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luisa robles Spanish

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  1. RECIDENCIA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS

  2. En colombia seran residentes tributarios las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones

  3. Articulo 10 Estatuto tributario

    Modificado

    Articulo 2 ley 601607

  4. Permanencia continua o discontinua

  5. Relacion con el servicio exterior colombiano

  6. Ser nacionales que durante el periodo gravable

  7. Por mas de 183 dias, incluyendo dias de entrada y salida del pais

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  9. Durante un periodo un periodo de 365 días consecutivos

  10. Cuando la permanencia recae en mas de un año o periodo, se considera residente a partir del segundo año

  11. Relacion con personas que se encuentren en el servicio exterior colombiano

  12. Que se encuentren excentos de tributacion en el pais donde esten en mision

  13. su conyugue no separado legalmente, o hijos dependientes menores de edad, tengan residencia fiscal

  14. El 50% o mas de sus ingresos sean fuente nacional

  15. No acrediten residencia en el exterior para efectos tributarios

  16. El 50% o mas de sus bienes sean administrados en el pais

  17. El 50% o mas de sus activos sean poseidos en el pais

  18. Tengan residencia fiscal en una jurisdiccion considerada por el gobierno como paraiso fiscal

  19. Artículo 25 de la Ley 1739 de 2014

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  25. No seran residentes los nacionales que cumplan con algun literal del numeral 3 del articulo 10 del estatuto tributario y ademas

  26. el 50% o mas de sus ingresos anuales sean fuente en jurisdicción en la que tengan su domicilio

  27. el 50% o mas de sus activos anuales se encuentren en jurisdicción en la que tengan su domicilio

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Flowchart on Untitled, created by luisa robles on 06/05/2021.
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luisa robles
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