INCLUSIÓN EDUCATIVA Y EVALUACIÓN REP DE COLOMBIA
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INCLUSIÓN EDUCATIVA Y EVALUACIÓN
- Elaborado
- por:
- María
- Eugenia Quevedo
- Gerardo
- de Salvador
- Alfonso
- Rodríguez.
- Docente
- SANDRA PEÑA

-
COLEGIO REPÚBLICA DE COLOMBIA IED
- Problema
- Con
- el aumento de población con necesidades educativas especiales que se ha venido
- integrando a las aulas regulares, en su mayoría sin diagnóstico, bien sea por
- negligencia de la familia o por las deficiencias del sistema de salud, estos
- niños y jóvenes ingresan a la institución con diferentes modalidades que le
- plantean al centro escolar una serie de retos debido a la atención
- especializada que se requiere para satisfacer sus necesidades educativas y el
- desarrollo de sus capacidades al igual que plantean la necesidad de un tipo de
- evaluación ajustada a sus niveles de desarrollo.
- En
- la actualidad se encuentran matriculados 25 niñas y niños, se pretende crear un programa de inclusión
- como parte del PEI, una reglamentación desde el SIEE como acciones
- necesarias en atención a estos
- estudiantes.
-
- Persona con discapacidad:
- Aquellas
- personas que tengan deficiencias físicas, , mentales, intelectuales o
- sensoriales a mediano y largo plazo que, al interactuar con diversas barreras
- incluyendo las actitudinales, puedan impedir su participación plena y efectiva
- en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás. Ley 1618/2013.
- Necesidad educativa especial:
- Se
- definen como estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) a aquellas
- personas con capacidades excepcionales, o con alguna discapacidad de orden
- sensorial, neurológico, cognitivo,
- comunicativo, psicológico o físico-motriz, y que puede expresarse en
- diferentes etapas del aprendizaje.
- Necesidad educativa transitoria:
- Son
- problemas de aprendizaje que requieren de ayudas y recursos en un periodo
- determinado de escolarización y que se pueden superar a través del tiempo y los
- apoyos recibidos.
-
Ritmos y estilos de aprendizaje
- Ritmo de aprendizaje rápido:
- Cuando
- el estudiante realiza o aprende un procedimiento habiéndolo realizado una sola
- vez.
- Ritmo de aprendizaje moderado:
- Cuando
- el estudiante se encuentra dentro del promedio del grupo. Realiza actividades
- dentro del tiempo previsto, retiene información y realiza procedimientos
- después de analizarlos o probarlos.
- Ritmo de aprendizaje lento:
- Cuando
- el estudiante se tarda demasiado en realizar actividades, al parecer no retiene
- información y necesitan varias explicaciones para ejecutar un procedimiento.
- Puede variar dependiendo la asignatura, la motivación o las circunstancias de
- cada estudiante y para nada determinan su nivel cognitivo.
- El
- estilo de aprendizaje es una forma en que la persona procesa de mejor manera la
- información, lo cual facilita el aprendizaje, entre ellos está el visual, el
- auditivo, el kinestésico o el combinado
-
- FLEXIBILIZACIÓN
- CURRICULAR: Un currículo flexible es aquel que mantiene los mismos objetivos
- generales para todos los estudiantes, pero da oportunidades de acceder a ellos:
- es decir, organiza la enseñanza desde su diversidad social, cultural de estilos
- de aprendizaje de sus alumnos, tratando
- de dar a todos oportunidad de aprender. (MEN).
- ADAPTACION
- CURRICULAR:
- Las adaptaciones curriculares, en un sentido amplio, son una de la estrategias
- metodológicas que los docentes deberán emplear
- como vías y/o medidas específicas
- de atención a la diversidad en el proceso de enseñanza aprendizaje y se
- dirigirán a aquellos estudiantes, o grupos de ellos, que presenten diversos
- tipos de dificultades en su proceso educativo.
- ENFOQUE
- DIFERENCIAL:
- Es la inclusión en la políticas públicas de medidas efectivas para asegurar que
- se adelanten acciones ajustadas a la
- características particulares de las personas o grupos poblacionales, tendientes
- a garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos acorde con necesidades de
- protección propias y específicas.
-
- Constitución
- Política de Colombia de 1991, que en los artículos 13, 44, 47, 49, 50, 67 y 68,
- que reconocen los derechos
- fundamentales,
- económicos, sociales y culturales de los niños y niñas con discapacidad,
- orientándolos hacia la equiparación de oportunidades y su plena participación
- en las actividades propias de su estatus de edad.
- Convención
- sobre los derechos de las niñas y los niños
- en
- su Artículo 23 numeral 1, reconoce que los niños y niñas con discapacidad
- “deberán disfrutar de una vida plena y decente en Condiciones que aseguren su
- dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la participación
- activa del niño en la comunidad”.
- La
- Política Nacional de Infancia y adolescencia tiene como uno de sus pilares
- básicos la construcción de la “Equidad y la inclusión social como principios
- fundamentales para el ejercicio de los derechos y su aplicabilidad desde la
- primera infancia” lo cual implica la realización de los “ajustes
- razonables”
- y la adopción de “diseños
- universales para el aprendizaje”
- que hagan viable la inclusión de niños y niñas con discapacidad a la
- Educación.
-
- Convención sobre los derechos de
- las personas con discapacidad. ley 1346 de 2009 En
- el artículo 7 hace referencia directa al tratamiento de derechos de niños y
- niñas con discapacidad: “1. Los Estados Partes tomarán todas las medidas
- necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen
- plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad
- de condiciones con los demás niños y niñas.”.
- Y
- en el artículo 24 manifiesta: “los Estados Partes asegurarán un sistema
- de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la
- vida.” de modo que las nuevas generaciones escolares crezcan de la mano de la
- diversidad, sin exclusión, en un marco de respeto por las diferentes
- condiciones de vida que existen en los seres humanos y por formas de desarrollo
- diferenciales
-
- Ley
- 1618 de 2013 , artículo
- 5 "las entidades públicas del orden nacional, departamental, municipal,
- distrital y local, en el marco del Sistema Nacional de Discapacidad, son
- responsables de la inclusión real y efectiva de las personas con discapacidad,
- debiendo asegurar que todas las políticas, planes y programas, garanticen el
- ejercicio total y efectivo de sus derechos, de conformidad con el artículo 30
- literal c), de Ley 1346 de 2009".
- La política de educación inclusiva del país invita a la transformación
- de sistema educativo para garantizar el derecho a la educación de todos, lo que
- implica que Colombia avance hacia instituciones educativas abiertas a la
- diversidad, como se expresa en la Constitución Política de 1991 y la
- normatividad educativa vigente.
- La
- Secretaría de Educación es la instancia responsable de organizar la oferta
- educativa para esta población, por lo que es allí donde poseen y suministran
- esa información.
-
- La Política Pública de Discapacidad
- del distrito construida
- bajo un modelo participativo y democrático, considera el derecho a la educación
- como una “responsabilidad del Estado, la sociedad y la familia, quienes lo
- deben garantizar según sus competencias, obligaciones y capacidades. En
- consecuencia, la materialización del derecho a la educación implica no
- sólo brindar el acceso al sistema educativo, sino su capacidad de retención y
- calidad según las condiciones de vida institucional que se ofrezca a las y los
- escolares con discapacidad” (Decreto No. 470 del 12 de octubre de
- 2007) Y en el literal a) de dicho apartado asegura la necesidad de:
- “Promocionar y garantizar la educación para toda la vida, en el entendido que
- esta supone el derecho a la educación inicial, educación básica, media y
- secundaria, educación superior y educación para el trabajo”
- Decreto
- 366 de 2009 “Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de
- apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con
- capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva”
-
- Pruebas
- SABER (5º, 9º y 11º), es importante tener en cuenta las siguientes
- consideraciones:
- El
- Decreto 1290 de 2009 por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y
- promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media,
- establece que cada
- institución defina el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes
- que hace parte del PEI.
- Este sistema incluye los criterios
- de evaluación y promoción de todos los estudiantes, incluyendo la población con
- discapacidad. A partir de estos criterios, la institución determina la
- promoción del estudiante con discapacidad.
- La
- Resolución 569 de 2011 por la cual se ajustan las metodologías para seleccionar
- estudiantes con mejores resultados en el examen de Estado para la Educación
- Media ICFES SABER 11 (antes examen de Estado para el Ingreso a la Educación
- Superior) y para la Clasificación de las Instituciones Educativas, establece en
- el Parágrafo Primero del artículo
- 4º sobre
- Clasificación de las Instituciones Educativas que los cálculos de las
- categorías de rendimiento de las instituciones educativas no
- incluirán los resultados de sus estudiantes que presenten las discapacidades
- cognitivas definidas en el Decreto 366 de 2009 (síndrome de Down y síndrome de
- Asperger) - ver artículo 2º.
- En la guía del ICFES - LINEAMIENTOS GENERALES - SABER 2009
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- Se
- inicia una fase de experimentación con los siguientes instrumentos de
- evaluación:
- •El registro anecdótico
- •La lista de cotejo
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- COLEGIO REPÚBLICA DE COLOMBIA IED.
- Registro Anecdótico
- ESTUDIANTE: Kevin Martínez
- Fecha: Lugar: Salón de artes.
- Duración de observación: 60 min. Julio 8/ 2016
- Observador: María Arizmendi
- Kevin
- estuvo
- muy retraído en la clase de hoy, además
- evitó la compañía de sus amigos, lo cual resulta raro porque generalmente es
- muy sociable y conversador.
- Cuando
- planteamos la posibilidad de trabajar en grupo mostró su rechazo abiertamente y
- hasta resultó agresivo con su mejor amigo, Carlos,
- cuando
- leímos los nombres de los integrantes.
- Luego
- del altercado se quedó en silencio y mantuvo el orden aunque permaneció
- indiferente y poco participativo.
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Informationen
- Beschreibung
- Instrumento para trabajar con niños con NEE
- Erstellt von
- Gerardo De Salvador · Jul 2016
- Aktualisiert
- 10 Okt 2016
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