS PYMES
Sección 21 Provisiones y
Contingencias
- Esta sección se aplicará a todas
las provisiones (es decir, pasivos
de cuantía o vencimiento
inciertos), pasivos contingentes y
activos contingentes
- excepto a las provisiones
tratadas en otras secciones de
esta Norma. Éstas incluyen las
provisiones relacionadas con:
- arrendamientos (Sección 20
Arrendamientos). No obstante,
esta sección trata los
arrendamientos operativos que
pasan a ser onerosos.
- contratos de construcción (Sección 23
Ingresos de Actividades Ordinarias). No
obstante, esta sección trata los
contratos de construcción que pasan a
ser onerosos.
- obligaciones por beneficios a
los empleados (Sección 28
Beneficios a los Empleados).
- impuesto a las ganancias
(Sección 29 Impuesto a las
Ganancias)
- Los requerimientos de esta
sección no se aplicarán a los
contratos pendientes de
ejecución, a menos que sean
contratos de onerosos.
- La palabra “provisión” se utiliza, en
ocasiones, en el contexto de
partidas tales como depreciación,
deterioro del valor de activos y
cuentas por cobrar incobrables.
- Reconocimiento
inicial
- Una entidad solo
reconocerá una
provisión cuando:
- la entidad tenga una
obligación en la fecha sobre
la que se informa como
resultado de un suceso
pasado;
- sea probable (es decir, exista
mayor posibilidad de que ocurra
que de lo contrario) que la
entidad tenga que desprenderse
de recursos que comporten
beneficios económicos, para
liquidar la obligación; y
- el importe de la
obligación pueda ser
estimado de forma
fiable.
- La entidad reconocerá la
provisión como un pasivo en
el estado de situación
financiera y reconocerá el
importe de la provisión como
un gasto, a menos que otra
sección de esta Norma
requiera
- Medición inicial
- Una entidad medirá una
provisión como la mejor
estimación del importe
requerido para cancelar la
obligación, en la fecha de
presentación.
- Medición posterior
- Una entidad cargará contra una
provisión únicamente los
desembolsos para los que fue
originalmente reconocida.
- Una entidad revisará y ajustará las
provisiones en cada fecha de
presentación, para reflejar la mejor
estimación actual del importe que
sería requerido para cancelar la
obligación en esa fecha.
- Pasivos contingentes
- Un pasivo contingente es una obligación
posible pero incierta o una obligación
presente que no está reconocida porque
no cumple una o las dos condiciones de
los apartados (b) y (c) del párrafo 21.4.
- Una entidad no reconocerá un
pasivo contingente como un
pasivo, excepto en el caso de las
provisiones para pasivos
contingentes de una adquirida en
una combinación de negocios
- Activos contingentes
- El párrafo 21.16 requiere que se revele
información sobre un activo
contingente, cuando sea probable la
entrada de beneficios económicos a la
entidad
- Información
a
revelar
- Información a revelar sobre
provisiones Para cada tipo
de provisión, una entidad
revelará lo siguiente:
- una conciliación
que muestre:
- el importe en libros
al principio y al
final del periodo;
- las adiciones realizadas durante el
periodo, incluyendo los ajustes
procedentes de los cambios en la
medición del importe descontado;
- los importes
cargados contra la
provisión durante
el periodo; y
- los importes no
utilizados
revertidos en el
periodo.
- Información a
revelar sobre
pasivos
contingentes
- A menos que la posibilidad de una
eventual salida de recursos para
liquidarlo sea remota, una entidad
revelará para cada clase de pasivo
contingente, en la fecha de
presentación,
- Información a revelar
sobre activos
contingentes
- Si es probable una entrada de
beneficios económicos (con mayor
probabilidad de que ocurra que de
lo contrario) pero no prácticamente
cierta
- Información a
revelar
perjudicial
- En casos extremadamente
excepcionales, puede esperarse
que la revelación de información,
total o parcial, requerida por los
párrafos 21.14 a 21.16