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PROCEDIMIENTO EJECUTIVO

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PROCEDIMIENTO EJECUTIVO
Títulos ejecutivos
ART.347
obligaciones de dar o hacer
1. Declaración de parte hecha con juramento ante una o un juzgador competente.
2. Copia y la compulsa auténticas de las escrituras públicas.
3. Documentos privados legalmente reconocidos
4. Letras de cambio.
5. Pagarés a la orden.
6. Testamentos.
7. Transacción extrajudicial.
Procedencia.
ART.348
la obligación contenida en el título deberá ser clara, pura, determinada y actualmente exigible
Dinero
liquidable mediante operación aritmética
plazo vencido
obligaciones cuyo vencimiento se haya anticipado
Requisito de procedibilidad.
ART.349
La demanda deberá reunir los requisitos previstos en las reglas generales
Denegación del procedimiento.
no presta mérito ejecutivo, denegará de plano la acción ejecutiva.
Inicio del proceso y contestación a la demanda
ART.350
ART.351
juzgador calificará la demanda en el término de tres días.
certificados que acrediten la propiedad de los bienes
con el auto de calificación podrán ordenarse providencias preventivas
También podrá pedirse embargo de los bienes raíces
podrán solicitarse en cualquier estado del juicio en primera instancia.
Demandado podrá:
1. Pagar o cumplir con la obligación.
2. Formular oposición acompañando la prueba conforme
3. Rendir caución con el objeto de suspender la providencia preventiva dictada
4. Reconvenir al actor con otro título ejecutivo
Falta de contestación a la demanda
ART.352
deudor dentro del respectivo término no cumple la obligación
juzgador en forma inmediata pronunciará sentencia
Excepciones
ART.353
1. Título no ejecutivo.
2. Nulidad formal o falsedad del título
3. Extinción total o parcial de la obligación exigida.
4. Existencia de auto de llamamiento a juicio por delito de usura o enriquecimiento privado no justificado
Audiencia
dentro del término de tres días se notificará a la contraparte con copia de la misma y se señalará día y hora para la audiencia única
deberá realizarse en el término máximo de veinte días
se realizará en dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos en debate y conciliación y la segunda, de prueba y alegatos
apelación únicamente con efecto no suspensivo
No será admisible el recurso de casación
ART.354
Normas supletorias.
aplicables las normas del procedimiento sumario.
ART.355



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- Flowchart on PROCEDIMIENTO EJECUTIVO, created by Soraya Arcos on 30/05/2019.
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- Soraya Arcos
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