¡GoConqr estrena diseño! Cuéntanos qué te parece.

Mapa mental

EMBARGO DENTRO DEL PAE

Silvia Alicia Alcantar Aviles Inglés

Contenido del mapa

EMBARGO DENTRO DEL PAE

  1. Procederá el embargo precautorio cuando el contribuyente:

    • Haya desocupado el domicilio fiscal sin haber presentado el aviso de cambio de domicilio, después de haberse emitido la determinación respectiva.
    • Se oponga a la práctica de la notificación de la determinación de los créditos fiscales correspondientes.
    • Tenga créditos fiscales que debieran estar garantizados y no lo estén o la garantía resulte insuficiente, excepto cuando haya declarado, bajo protesta de decir verdad, que son los únicos bienes que posee.
      • Cuando se habla de garantia de interes fiscal el codigo establece que podra ser a traves de:
        • Dinero o carta crédito (la expide un banco). Prenda o hipoteca (empeño). Fianza (lo hacen a través de una afianzadora). Obligación solidaria (aval o tercero responsable). Embargo en la vía administrativa (a solicitud del contribuyente). Títulos de valor (acciones, obligaciones)
          • Se llevara a cabo la garantia cuando:
            • Se solicito suspensión del PAE (mediante medio de defensa). Se solicito prorroga para pago. O se solicito aplicación de un producto (el bien señalado ya estaba embargado y no hay más bienes)
  2. Monto

    • La autoridad trabará el embargo precautorio hasta por un monto equivalente a las dos terceras partes de la contribución o contribuciones determinadas incluyendo sus accesorios.
      • La autoridad que practique el embargo precautorio levantará acta circunstanciada en la que precise las razones por las cuales realiza el embargo, misma que se notificará al contribuyente en ese acto.
  3. Orden que debe de seguirse al momento de ejecutarse el embargo:

    • Bienes inmuebles.- El contribuyente o la persona con quien se entienda la diligencia, deberá manifestar, bajo protesta de decir verdad, si dichos bienes reportan cualquier gravamen real, embargo anterior, se encuentran en copropiedad o pertenecen a sociedad conyugal alguna.
    • Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios y, en general, créditos de inmediato y fácil cobro a cargo de entidades o dependencias de la Federación, estados y municipios y de instituciones o empresas de reconocida solvencia.
    • Derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas; patentes de invención y registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y avisos comerciales.
    • Dinero y metales preciosos.
    • Obras artísticas, colecciones científicas, joyas, medallas, armas, antigüedades, así como instrumentos de arte y oficios, indistintamente.
    • Depósitos bancarios
    • La negociación del contribuyente.
    • Los bienes muebles no comprendidos en las fracciones anteriores.
  4. Embargo de cuentas bancarias

    • Procedimientio.- Se notifica a la comisón bancaria. Se debe inmovilizar a más tardar el 3er día. Entidad financiera debe notificar de la inmovilización y el monto a más tardar 3er día a la autoridad
    • Si se inmovilizo una cantidad mayor, la autoridad notifica a la entidad financiera (3 días), ademas la entidad finaniera deberá liberar el monto embargado en exceso al 3er día
      • Se suspende el proceso de inmobiliación cuando haya cesado la conducta que dio origen al embargo o se haya interpuesto medio de defensa
  5. Depositario

    • La figura de depositario consiste en que los bienes se le coloca una señal de embargo visible, no se pueden mover y/o enajenar y en algunos casos no se pueden usar
      • Depositaria infiel = es cuando el responsable (depositario) no cumple con el encargo y puede significar un delito de índole penal
        • El contribuyente que actúe como depositario, deberá rendir cuentas mensuales a la autoridad fiscal competente respecto de los bienes que se encuentren bajo su custodia

Información

Descripción
Mapa Mental sobre EMBARGO DENTRO DEL PAE, creado por Silvia Alicia Alcantar Aviles el 29/10/2020.
Creado por
Silvia Alicia Alcantar Aviles · oct 2020
Actualizado
29 oct 2020
Visitas
0
Valoración

Escríbenos

¿Sobre qué es tu mensaje?

¿Qué te parece el nuevo diseño?

¿Te gusta?