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Mapa mental

Consentimiento Informado

ZAIRA RENDON Español

Contenido del mapa

Consentimiento Informado

  1. Concepto

    • Trascendencia
      • La actividad médico-quirúrgica
        • se justifica en sí misma por el fin de curar, reconocido por el Estado mediante un monopolio profesional
      • El consentimiento no es causa de justificación de una intervención;
        • ésta sólo queda justificada sobre la base de la afirmación anterior.
      • No intervenir en caso necesario puede responsabilizar al médico por omisión de socorro
        • Pero practicar una intervención o tratamiento no necesarios de forma inexcusable contra la voluntad del enfermo o de su representante legal
          • significaría violencia sobre la persona del enfermo
    • significa acción y efecto de consentir.
      • Se entiende por consentimiento, el permitir o conceder una cosa, o la existencia de conformidad de voluntad entre partes.
    • el acuerdo entre dos voluntades.
  2. CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LAS ACTUACIONES MÉDICAS

    • se fundamenta en la necesidad de curar, pero toda actuación médica, diagnostica o terapéutica, supone la vulneración de algún bien jurídicamente protegido
      • La integridad física
      • La libertad (internamientos en hospitales).
      • La intromisión en su intimidad
      • están salvaguardados por la Ley, y el Estado tiene el deber de protegerlos y de defender al individuo contra su agresión
        • Son objeto deprotección penal y civil y, su vulneración origina responsabilidades penales y civiles
          • si el acto médico no se califica como delito, lo es porque se dan dos circunstancias:
            • El obrar en el ejercicio de un oficio o cargo, para el que se está legítimamente capacitado (título de médico).
            • El contar con el consentimiento del enfermo, libre y válidamente expresado con anterioridad al acto médico
  3. REQUISITOS Y EXCEPCIONES EN LA PRESTACIÓN DEL CONSENTIMIENTO

    • se exigen fundamentalmente:
      • Los requisitos de capacidad
      • Libertad del sujeto,
      • Disponibilidad del objeto por parte del titular
      • Que la causa sea licita
    • Elementos
      • Capacidad
        • Es la aptitud para realizar actos con trascendencia jurídica.
          • circunstancias, en las que esta capacidad puede estar limitada o anulada;
            • en estos casos el consentimiento lo prestaran otras personas, veamos algunos de estas situaciones.
      • Objeto del consentimiento y deber de información del médico
        • determinar el objeto del consentimiento
        • el paciente conozca ese objeto y se encuentre suficientemente informado sobre ello
        • para que su consentimiento pueda ser considerado válido.
        • El objeto del consentimiento; es el acto médico al que el enfermo va a ser sometido, realizado conforme a la lex artis.
          • Se le debe dar al enfermo, familiares y allegados información completa incluyendo diagnóstico, pronostico y alternativas de tratamiento.
            • Lo que se pretende hacer y por qué.
            • Los riesgos que entraña.
            • • Las ventajas que se esperan alcanzar.
            • Las posibles alternativas con sus ventajas e inconvenientes.
            • la información que proporciona el médico a su paciente debe ser matizada en consideración a su finalidad
      • Causa del consentimiento. Necesidad del consentimiento.
        • no basta el consentimiento para iniciar un tratamiento, bien sea por prohibición directa de una ley, bien por disposición administrativa.
          • se considera reprobable y contrario a la ética medica emprender o continuar acciones terapéuticas sin esperanzas
            • Se admite que en caso de enfermedad incurable y terminal
              • o intente aliviar los dolores físicos y morales del enfermo
                • manteniendo en todo lo posible la calidad de vida que se agota y asistiendo al enfermo hasta el final.
      • Forma del consentimiento
        • El consentimiento del paciente debe ser expreso y por escrito
          • debe ser concreto
      • Tiempo del consentimiento
        • Debe coincidir con el momento de la acción
        • no es válido el consentimiento dado en una ocasión determinada para actos que vayan a efectuarse bastante tiempo después
      • Excepciones
        • supuestos en los que el consentimiento no es necesario para intervenir
          • El consentimiento es imprescindible, excepto:
            • Cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud pública
            • Cuando la urgencia del caso no permita demoras por poderse ocasionar lesiones irreversibles o existir peligro de muerte
            • Cuando la no actuación médica suponga un riesgo para la salud pública o para terceros
              • estas medidas deben tener por objeto proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro
              • controlar las enfermedades transmisibles lo que puede tener como consecuencias la orden de practicar reconocimientos
            • En casos de urgencias
              • presupuestos que obligarían al deber de socorro: persona desamparada y en peligro grave y manifiesto.
            • Cuando se ha dado el consentimiento para una actuación médica y se plantea otra conexa en la misma.
              • caso de las intervenciones quirúrgicas en las que el cirujano encuentra una patología
                • íntimamente relacionada con la anterior, que será absolutamente necesario abordar en breve plazo, que no supondrá una mutilación resultante distinta a aquella para la que se consintió

Información

Descripción
Mapa Mental sobre Consentimiento Informado, creado por ZAIRA RENDON el 10/08/2020.
Creado por
ZAIRA RENDON · ago 2020
Actualizado
10 ago 2020
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