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Tema 19 Cuestionario B
Questions in this quiz (25)
11.-Cuando la decisión definitiva del expediente se adopte por el Secretario Judicial, deberá interponerse:
- AA-. Recurso de reposición ante el propio Secretario y posterior recurso de revisión.
- BB-. Recurso de revisión ante el Juez competente.
- CC-. Recurso de revisión ante el propio Secretario.
- DD-. Ninguna es correcta, puesto que en tal caso podrá recurrirse directamente en apelación.
22.-Se tendrá por abandonado el expediente si, pese al impulso de oficio de las actuaciones, no se produce actividad promovida por los interesados en el plazo de:
- AA-. Tres meses desde la última notificación practicada.
- BB-. Cinco meses desde la última notificación practicada.
- CC-. Seis meses desde la última notificación practicada.
- DD-. Un año desde la última notificación practicada.
33.-Contra el decreto que declare la caducidad del expediente:
- AA-. Solo cabrá recurso de reposición ante el Secretario Judicial.
- BB-. Cabrá recurso de revisión ante el Juez y posterior recurso de apelación.
- CC-. Solo cabrá recurso de revisión.
- DD-. No cabrá recurso alguno.
44.-En el expediente de adopción, deberán ser citados para ser oídos por el Juez:
- AA-. Los progenitores que no hayan sido privados de la patria potestad, cuando su asentimiento no fuera necesario para la adopción.
- BB-. El tutor y, en su caso, la familia acogedora, y el guardador o guardadores, así como el adoptando mayor de doce años.
- CC-. El adoptando mayor de doce años, así como el menor de esa edad de acuerdo con su madurez.
- DD-. Todos los mencionados deberán ser citados para ser oídos por el Juez.
55.-Contra el auto que resuelva el expediente de adopción:
- AA-. Cabe recurso de apelación, que tendrá carácter preferente, sin que produzca efectos suspensivos.
- BB-. Cabe recurso de revisión y posterior recurso de apelación.
- CC-. Cabe recurso de apelación, que tendrá carácter preferente, con efectos suspensivos.
- DD-. No cabe recurso alguno.
66.-En los expedientes de tutela, curatela o guarda de hecho:
- AA-. Será preceptiva la intervención de Abogado y de Procurador.
- BB-. No será preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador, salvo en lo relativo en la remoción del tutor o curador.
- CC-. Será preceptiva la intervención de Abogado, pero no la de Procurador.
- DD-. No será preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador, salvo en lo relativo en la remoción del tutor o curador en el que será necesaria la intervención de Abogado
77.-En la declaración de ausencia y fallecimiento, será competente el Juzgado de Primera Instancia:
- AA-. Del último domicilio de la persona de cuya declaración de ausencia o fallecimiento se trate o, en su defecto, el de su última residencia.
- BB-. Del último domicilio de la persona de cuya declaración de ausencia o fallecimiento se trate o el del domicilio del promotor, a elección de éste.
- CC-. Del último domicilio de la persona de cuya declaración de ausencia o fallecimiento se trate o, en su defecto, el del lugar en que se encuentre la mayor parte de sus bienes.
- DD-. Del lugar en el que previsiblemente se haya producido su desaparición o fallecimiento.
88.-Declarada la ausencia o el fallecimiento, si se presentase alguna persona que dijese ser el declarado ausente o fallecido, el Secretario Judicial:
- AA-. Dictará, sin más trámite, decreto dejando sin efecto la declaración.
- BB-. Dispondrá la identificación del sujeto y, en su caso, dejará sin efecto la declaración.
- CC-. Ordenará que sea identificada por los medios adecuados, convocando a comparecencia a la persona presentada, Ministerio Fiscal y los que hubieren intervenido en el expediente de declaración.
- DD-. Solicitará informe del Ministerio Fiscal y dará cuenta al Juez para acordar lo que proceda
99.-En los expedientes de intervención judicial en relación con la patria potestad:
- AA-. Será preceptiva la intervención de Abogado y de Procurador.
- BB-. Será preceptiva la intervención de Abogado, pero no la de Procurador.
- CC-. No será preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador.
- DD-. No será preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador, salvo para la interposición de recursos en que únicamente será precisa la intervención de Abogado.
1010.-Será competente, para conocer de los actos de conciliación, el Juez de Paz:
- AA-. En todos los casos en que la cuantía de la petición fuera inferior a 6.000 euros.
- BB-. Cuando el requerido sea persona física y su domicilio se encuentre en la demarcación del mismo.
- CC-. Cuando el requerido sea persona física y su domicilio y el del solicitante se encuentren en la demarcación del mismo.
- DD-. Cuando la cuantía de la petición fuera inferior a 6.000 euros y no se tratara de cuestiones atribuidas a los Juzgados de lo Mercantil.
1111.-La solicitud por medio de la que se promueva el acto de conciliación:
- AA-. Deberá formularse por medio de demanda sucinta, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- BB-. Se formulará por medio de escrito que tan solo debe expresar los datos de identificación del solicitante y del requerido y los domicilios en que pueden ser citados.
- CC-. Se redactará del modo previsto para la iniciación del proceso que con la conciliación se pretende evitar.
- DD-. Podrá formularse por el solicitante cumplimentando unos impresos normalizados que se hallarán a su disposición en el órgano correspondiente.
1212.-El Secretario Judicial o el Juez de Paz dictará resolución sobre la admisión de la solicitud de conciliación:
- AA-. En los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se presente.
- BB-. Dentro de los tres días siguientes a su presentación.
- CC-. Antes de transcurrir diez días desde su presentación.
- DD-. En el mismo día o en el siguiente día hábil al de su presentación.
1313.-Una vez admitida la solicitud, en ningún caso podrá demorarse la celebración del acto de conciliación:
- AA-. Más de cinco días.
- BB-. Más de diez días.
- CC-. Más de quince días.
- DD-. Más de veinte días.
1414.-Si el requerido de conciliación no compareciere ni alegare justa causa para no concurrir:
- AA-. Se tendrá por intentada la conciliación sin avenencia.
- BB-. Se tendrá por desistido al solicitante disponiendo el archivo del expediente.
- CC-. Se pondrá fin al acto, teniéndose la conciliación por intentada a todos los efectos legales.
- DD-. Se señalará nuevo día y hora para su celebración de instarlo el solicitante.
1515.-¿Por qué plazo se da traslado al solicitante de la reclamación de indemnización formulada por el requerido por la incomparecencia de aquél al acto de conciliación?:
- AA-. Tres días.
- BB-. Cinco días.
- CC-. Seis días.
- DD-. Diez días.
1616.-La solicitud de conciliación interrumpirá la prescripción, tanto adquisitiva como extintiva:
- AA-. Desde el momento de su presentación.
- BB-. A partir del momento fijado para la celebración de la comparecencia.
- CC-. Desde que se dicte la resolución por la que sea admitida.
- DD-. A partir del momento en que el requerido reciba la citación para la comparecencia.
1717.-Celebrada la conciliación, la demanda ejercitando la acción de nulidad contra lo convenido deberá interponerse en un plazo de:
- AA-. Diez días.
- BB-. Quince días.
- CC-. Veinte días.
- DD-. Treinta días.
1818.-En los casos en que se produzca la avenencia de las partes en el acto de conciliación, a los efectos del artículo 517.2.9º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, llevará aparejada ejecución:
- AA-. El decreto dictado por el Secretario Judicial o el auto del Juez de Paz.
- BB-. El testimonio del acta que documentó el acuerdo.
- CC-. El testimonio del acta junto con el del decreto del Secretario Judicial o del auto del Juez de Paz.
- DD-. El testimonio del acta que documentó el acuerdo y la copia del decreto del Secretario Judicial o del auto del Juez de Paz que se les haya notificado a las partes.
1919.-En los expedientes de jurisdicción voluntaria, la competencia territorial:
- AA-. Corresponderá al Juzgado de Primera Instancia del domicilio del promotor.
- BB-. Con carácter general, corresponde al Juzgado de Primera Instancia al que se someta el promotor al tiempo de presentar su solicitud.
- CC-. Corresponderá al Juzgado de Primera Instancia del domicilio del promotor o al del lugar en que se encuentren los bienes a que afecte el expediente.
- DD-. Vendrá fijada por el precepto correspondiente en cada caso, sin que quepa modificarla por sumisión expresa o tácita.
2020.-El Ministerio Fiscal intervendrá en los expedientes de jurisdicción voluntaria:
- AA-. En los casos en que solicite su informe el Juez o Secretario Judicial (actual Letrado de la Administración de Justicia) que deba resolver el expediente.
- BB-. Con carácter general, salvo que la Ley disponga lo contrario.
- CC-. Cuando afecten al estado civil o condición de la persona.
- DD-. Únicamente en los casos en que la Ley expresamente así lo declare.
2121.-Cuando el Secretario Judicial advierta la existencia de defectos u omisiones en las solicitudes presentadas:
- AA-. Dará un plazo de cinco días para proceder a su subsanación.
- BB-. Procederá sin más trámite al archivo de la solicitud.
- CC-. No obstante, las admitirá concediendo el plazo de subsanación que proceda.
- DD-. Dará cuenta al Juez para que disponga su admisión o archivo.
2222.-La comparecencia a través de la que se sustancian los expedientes de jurisdicción voluntaria se celebrará ante el Juez o el Secretario Judicial dentro de los:
- AA-. Treinta días siguientes a la admisión de la solicitud.
- BB-. Quince días siguientes a la admisión de la solicitud.
- CC-. Treinta días siguientes a la citación a los interesados.
- DD-. Diez días siguientes a la citación a los interesados.
2323.-Cuando alguno de los interesados formule oposición en un expediente de jurisdicción voluntaria:
- AA-. Se hará contencioso el expediente, continuando su tramitación por las reglas del juicio verbal.
- BB-. Se dictará auto decretando su archivo, sin más trámites.
- CC-. Se resolverá sin ulterior sustanciación por el Juez o el Secretario Judicial, en su caso.
- DD-. No se hará contencioso el expediente, ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la Ley expresamente lo prevea.
2424.-Cuando el expediente afecte a intereses de un menor o persona con capacidad modificada judicialmente, ¿en qué momento procesal se practicarán las diligencias relativas a dichos intereses?:
- AA-. En el mismo acto de la comparecencia o dentro de los cinco días siguientes.
- BB-. En el mismo acto de la comparecencia las que se decreten de oficio, y dentro de los diez días siguientes las que solicite el Ministerio Fiscal.
- CC-. En el mismo acto de la comparecencia o, si no fuere posible, en los diez días siguientes, tanto las que se acuerden de oficio como a instancia del Ministerio Fiscal.
- DD-. En el mismo acto de la comparecencia, o en los diez días siguientes únicamente las que decrete el Juez de oficio.
2525.-Las resoluciones definitivas dictadas por el Juez en los expedientes de jurisdicción voluntaria:
- AA-. Podrán ser recurridas en reposición.
- BB-. Podrán ser recurridas en reposición y ulterior apelación.
- CC-. Podrán ser recurridas en apelación.
- DD-. No serán susceptibles de ulterior recurso.
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- Quiz on Tema 19 Cuestionario B, created by Alvaro Paraiso Garcia on 03/07/2016.
- Author
- Alvaro Paraiso Garcia
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- Español
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