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Fichas

Tema 25 (8)

Fausto Gómez GENERAL Español 26 fichas

Tema 25 (8)

Fichas del conjunto (26)

  1. 1Regímenes de municipios-COMÚN
    -Gran Población:
    Municipios con población superior a 250.000 habitantes
    Capitales de provincia con población superior a 175.000 habitantes
    Municipios capitales de provincia, capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas
    Municipios con población superior a 75.000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales
  2. 2Estructura organizativa comúnEstructura organizativa común
  3. 3EL ALCALDEElección del Alcalde: se regula en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. En la sesión que se constituye la Corporación se elegirá al Alcalde/Presidente por parte de los concejales electos. Los candidatos son los cabeza de sus correspondientes listas electorales, si alguien obtiene la mayoría absoluta de los votos, será proclamado electo, ahora bien, si no obtiene la mayoría absoluta, será proclamado electo el cabeza de la lista más votada, y si hubiera empate se resuelve por sorteo.
    En los municipios comprendidos entre 100 y 250 habitantes pueden ser candidatos a Alcalde todos los Concejales y el proceso de elección es igual al del apartado anterior.
    Los Alcaldes Pedáneos son elegidos directamente por el vecindarios de la correspondientes entidad local por sistema mayoritario.
    Los Alcalde de Madrid y Barcelona tendrán el tratamiento de Excelencia, los de las otras capitales de provincia el tratamiento de Ilustrísima y los de los municipios restantes el de Señoría.
  4. 4Toma de Posesión:Tomará posesión ante en Pleno .Si no se haya presente en la sesión de constitución será requerido para tomar posesión en 48 horas máximo. Jurará o prometerá el cargo ante el Ayuntamiento Pleno.
  5. 5Renuncia:El Alcalde puede renunciar al cargo sin perder por ello la condición de concejal. Debe renunciar por escrito ante el Pleno.
  6. 6Vacante:Lo será por renuncia de su titular, fallecimiento o sentencia firme. La sesión extraordinaria para la elección de nuevo alcalde se hará dentro de los 10 días posteriores a la aceptación de la renuncia por el Pleno, fallecimiento o notificación de sentencia.
  7. 7Moción de Censura:El Alcalde puede ser destituido mediante moción de censura. Ésta debe proponerse por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación debiendo incluir un candidato a la Alcaldía. El candidato quedará proclamado Alcalde si la moción de censura prospera con mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
    Ningún concejal puede firmar más de una moción durante su mandato.
  8. 8Cuestión de confianza:El Alcalde puede plantear una cuestión de confianza vinculada a la aprobación o moción de:
    Los presupuestos anuales. El reglamento orgánico. Las ordenanzas fiscales.
    La aprobación que ponga fin a la tramitación de instrumentos de planteamiento general de ámbito municipal.
    Si la cuestión de confianza no se aprueba por falta de votos el Alcalde será cesado quedando en funciones hasta la toma de posesión de su sucesor. El nuevo Alcalde se elegirá en sesión plenaria convocada para las 12 horas del décimo día hábil tras la votación.
    No se planteará más de una cuestión de confianza por año ni más de dos durante todo el mandato. Tampoco se podrá plantear el último año del mandato.
  9. 9El Alcalde preside la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones:El Alcalde preside la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones:
  10. 10El Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones quitado el caso de:Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local
    Decidir los empates con el voto de calidad
    La concertación de operaciones de crédito
    El mando superior de todo el personal
    La separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral.
    Dictar bandos
    Dirección y gobierno y administración municipal.
    Adoptar medidas en caso de catástrofe o infortunio público
  11. 11Las delegaciones pueden ser:Genéricas. Se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver actos administrativos que afecten a terceros.
    Especiales.- El Alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier Concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. Las delegaciones especiales podrán ser de tres tipos:
    Relativas a un proyecto o asunto determinado
    Relativas a un determinado servicio
    Relativas a un distrito o barrios
  12. 12LOS CONCEJALES / ELS REGIDORSSon elegidos por los vecinos del municipio a través de sufragio universal, igual, libre, directo y secreto.
    El número de concejales a elegir se hace según las siguientes escalas:
    Hasta 250 residentes…………………...........5 regidores
    De 251 a 1.000 residentes……………………7 regidores
    De 1.001 a 2.000 residentes………………...9 regidores
    De 2.001 a 5.000 residentes……….........11 regidores
    De 5.001 a 10.000 residentes……………..13 regidores
    De 10.001 a 20.000 residentes…………...17 regidores
    De 20.001 a 50.000 residentes………..….21 regidores
    De 50.001 a 100.000 residentes………....25 regidores
    100.001 en lo sucesivo residentes 1 regidor por cada 100.000 residentes o fracción añadiendo uno más si el resultado es par.
    En Palma hay 29 concejales
  13. 13Son electoresSon electores los españoles mayores de edad. Los extranjeros residentes en España cuyos países permiten el voto a españoles. Los residentes extranjeros que sin haber obtenido la nacionalidad española tengan la condición de ciudadanos de la Unión europea y hayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho al sufragio.
  14. 14Son elegiblesSon elegibles los españoles mayores de 18 años que no se encuentren incursos en alguna de la causas de ilegibilidad. También los ciudadanos de la Unión Europea o de países que otorguen a los ciudadanos españoles el derecho a ser elegidos y reúnan los requisitos para ser elegidos.
  15. 15Los concejales /regidors explicaciónLos concejales /regidors explicación
  16. 16LOS TENIENTES DE ALCALDELOS TENIENTES DE ALCALDE
  17. 17EL PLENO DEL AYUNTAMIENTOEl Pleno Municipal está integrado por todos los Regidores y presidido por el Alcalde del Ayuntamiento.
  18. 18Son atribuciones del Pleno:Son atribuciones del Pleno:
  19. 19LA JUNTA DE GOBIERNO LOCALLa Junta de Gobierno Local está integrada por el Alcalde, que la preside y los regidores nombrados por él. El número de concejales de la Comisión de Gobierno no podrá superar la tercera parte del número legal de miembros de la Corporación. El Alcalde podrá cesar libremente, en cualquier momento, a los miembros de la Comisión de Gobierno
    Son atribución de la Junta de Gobierno Local:
    La asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones. A tal fin, la Junta de Gobierno Local, será informada de todas las decisiones del Alcalde.
    Las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le otorguen las leyes.
  20. 20Los concejales delegados.Por decreto de alcaldía se les encomienda la gestión de una área de competencias, que puede implicar asimismo facultades por dictar resoluciones administrativas.
  21. 21Comisiones informativas o de pleno.Son órganos colectivos con representación proporcional a todos los grupos políticos que tienen principalmente la función de informar, estudiar y consultar los asuntos de competencia del pleno. Pueden ser permanentes o especiales
  22. 22Representantes del Alcalde en barrios, núcleos de población o similar.Son personas nombradas por el Alcalde de entre los vecinos con funciones de representación que pueden asumir las funciones que el Alcalde les encomiende.
  23. 23Consejos sectoriales.Tienen una composición basada en la representatividad de las entidades y asociaciones del municipio. Tienen función de informe y estudio de las actuaciones municipales y son la forma habitual de canalizar la participación ciudadana y de las asociaciones en la gestión municipal.
  24. 24Órganos de desconcentración o descentralización.Son figuras que pueden crear los ayuntamientos para mejorar o agilizar la gestión ordinaria de las competencias o acercar los servicios a los ciudadanos.
  25. 25Peculiaridades de los municipios de gran poblaciónPeculiaridades de los municipios de gran población
  26. 26La Comisión de GobiernoLa Comisión de Gobierno se integra por el alcalde o presidente y un número de concejales o diputados no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al pleno. Corresponderá a la misma la asistencia al alcalde o presidente y las atribuciones que el alcalde o presidente u otro órgano municipal o provincial le delegue, o le atribuyan las leyes. Sus sesiones no son públicas.
    Los miembros de la Comisión de Gobierno pueden ejercer, por delegación, las competencias del alcalde o presidente y, de entre sus miembros se eligen los tenientes de alcalde y los vicepresidentes.

Información

Descripción
GENERAL Fichas sobre Tema 25 (8), creado por Fausto Gómez el 31/10/2018.
Creado por
Fausto Gómez · oct 2018
Actualizado
31 oct 2018
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