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Tadeo Suastegui Rodríguez Spanish

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  1. Organización administrativa del Estado de Puebla

  2. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA

  3. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL

  4. GOBERNADOR

  5. Ser ciudadano mexicano por nacimiento

    Tener al menos 30 años de edad

    Gozar de todos sus derechos civiles y políticos

    No estar en servicio activo en el Ejército Federa

    No haber sido gobernador del estado

  6. La CPEUM establece en el Artículo 116 las bases para la organización y funcionamiento de los poderes en cada entidad federativa, incluyendo el poder ejecutivo, cuyo titular es el gobernador. Este artículo señala que las constituciones de cada estado deben organizarse de acuerdo a ciertos principios y condiciones

  7. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla regula las facultades y deberes del gobernador en su Artículo 73. Este artículo establece que el Poder Ejecutivo del Estado de Puebla se deposita en un ciudadano, quien recibe el título de Gobernador Constitucional del Estado de Puebla.

  8. Promulgar, ejecutar y hacer cumplir las leyes.

    Nombrar y remover a los funcionarios del poder ejecutivo.

    Mantener el orden y la seguridad pública.

    Representar al estado en asuntos legales y administrativos.

    Proponer leyes y decretos al Congreso del Estado.

    Administrar los recursos públicos del estado.

    Enviar al Congreso el proyecto de presupuesto de egresos.

    Ejercer la facultad de iniciativa de ley en el Congreso de la Unión.

    Coordinarse con la Federación y otros estados.

    Rendir un informe anual al Congreso del Estado.

  9. UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE APOYO U ÓRGANOS AUXILIARES DEL GOBERNADOR DE PUEBLA

  10. Secretarías del Estado: Las secretarías son las dependencias principales encargadas de áreas específicas como salud, educación, finanzas, seguridad pública, entre otras, y son auxiliares directas del gobernador en la ejecución de políticas públicas.

  11. Oficina del Gobernador: Responsable de coordinar y asistir al gobernador en sus funciones ejecutivas, administrativa y políticas.

  12. Coordinación General de Comunicación y Agenda Digital: Asiste al gobernador en la comunicación social y la estrategia digital del gobierno

  13. procuraduría Fiscal: Encargada de apoyar en temas fiscales y de recaudación de impuestos, con asesoría jurídica en el ámbito fiscal

  14. Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal (IGAVIM): Apoya al gobernador en la coordinación con los municipios para fortalecer la administración local.

  15. Proponer políticas públicas en sus respectivas áreas.

    Implementar y supervisar programas estatales.

    Administrar los recursos asignados para su funcionamiento.

  16. Coordinar las actividades del gobernador.

    Organizar la agenda y eventos oficiales.

    Brindar apoyo en la formulación de políticas.

  17. Supervisar la recaudación de ingresos estatales.

    Emitir opiniones sobre asuntos fiscales.

    Asesorar en procesos fiscales y tributarios.

  18. Diseñar la estrategia de comunicación social del estado.

    Administrar la información y la imagen pública del gobierno.

    Impulsar la digitalización y transparencia gubernamental.

  19. Asistir a municipios en gestión administrativa.

    Proponer programas de desarrollo local.

    Fomentar la coordinación entre municipios y el estado.

  20. CUERPOS INTERMEDIOS

  21. Consejo Estatal para el Desarrollo Económico y Competitividad

  22. Fundamento Jurídico: Ley del Sistema Estatal de Protección Civil del Estado de Puebla.

  23. SECRETARÍAS DEL ESTADO DE PUEBLA

  24. Secretaría de Gobernación (SEGOB)

  25. Secretaría de Educación Pública (SEP)

  26. Fundamento Jurídico: Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. Es responsable de la gestión y administración de los recursos financieros y presupuestarios del estado, así como de la planeación del desarrollo económico.

  27. Fundamento Jurídico: Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. Es responsable de la gestión y administración de los recursos financieros y presupuestarios del estado, así como de la planeación del desarrollo económico.

  28. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.

    Contar con título profesional en el área relacionada con las funciones de la secretaría correspondiente (según se requiera para cada cargo).

    No haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal.

    No tener conflictos de interés que puedan afectar el desempeño de sus funciones.

    Contar con experiencia en el sector público o privado en áreas afines a las funciones de la secretaría

  29. Secretaría de Gobernación: Experiencia en política interna y gestión de la gobernabilidad.

    Secretaría de Planeación y Finanzas: Conocimiento en administración pública, finanzas y presupuestación.

    Secretaría de Educación Pública: Formación y experiencia en administración educativa.

    Secretaría de Salud: Título y experiencia en áreas relacionadas con salud pública.

    Secretaría de Seguridad Pública: Conocimiento en seguridad, estrategias de orden público y derechos humanos.

    Secretaría de Infraestructura: Competencia en ingeniería, construcción o gestión de obras públicas.

    Secretaría de Desarrollo Rural: Experiencia en desarrollo rural, agricultura o ganadería.

    Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial: Formación en medio ambiente, desarrollo sostenible o áreas afines.

    Secretaría de Economía: Conocimiento en economía, desarrollo empresarial o inversión.

    Secretaría de Bienestar: Experiencia en programas de desarrollo social y asistencia pública.

    Secretaría de Turismo: Conocimientos en promoción turística, desarrollo turístico y cultura local.

    Secretaría de Cultura: Experiencia en preservación, promoción cultural o gestión de patrimonio cultural.

    Secretaría del Trabajo: Formación en derecho laboral, relaciones laborales o administración de justicia en el trabajo

  30. Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública

    Secretaría Vinculada: Secretaría de Seguridad Pública.

    Fundamento Jurídico: Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

    Función: Coordina la implementación de políticas y estrategias de seguridad en el estado en colaboración con instancias federales y municipales.

    Instituto Estatal de Educación para Adultos (IEEA)

    Secretaría Vinculada: Secretaría de Educación Pública.

    Fundamento Jurídico: Ley de Educación para Adultos del Estado de Puebla.

    Función: Brinda servicios educativos a personas adultas que no han concluido su educación básica.

    Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)

    Secretaría Vinculada: Secretaría de Bienestar.

    Fundamento Jurídico: Ley de Asistencia Social del Estado de Puebla.

    Función: Proporciona apoyo y asistencia social a sectores vulnerables de la población.

    Instituto Poblano de las Mujeres (IPM)

    Secretaría Vinculada: Secretaría de Igualdad Sustantiva.

    Fundamento Jurídico: Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.

    Función: Promueve y garantiza los derechos de las mujeres, además de prevenir y atender la violencia de género.

    Comisión Estatal de Agua y Saneamiento del Estado de Puebla (CEASPUE)

    Secretaría Vinculada: Secretaría de Infraestructura.

    Fundamento Jurídico: Ley de Agua y Saneamiento del Estado de Puebla.

    Función: Gestiona y regula los servicios de agua potable, drenaje y saneamiento en el estado.

    Comisión de Mejora Regulatoria del Estado de Puebla (CMREP)

    Secretaría Vinculada: Secretaría de Economía.

    Fundamento Jurídico: Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Puebla.

    Función: Implementa políticas para simplificar los trámites y mejorar el ambiente de negocios en el estado.

  31. MAURICIO TADEO SUASTEGUI RODRIGUEZ

    LORNA YUNES

    GERARDO AVILA

  32. ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL ESTADO DE PUEBLA

  33. Los organismos descentralizados son entidades de la administración pública que cuentan con personalidad jurídica y patrimonio propio, creados para realizar actividades específicas en áreas como educación, salud, desarrollo social.

  34. Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF): Se enfoca en programas de asistencia social y bienestar familiar.

  35. Fondo de Fomento al Turismo de Puebla: Promueve y apoya el desarrollo turístico en el estado.

  36. Instituto Poblano de la Mujer: Promueve la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en Puebla.

  37. Servicio de Agua Potable y Saneamiento de Puebla (SAPAP): Responsable de la gestión y distribución del agua potable.

  38. EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA DEL ESTADO DE PUEBLA

  39. Las empresas de participación estatal mayoritaria son aquellas donde el gobierno tiene más del 50% de las acciones, permitiendo así influir en su dirección y operaciones

  40. Puebla de Aguas (PDA): Encargada de la administración y operación de los servicios de agua en diversas localidades del estado

  41. Fábrica de Ladrillos de Puebla: Dedicada a la producción y comercialización de materiales de construcción.

  42. Servicios de Limpieza y Recolección de Residuos Sólidos: Responsable de la recolección y manejo de desechos en el estado.

  43. FIDEICOMISOS

  44. Los fideicomisos son instrumentos financieros mediante los cuales se aportan recursos para un fin específico, administrados por un fiduciario. En el contexto de la administración pública paraestatal los fideicomisos pueden ser utilizados para financiar proyectos de infraestructura, desarrollo social.

  45. Fideicomiso para el Desarrollo de Proyectos Urbanos en Puebla: Se enfoca en la financiación de obras públicas y el mejoramiento urbano.

  46. Fideicomiso Público para la Promoción del Turismo en Puebla: Su objetivo es promover y financiar actividades turísticas dentro del estado.

  47. Fideicomiso de Infraestructura Social en el Estado de Puebla: Destinado a proyectos que mejoren la infraestructura en zonas rurales o desfavorecidas.

  48. Fideicomiso para el Apoyo a la Educación y Becas en Puebla: Gestiona fondos destinados a becas y programas educativos.

  49. Comisiones y Demás Órganos de Carácter Público

  50. Las comisiones y órganos de carácter público son entidades creadas por el gobierno. Pueden estar encargadas de regular, supervisar, asesorar o ejecutar políticas públicas en diversas áreas (económica, social, política, etc.).

  51. El fundamento jurídico de estas comisiones se encuentra generalmente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes específicas que definen las competencias de cada uno de estos órganos, como la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal o las leyes estatales equivalentes

  52. Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH): Se encarga de la protección y promoción de los derechos humanos en México. Fundamento: Artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

  53. Comisión Nacional de Seguridad: Supervisa la seguridad pública en todo el país. Fundamento: Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

  54. Comisión Reguladora de Energía (CRE): Regula y supervisa el sector energético en México. Fundamento: Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.

  55. Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE): Promueve la competencia económica en el país. Fundamento: Ley Federal de Competencia Económica

  56. Untitled

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Flowchart on Untitled, created by Tadeo Suastegui Rodríguez on 29/10/2024.
Created by
Tadeo Suastegui Rodríguez · Oct 2024
Updated
Oct 29, 2024
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