Vicios del Consentimiento
Slides in this set (5)
-
- Para comprender el concepto de Consentimiento, es importante aclarar que su sinónimo es la Voluntad , la voluntad es un requisito primordial de la existencia , del acto, y negocio jurídico, por ende del contrato , en sí, la voluntad es unilateral que formula cada uno de los contratantes.
- El artículo 1467 del Código Civil Ecuatoriano prescribe los vicios del consentimiento que son:
- *Error
- *Fuerza
- *Dolo

-
- Error
- El Artículo 1266 del Código Civil establece: "Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.

-
- Fuerza.-
- El artículo 1514 manifiesta: Para que la fuerza vicie el consentimiento no es necesario que la ejerza aquél que es beneficiado por ella; basta que se haya empleado la fuerza por cualquiera persona con el objeto de obtener el consentimiento.

-
- Dolo.-
- El artículo 1269 manifiesta.- Hay dolo cuando, con palabras o maquinaciones insidiosas de parte de uno de los contratantes, es inducido el otro a celebrar un contrato que, sin ellas, no hubiera hecho.

Information
- Description
- Vicios del Consentimiento, Fuerza, Error, Dolo
- Created by
- Sonia Vera Garcia
- Views
- 87
- Tags
- Rating