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David Alejandro Corredor Murcia Spanish

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  1. EVOLUCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA Y DE LA LEGISLACIÓN SOBRE EL ERROR JUDICIAL

  2. Se presenta en 3 etapas principalmente

  3. PRIMERA ETAPA: Negación del error judicial dentro de la teoría de la responsabilidad patrimonial del Estado

  4. Se negó con base en dos argumentos

  5. ARGUMENTO DE LA INTANGIBILIDAD DE LA COSA JUZGADA

  6. La potestad administrar de justicia de los jueces, se encuentra cimentada en la COSA JUZGADA, lo cual hace que los asuntos definidos a partir de sentencias ejecutoriadas y en firme sean algo inmutable o imposible de revalorar por otra autoridad.

  7. ARGUMENTO DE LA CONSAGRACIÓN NORMATIVA

  8. La responsabilidad del Juez es una responsabilidad de carácter personal o civil, fundada en la idea de falta o error inexcusable, esto a razón de lo dispuesto en el artículo 40 del Código de Procedimiento Civil.

  9. SEGUNDA ETAPA: Error judicial desde la óptica y tratamiento de la Jurisprudencia Colombiana

  10. ANÁLISIS DE LA SENTENCIA C-037-1996

  11. Determino como los presupuestos para la configuración del error judicial

  12. 1. El error jurisdiccional debe ser cometido por una autoridad investida de la facultad jurisdiccional

  13. 2. El error jurisdiccional debe ser materializado a través de una providencia contraria a la ley

  14. 3. El error jurisdiccional debe ser producto de una violación flagrante al debido proceso - (vía de hecho)

  15. LEY 270 DE 1996 (LEY DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA)

  16. Estableció requisitos formales para la existencia del error judicial (art. 67)

  17. 1. La firmeza de providencia a través de la cual se generó el error

  18. 2. que el afectado haya interpuesto oportunamente los recursos de ley - (recursos ordinarios)

  19. 4. El error jurisdiccional no es predicable de las sentencias proferidas por las altas cortes

  20. TERCERA ETAPA: Panorama actual del error judicial

  21. Se presentaron dos modificaciones centrales a lo estipulado en la sentencia de constitucionalidad C-039-1996

  22. 1. Se eliminó la prohibición de declarar el error judicial frente a las sentencias emitidas por las altas cortes

  23. 2. Se eliminó la exigencia de la vía de hecho o violación flagrante del debido proceso

  24. CONCLUSIÓN

  25. REGIMEN DE RESPONSIBILIDAD

    El error judicial es un supuesto que genera a analizar desde el punto de un régimen objetivo de responsabilidad, por cuanto es la providencia en firme que independientemente de que haya sido emitida con dolo o culpa, genera un daño antijuridico que debe ser reparado.

  26. TITULO DE IMPUTACIÓN

    De igualmente el título a tener en cuenta en este escenario, es el de daño especial, en razón a que la administración de justicia es un servicio público en cabeza del Estado que debe brindarse en circunstancias de igualdad a todas las personas, y una afectación a un usuario a través de la emisión de una providencia judicial, supone la imposición de una mayor carga publica en relación con otros demandantes y/o usuarios del servicio.

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Flowchart on Untitled, created by David Alejandro Corredor Murcia on 06/05/2021.
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