¡GoConqr estrena diseño! Cuéntanos qué te parece.

Mapa mental

Consejo de Estado

ALEJANDRA TORRES PIRAGAUTA ALEJANDRA TORRES PIRAGAUTA Español

Contenido del mapa

Consejo de Estado

  1. El Consejo de Estado es el máximo Órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que resuelve los procesos que involucran al Estado y a los particulares, o los procesos que involucran a dos Entidades Estatales; además cumple una función consultiva pues es el órgano al que debe recurrir el Gobierno antes de tomar ciertas decisiones, para saber de su consejo, dictamen u opinión en ciertos asuntos.

    • 31 Magistrados Sala Plena
      • Sala de lo contencioso Administrativo (27)
        • Secciones (5)
          • SECCIÓN PRIMERA
            • Integrada por 4 magistrados (Ley 1437/2011, art. 110). * Sus funciones están establecidas en el Reglamento del Consejo de Estado. Entre otras: * Procesos de simple nulidad y de nulidad y restablecimiento que no sean asignados a otras secciones. * Recurso extraordinario de revisión sobre sentencias de única instancia de Tribunales. * Recurso extraordinario de revisión sobre sentencias de Tribunales sobre pérdidas de investidura. * Controversias en materia ambiental. * Las demás de carácter administrativo para los cuales no exista regla especial de competencia.
          • SECCIÓN SEGUNDA
            • Se divide en dos subsecciones: * SUBSECCIÓN A: * Integrada por 3 magistrados. * SUBSECCIÓN B: * Integrada por 3 magistrados. * Está integrada por 9 magistrados (Ley 1437/2011, art. 110). * Sus funciones están establecidas en el Reglamento del Consejo de Estado. Entre otras: * Conocer de los procesos de simple nulidad y de nulidad y restablecimiento del derecho que versen sobre asuntos laborales. * Procesos contra actos de naturaleza laboral expedidos por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.
          • SECCIÓN TERCERA
            • Se divide en tres subsecciones: * SUBSECCIÓN A: * Integrada por 3 magistrados. * SUBSECCIÓN B: * Integrada por 3 magistrados. * SUBSECCIÓN C: * Integrada por 3 magistrados. * Está integrada por 9 magistrados (Ley 1437/2011, art. 110). * Sus funciones están establecidas en el Reglamento del Consejo de Estado. Entre otras: * Las controversias de naturaleza contractual
          • SECCIÓN CUARTA
            • Está integrada por 4 magistrados (Ley 1437/2011, art. 110). * Sus funciones están establecidas en el reglamento del Consejo de Estado, Entre otras: * Procesos de simple nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho relacionadas con impuestos y contribuciones Fiscales y parafiscales, excepto las tasas. * Procesos relacionados con los actos administrativos que se dicten para la enajenación de la participación del Estado en una sociedad o empresa. * Recursos extraordinarios de revisión de sentencia que dicten los Tribunales en asuntos relacionados con la competencia de esta Sección. * Acciones de nulidad y restablecimiento contra las resoluciones que fallen las excepciones y ordenen llevar adelante la ejecución en los procesos de cobro administrativo.
          • SECCIÓN QUINTA
            • Está integrada por 4 magistrados (Ley 1437/2011, art. 110). * Sus funciones están establecidas en el reglamento del Consejo de Estado, Entre otras: * Procesos de simple nulidad y de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos de contenido electoral, distintos de los de carácter laboral. * Procesos electorales relacionados con elecciones o nombramientos * Recursos extraordinario de revisión contra sentencia de carácter electoral, dictadas en única instancia por los Tribunales Administrativos. * Recursos, incidentes y demás aspectos relacionados con los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva.
        • Acciones de Nulidad, de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, Acción de Reparación Directa, Acción de Controversias Coontractuales, y Acciones Electorales
      • Sala Civil (4)
        • Consultas sobre asuntos juridícos que le presente el estado
      • 1. Elegir los Consejeros para proveer los nuevos cargos que se creen, llenar las vacantes de conformidad con la Constitución y la ley. 2. Elegir al Secretario General, y demás empleados de la Corporación, con excepción de los de las Salas, Secciones y Despachos, los cuales serán designados por cada una de aquéllas o por los respectivos Consejeros. 3. Elegir, conforme a la ley, a los miembros del Consejo Nacional Electoral. 4. Proveer las faltas temporales del Contralor General de la República. 5. Distribuir, mediante Acuerdo, las funciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo que no deban ser ejercidas en pleno, entre las Secciones que la constituyen, con base en un criterio de especialización y de volumen de trabajo. 6. Integrar las comisiones que deba designar, de conformidad con la ley o el reglamento. 7. Hacer la evaluación del factor cualitativo de la calificación de servicios de los Magistrados de los Tribunales Administrativos, que servirá de base para la calificación
  2. Funciones

    • Artículo 237. Son atribuciones del Consejo de Estado: 1. Desempeñar las funciones de tribunal supremo de lo contencioso administrdeterminen.ativo, conforme a las reglas que señale la ley. 2. Conocer de las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional. 3. Actuar como cuerpo supremo consultivo del Gobierno en asuntos de administración, debiendo ser necesariamente oído en todos aquellos casos que la Constitución y las leyes
      • En los casos de tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, de estación o tránsito de buques o aeronaves extranjeros de guerra, en aguas o en territorio o en espacio aéreo de la nación, el gobierno debe oír previamente al Consejo de Estado. 4. Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la Constitución y proyectos de ley. 5. Conocer de los casos sobre pérdida de la investidura de los congresistas, de conformidad con esta Constitución y la ley. 6. Darse su propio reglamento y ejercer las demás funciones que determine la ley. lo corregido por el artículo 1° del Decreto 3259 de 2009. El nuevo texto es el siguiente: Artículo 8°. El artículo 237 de la Constitución Política tendrá un nuevo numeral, así: Conocer de la acción de nulidad electoral con sujeción a las reglas de competencia establecidas en la ley.

Información

Descripción
Organigrama de la Rama Jurisdiccional de Colombia
Visitas
0
Historial
  • Creado por Angel Páez Campos · 31 ago 2014
  • Copiado por ALEJANDRA TORRES PIRAGAUTA ALEJANDRA TORRES PIRAGAUTA · 4 abr 2017
Valoración

Escríbenos

¿Sobre qué es tu mensaje?

¿Qué te parece el nuevo diseño?

¿Te gusta?