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Mapa mental

Art. 16.- Libre desarrollo de la personalidad

Yaya Fernández Derecho Español

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Art. 16.- Libre desarrollo de la personalidad

  1. "Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico"

    • ¿Quién otorga tal derecho?
      • El art. 13 Constitucional nos dice que: "Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos" es decir, la norma suprema es quien le otorga a cada persona que tiene derecho a expresarse conforme lo sienta ya que todos nacemos libres e iguales ante la ley.
        • Es por ello que en colombia se respeta:
          • Libertad de culto (art. 19. C.N. 91)
            • Libertad de conciencia (art. 18. C.N. 91)
              • Libertad de Locomoción (art. 24. C.N. 91)
                • Libertad de Expresión (art. 20. C.N. 91)
                  • El Estado garantiza la libre expresión por cualquier medio de comunicación con el fin de informar a la comunidad y así mismo los medios de comunicación no serán censurados.
                • Todas las personas tienen derecho a circular libremente por el territorio colombiano excepto las restricciones que establezca la ley.
              • Nadie será molestado por pensamientos distintos, ni juzgado por tener ideologías distintas a los demás, de esa misma forma no puede ser obligado a actuar contra ellas.
            • Todas las personas tienen derecho a profesar la religión que les guste y así mismo difundir información que derive de la religión.
    • Pero ¿Qué es el libre desarrollo de la personalidad?
      • La sentencia C=588/92 nos dice que: "Toda persona, en ejercicio de su libertad debe poder optar sin coacciones y de manera ajena a estímulos establecidos por el legislador" lo que nos indica que aunque la norma establezca derechos en concreto siempre y cuando se cumpla la condición estipulada en la ley, no por ello la persona debe obligarse a cumplirla si no quiere.
      • La sentencia C= 176/93 indica que "el libre desarrollo de la persona se traduce en la libertad de opción y de toma de decisiones de la persona , siempre que no se alteren, como la misma norma lo establece, los derechos de los demás y el orden jurídico"
    • ¿Cuales serían las limitaciones existentes?
      • la norma así como otorga derechos también otorga deberes, es por ello que existen normas como el código Nacional de Policía y Convivencia, cuyo objetivo es "de carácter preventivo y busca establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas" (art. 1, ley 1801/16)
    • Orden jurídico
      • Entiéndase por orden jurídico el sistema normativo por medio del cual se pretende regular el comportamiento de la sociedad todas las disposiciones legales que expresa la norma

Información

Descripción
Explicación del Art. 16 de la Constitución Política de Colombia de 1991
Creado por
Yaya Fernández
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