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Tema 1
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Preguntas del test (109)
1Desde un punto de vista [blank_start]material[blank_end], una constitución establece los [blank_start]principios[blank_end] fundamentales que deben regir el orden [blank_start]político[blank_end], social y económico de la sociedad en la que se aplica. Esto es, contiene las [blank_start]reglas[blank_end] básicas de [blank_start]funcionamiento[blank_end] de una sociedad que se dota a sí misma de una norma [blank_start]superior[blank_end] bajo la que se articula toda la [blank_start]estructura[blank_end] económica, social y política.
- Amaterial
- Bsuperior
- Cprincipios
- Dpolítico
- Ereglas
- Ffuncionamiento
- Gestructura
2Las constituciones pueden clasificarse en función de [blank_start]origen[blank_end] (pactada, [blank_start]aprobada[blank_end] por una asamblea [blank_start]representativa[blank_end] popular, otorgada o [blank_start]impuesta[blank_end]), del [blank_start]procedimiento[blank_end] para su reforma ([blank_start]rígida[blank_end] o flexible), de la [blank_start]forma de gobierno[blank_end] (republicana o [blank_start]monárquica[blank_end]), de su forma externa (breve o [blank_start]extensa[blank_end], [blank_start]escrita[blank_end] o no escrita, [blank_start]codificada[blank_end] o abierta [texto [blank_start]unificado[blank_end] o disperso], de la [blank_start]estructura[blank_end] territorial del poder (unitaria, federal, [blank_start]autonómica[blank_end]).
- Aorigen
- Baprobada
- Cimpuesta
- Dprocedimiento
- Erígida
- Fforma de gobierno
- Gmonárquica
- Hextensa
- Iescrita
- Jcodificada
- Kunificado
- Lestructura
- Mrepresentativa
- Nautonómica
3Son antecedentes de la CE:
- La constitución de [blank_start]1812[blank_end], primer texto constitucional y el más extenso.
- El estatuto [blank_start]real[blank_end] de [blank_start]1834[blank_end]
- La constitución de [blank_start]1837[blank_end]
- La constitución de [blank_start]1845[blank_end]
- La constitución de [blank_start]1869[blank_end]
- La constitución de 1876
- La constitución de [blank_start]1931[blank_end]
Su aparición sigue un efecto [blank_start]péndulo[blank_end], de suerte que a una constitución liberal le sucede una [blank_start]conservadora[blank_end] y viceversa.- A1812
- B1834
- Creal
- D1837
- E1845
- F1869
- G1931
- Hpéndulo
- Iconservadora
4Entre el inicio de la [blank_start]Guerra[blank_end] Civil y la [blank_start]muerte[blank_end] de Franco no existe una constitución propiamente dicha, sino Leyes [blank_start]Fundamentales[blank_end], [blank_start]normas[blank_end] estatales de [blank_start]ordenación[blank_end] del Estado.
- AGuerra
- Bmuerte
- CFundamentales
- Dordenación
- Enormas
5El 20 de [blank_start]noviembre[blank_end] de [blank_start]1975[blank_end] muere Franco y el desaparecido [blank_start]Consejo de Regencia[blank_end] asume la [blank_start]Jefatura del Estado[blank_end].
- Anoviembre
- B1975
- CConsejo de Regencia
- DJefatura del Estado
6El [blank_start]22[blank_end] de noviembre de 1975 Don Juan Carlos I es proclamado [blank_start]Rey de España[blank_end] y confirma en su puesto al presidente del gobierno [blank_start]franquista[blank_end], Arias [blank_start]Navarro[blank_end].
- A22
- BRey de España
- Cfranquista
- DNavarro
7El [blank_start]1[blank_end] de julio de [blank_start]1976[blank_end] Arias Navarro presenta su [blank_start]dimisión[blank_end] al Rey y [blank_start]Adolfo Suárez[blank_end] es nombrado presidente del gobierno.
- A1
- B1976
- Cdimisión
- DAdolfo Suárez
8El [blank_start]15[blank_end] de diciembre de [blank_start]1976[blank_end] se somete a [blank_start]referéndum[blank_end] la Reforma [blank_start]Política[blank_end]. Tras su aprobación, el [blank_start]4[blank_end] de [blank_start]enero[blank_end] de 1977 es promulgada la Ley para la [blank_start]REFORMA POLÍTICA[blank_end], tácita [blank_start]derogación[blank_end] del anterior régimen franquista.
- A15
- B1976
- Creferéndum
- DPolítica
- E4
- Fenero
- GREFORMA POLÍTICA
- Hderogación
9El [blank_start]15[blank_end] de [blank_start]Junio[blank_end] de 1977 se celebran en España las primeras [blank_start]elecciones democráticas[blank_end], tras las que se forman las [blank_start]Cortes Generales[blank_end] y se inicia el procedimiento de [blank_start]elaboración[blank_end] de la CE.
- A15
- BJunio
- Celecciones democráticas
- DCortes Generales
- Eelaboración
10La transición es la sucesión de [blank_start]3[blank_end] años de continuos movimientos de [blank_start]adaptación[blank_end] social con la característica de la voluntad de todas las fuerzas [blank_start]sociales[blank_end] de encontrar un marco de [blank_start]convivencia[blank_end] para todos.
- A3
- Badaptación
- Csociales
- Dconvivencia
11Características de la CE:
-Es [blank_start]extensa[blank_end], con [blank_start]169[blank_end] artículos y más de [blank_start]17000[blank_end] palabras. Voluntad de abarcar el mayor número de puntos que pudieran quedar [blank_start]blindados[blank_end] por la [blank_start]supremacía[blank_end] jerárquica de la CE.
- [blank_start]Rígida[blank_end]
- Inacabada y [blank_start]ambigua[blank_end], remitiendo demasiadas ocasiones a [blank_start]normas de desarrollo[blank_end]
- De aplicabilidad [blank_start]directa e inmediata[blank_end]
- Derivada de las influencias recibidas [blank_start]en su redacción[blank_end]
- Define un sistema político democrático [blank_start]parlamentario[blank_end] clásico o democracia [blank_start]occidental[blank_end]
- Fruto de la [blank_start]conciliación[blank_end] y el compromiso [blank_start]ideológico[blank_end], con voluntad de crear una constitución [blank_start]de nueva planta[blank_end] y no reformar leyes anteriores, sobre todo en la [blank_start]regulación de la monarquía parlamentaria[blank_end] o la descentralización [blank_start]territorial[blank_end]. En puntos donde no se alcanzó [blank_start]consenso[blank_end], se optó por fórmulas [blank_start]abiertas[blank_end].- Aextensa
- B169
- C17000
- Dblindados
- Esupremacía
- Fambigua
- Gnormas de desarrollo
- Hdirecta e inmediata
- IRígida
- Jen su redacción
- Koccidental
- Lconciliación
- Mideológico
- Nde nueva planta
- Oregulación de la monarquía parlamentaria
- Pterritorial
- Qabiertas
- Rparlamentario
- Sconsenso
12La CE se compone de [blank_start]tres[blank_end] bloques. El primero es el [blank_start]Preámbulo[blank_end], que no tiene fuerza [blank_start]jurídica[blank_end]. El segundo bloque o parte [blank_start]dogmática[blank_end] integra los títulos [blank_start]Preliminar[blank_end] y [blank_start]I[blank_end]. El tercer bloque o parte [blank_start]orgánica[blank_end], se compone por los restantes títulos ([blank_start]del II al X[blank_end]) aunque parte de la doctrica considera que el último título, dedicado a la [blank_start]reforma constitucional[blank_end], constituye en sí mismo un bloque. La CE cuenta además con [blank_start]4[blank_end] disposiciones adicionales, [blank_start]9[blank_end] transitorias, 1 [blank_start]derogatoria[blank_end] y 1 [blank_start]final[blank_end].
- Atres
- BPreámbulo
- Cjurídica
- Ddogmática
- EPreliminar
- FI
- Gorgánica
- Hdel II al X
- Ireforma constitucional
- J4
- K9
- Lderogatoria
- Mfinal
13El artículo [blank_start]10[blank_end] CE contiene los fundamentos del [blank_start]orden y la paz socia[blank_end]l ([blank_start]dignidad[blank_end] de la persona, derechos [blank_start]inviolables[blank_end] inherentes, libre desarrollo de la [blank_start]personalidad[blank_end], respeto [blank_start]a la Ley y a los derechos de los demás[blank_end]) y las normas de interpretación de los derechos recogidos en el Título [blank_start]I[blank_end]: Declaración Universal de los derechos humanos [blank_start]1948[blank_end], el [blank_start]Convenio[blank_end] Europeo para la protección de los derechos humanos de [blank_start]1950[blank_end], la Carta [blank_start]Social Europea[blank_end] de [blank_start]1961[blank_end] y el [blank_start]Pacto[blank_end] Internacional de Derechos [blank_start]Civiles[blank_end] y Políticos [blank_start]1966[blank_end].
- A10
- Borden y la paz socia
- Cdignidad
- Dinviolables
- Epersonalidad
- Fa la Ley y a los derechos de los demás
- GI
- H1948
- IConvenio
- J1950
- KSocial Europea
- L1961
- MPacto
- N1966
- OCiviles
14El artículo [blank_start]11[blank_end] CE establece:
1. La nacionalidad española se obtiene, se [blank_start]conserva[blank_end] y se pierde de acuerdo con lo establecido [blank_start]por la ley[blank_end]
2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad
3. El Estado podrá concertar [blank_start]tratados de doble nacionalidad[blank_end] con los países [blank_start]iberoamericanos[blank_end] o con aquellos que hayan tenido o tengan [blank_start]una especial vinculación con España[blank_end], en los que, aunque no se reconozca un derecho [blank_start]recíproco[blank_end] a sus ciudadanos, los españoles podrán [blank_start]naturalizarse[blank_end] sin perder su nacionalidad de [blank_start]origen[blank_end].- A11
- Bconserva
- Cpor la ley
- Dtratados de doble nacionalidad
- Eiberoamericanos
- Funa especial vinculación con España
- Grecíproco
- Hnaturalizarse
- Iorigen
15El artículo [blank_start]12[blank_end] CE establece la mayoría de edad a los [blank_start]18[blank_end] años.
- A12
- B18
16El artículo [blank_start]13[blank_end] CE establece:
1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades [blank_start]públicas[blank_end] recogidas en el Título [blank_start]I[blank_end].
2. Sólo los [blank_start]españoles[blank_end] serán titulares de los derechos recogidos en el artículo [blank_start]23[blank_end], salvo lo que, de acuerdo a lo establecido [blank_start]por tratado o ley[blank_end], y atendiendo al criterio de [blank_start]reciprocidad[blank_end], se establezca para el ejercicio de sufragio [blank_start]activo[blank_end] y pasivo (1992 modificado tras la ratificación por parte de España del Tratado de [blank_start]Maastricht[blank_end]) en las elecciones [blank_start]municipales[blank_end].
3. La extradición sólo podrá establecerse en los términos establecidos por ley o tratado y atendiendo al criterio de [blank_start]reciprocidad[blank_end]. Quedan excluidos de la extradición los delitos [blank_start]políticos[blank_end], no considerándose como tales los actos [blank_start]terroristas[blank_end].
4. Una [blank_start]ley[blank_end] establecerá los términos en que ciudadanos de otras nacionalidades y [blank_start]apátridas[blank_end] podrán gozar del derecho de [blank_start]asilo[blank_end] en España.- Aapátridas
- Basilo
- C13
- Dpúblicas
- EI
- Fespañoles
- G23
- Hpor tratado o ley
- Ireciprocidad
- Jactivo
- KMaastricht
- Lmunicipales
- Mreciprocidad
- Npolíticos
- Oterroristas
- Pley
17El [blank_start]Título X[blank_end] se dedica a la Reforma [blank_start]Constitucional[blank_end] y se compone de los artículos [blank_start]166[blank_end] a 169.
- ATítulo X
- BConstitucional
- C166
18El artículo [blank_start]166[blank_end] CE establece que la iniciativa para la reforma corresponde al [blank_start]Gobierno[blank_end], al Senado, al [blank_start]Congreso[blank_end] y a las Asambleas [blank_start]Legislativas[blank_end] de las CCAA, quedando excluida la iniciativa [blank_start]popular[blank_end] y la reforma durante los estados de [blank_start]alarma[blank_end], excepción y sitio.
- A166
- BGobierno
- CCongreso
- Dpopular
- ELegislativas
- Falarma
19El procedimiento [blank_start]extraordinario[blank_end] de reforma constitucional se regula en el artículo [blank_start]168[blank_end] CE. Este procedimiento será el [blank_start]procedente[blank_end] cuando se pretenda una revisión [blank_start]total[blank_end] de la CE o parcial que afecte al Título [blank_start]Preliminar[blank_end], al Capítulo [blank_start]Segundo[blank_end] - Sección [blank_start]Primera[blank_end] del Título [blank_start]I[blank_end] o al Título [blank_start]II[blank_end].
- Aextraordinario
- B168
- Cprocedente
- Dtotal
- EPreliminar
- FSegundo
- GPrimera
- HI
- III
20En el procedimiento extraordinario de reforma constitucional será necesaria mayoría de [blank_start]2/3[blank_end] de cada cámara, [blank_start]disolución[blank_end] de las Cortes, ratificación de las nuevas Cortes y estudio del nuevo [blank_start]texto constitucional[blank_end], nueva mayoría de [blank_start]2/3[blank_end] de cada cámara y [blank_start]referéndum[blank_end] para su ratificación.
- A2/3
- Bdisolución
- Ctexto constitucional
- D2/3
- Ereferéndum
21El artículo [blank_start]14[blank_end] CE establece que todos los españoles son [blank_start]iguales[blank_end] ante la Ley, sin que en ningún caso pueda haber discriminación por razón de [blank_start]nacimiento[blank_end], raza, sexo, [blank_start]religión[blank_end], opinión o cualquier otra circunstancia o [blank_start]condición[blank_end] [blank_start]personal[blank_end] o social.
- A14
- Biguales
- Cnacimiento
- Dreligión
- Epersonal
- Fcondición
22El artículo 14 CE constituye una declaración general de [blank_start]igualdad[blank_end] ante la [blank_start]ley[blank_end] y una prohibición [blank_start]expresa[blank_end] de cualquier tipo de [blank_start]discriminación[blank_end].
- Aigualdad
- Bley
- Cexpresa
- Ddiscriminación
23El artículo [blank_start]15[blank_end] CE establece que todos tienen derecho a la [blank_start]vida[blank_end] y a la integridad [blank_start]física[blank_end] y [blank_start]moral[blank_end], sin que puedan ser sometidos a [blank_start]torturas[blank_end] o tratos o penas [blank_start]inhumanas[blank_end] o degradantes, quedando abolida la pena de [blank_start]muerte[blank_end], salvo lo que las leyes [blank_start]penales[blank_end] militares puedan establecer para los tiempos de [blank_start]guerra[blank_end].
- A15
- Bvida
- Cfísica
- Dmoral
- Etorturas
- Finhumanas
- Gmuerte
- Hpenales
- Iguerra
24El artículo [blank_start]16[blank_end] CE garantiza la liberad [blank_start]ideológica[blank_end], [blank_start]religiosa[blank_end] y de culto de los [blank_start]individuos[blank_end] y las [blank_start]comunidades[blank_end]. El límite en sus [blank_start]manifestaciones[blank_end] será el [blank_start]necesario[blank_end] para el mantenimiento del orden [blank_start]público[blank_end].
- A16
- Bideológica
- Creligiosa
- Dindividuos
- Ecomunidades
- Fmanifestaciones
- Gnecesario
- Hpúblico
25El artículo 16 CE tiene repercusiones de carácter [blank_start]individual[blank_end], de suerte que nadie puede ser obligado a declarar sobre su [blank_start]ideología[blank_end], religión o [blank_start]creencias[blank_end], y [blank_start]estatales[blank_end], puesto que se establece un estado [blank_start]aconfesional[blank_end] donde ninguna confesión tendrá carácter [blank_start]estatal[blank_end].
- Aindividual
- Bideología
- Ccreencias
- Destatales
- Eaconfesional
- Festatal
26Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias [blank_start]religiosas[blank_end] de la sociedad [blank_start]española[blank_end] y mantendrán las consiguientes relaciones de [blank_start]cooperación[blank_end] con la [blank_start]Iglesia Católica[blank_end] y el resto de [blank_start]confesiones[blank_end].
- Areligiosas
- Bespañola
- Ccooperación
- DIglesia Católica
- Econfesiones
27El artículo [blank_start]17[blank_end] CE establece el derecho a la [blank_start]libertad[blank_end] y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los [blank_start]casos[blank_end] y [blank_start]formas[blank_end] previstas en ley (1).
2. La [blank_start]detención[blank_end] no podrá durar más del tiempo del necesario para la realización de las [blank_start]averiguaciones[blank_end] tendentes al [blank_start]esclarecimiento de los hechos[blank_end] y, en todo caso, en el plazo de [blank_start]72[blank_end] horas, el detenido deberá ser puesto en [blank_start]libertad[blank_end] o a [blank_start]disposición[blank_end] de la autoridad judicial.
3. El detenido tendrá derecho a ser informado de forma [blank_start]inmediata[blank_end] y comprensible de sus [blank_start]derechos[blank_end] y [blank_start]razones[blank_end] de detención, no pudiendo ser obligado a declarar y [blank_start]asistencia[blank_end] de abogado en diligencias [blank_start]policiales[blank_end] y judiciales.
4. La ley regulará el Habeas [blank_start]Corpus[blank_end], procedimiento para la [blank_start]inmediata[blank_end] puesta a disposición judicial de toda persona detenida [blank_start]ilegalmente[blank_end].- A17
- Blibertad
- Ccasos
- Dformas
- Edetención
- Faveriguaciones
- G72
- Hesclarecimiento de los hechos
- Ilibertad
- Jdisposición
- Kinmediata
- Lderechos
- Mrazones
- Nasistencia
- Opoliciales
- PCorpus
- Qinmediata
- Rilegalmente
28Será [blank_start]procedente[blank_end] el prodecimiento del Habeas Corpus, cuando se haya detenido a alguien sin que concurran los supuestos [blank_start]legales[blank_end] o sin haberse cumplido las [blank_start]formalidades[blank_end] y requisitos exigidos por las [blank_start]leyes[blank_end], cuando se haya internado al alguien [blank_start]ilícitamente[blank_end] en cualquier establecimiento o lugar, cuando permanezca detenido por plazo [blank_start]superior[blank_end] al señalado en las [blank_start]leyes[blank_end], o cuando al privado de libertad no se le respeten los derechos que la [blank_start]CE[blank_end] o las leyes [blank_start]procesales[blank_end] garantizan.
- Alegales
- Bformalidades
- Cleyes
- Dilícitamente
- Esuperior
- Fleyes
- GCE
- Hprocesales
- Iprocedente
29El artículo [blank_start]18[blank_end] CE establece el derecho al [blank_start]honor[blank_end], a la intimidad [blank_start]personal[blank_end] y familiar y la propia [blank_start]imagen[blank_end].
- A18
- Bhonor
- Cpersonal
- Dimagen
30El artículo 18 CE establece además:
[blank_start]2[blank_end]. La [blank_start]inviolabilidad[blank_end] del domicilio. Las entradas o registros sólo podrán hacerse por consentimiento del [blank_start]titular[blank_end], resolución [blank_start]judicial[blank_end] o [blank_start]flagrante[blank_end] delito.
3. El [blank_start]secreto[blank_end] de las comunicaciones, postales, [blank_start]telegráficas[blank_end] y telefónicas.
4. La ley limitará el uso de la [blank_start]informática[blank_end] para garantizar el [blank_start]honor[blank_end] y la intimidad personal y [blank_start]familiar[blank_end] de los ciudadanos.- A2
- Btitular
- Cinviolabilidad
- Djudicial
- Eflagrante
- Fsecreto
- Gtelegráficas
- Hinformática
- Ihonor
- Jfamiliar
31El artículo 17 CE en su punto [blank_start]4[blank_end] establece también que la [blank_start]ley[blank_end] determinará el plazo [blank_start]máximo[blank_end] de duración de la prisión [blank_start]provisional[blank_end].
- A4
- Bmáximo
- Cprovisional
- Dley
32El artículo [blank_start]19[blank_end] CE establece el derecho a elegir [blank_start]libremente[blank_end] su [blank_start]residencia[blank_end] y a [blank_start]circular[blank_end] por el territorio [blank_start]nacional[blank_end], así como a [blank_start]entrar[blank_end] y salir libremente de España en los términos que establezca la [blank_start]ley[blank_end].
Este derecho no podrá ser limitado por motivos [blank_start]políticos[blank_end] o i[blank_start]deológicos[blank_end].- A19
- Blibremente
- Cresidencia
- Dnacional
- Ecircular
- Fentrar
- Gley
- Hpolíticos
- Ideológicos
33El artículo 20 CE en su punto [blank_start]2[blank_end] establece que no se pueden [blank_start]restringir[blank_end] los derechos de expresión por ningún tipo de [blank_start]censura[blank_end] previa.
- A2
- Bcensura
- Crestringir
34El artículo [blank_start]20[blank_end] CE reconoce en su punto [blank_start]1[blank_end] el derecho a expresar y [blank_start]difundir[blank_end] libremente los pensamientos, [blank_start]ideas[blank_end] y opiniones mediante la palabra, el [blank_start]escrito[blank_end] o cualquier otro medio de [blank_start]reproducción[blank_end]; a la [blank_start]producción[blank_end] y creación literaria, artística, [blank_start]científica[blank_end] y técnica; a la libertad de [blank_start]cátedra[blank_end]; y a recibir y comunicar libremente información [blank_start]veraz[blank_end] mediante cualquier medio de [blank_start]difusión[blank_end] (La [blank_start]ley[blank_end] regulará el derecho a la cláusula [blank_start]de conciencia[blank_end] y al secreto [blank_start]profesional[blank_end] en el ejercicio de estos derechos).
- A20
- B1
- Cdifundir
- Dideas
- Eescrito
- Freproducción
- Gproducción
- Hcientífica
- Icátedra
- Jveraz
- Kdifusión
- Lley
- Mde conciencia
- Nprofesional
35El artículo 20 CE en su punto [blank_start]3[blank_end] establece que la [blank_start]ley[blank_end] regulará la [blank_start]organización[blank_end] y el control [blank_start]parlamentario[blank_end] de los medios de [blank_start]comunicación[blank_end] social dependientes del [blank_start]Estado[blank_end] o de cualquier ente público y garantizará el acceso a los mismos de los grupos [blank_start]sociales[blank_end] y políticos [blank_start]significativos[blank_end], respetando el pluralismo [blank_start]social[blank_end] y lingüístico de [blank_start]España[blank_end].
- Aley
- B3
- Corganización
- Dparlamentario
- Ecomunicación
- FEstado
- Gsociales
- Hsignificativos
- Isocial
- JEspaña
36El artículo 20 CE en su punto [blank_start]4[blank_end] establece que las libertades recogidas en el punto 1 tienen su [blank_start]límite[blank_end] en el [blank_start]respeto[blank_end] a los derechos reconocidos en el Título [blank_start]I[blank_end], en los [blank_start]preceptos[blank_end] de leyes que desarrollen esos derechos, especialmente en el derecho al [blank_start]honor[blank_end], intimidad, propia [blank_start]imagen[blank_end] y protección de la [blank_start]juventud[blank_end] e infancia.
- A4
- Blímite
- CI
- Drespeto
- Epreceptos
- Fhonor
- Gjuventud
- Himagen
37El artículo 20 CE en su punto [blank_start]5[blank_end] establece que sólo podrá acordarse el [blank_start]secuestro[blank_end] de publicaciones, [blank_start]grabaciones[blank_end] y otros medios de información en virtud de una [blank_start]resolución judicial[blank_end].
- A5
- Bsecuestro
- Cgrabaciones
- Dresolución judicial
38El artículo [blank_start]21[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] el derecho de reunión [blank_start]pacífica[blank_end] y sin [blank_start]armas[blank_end], sin necesidad de [blank_start]autorización[blank_end] previa. En su punto [blank_start]2[blank_end] recoge que en casos de [blank_start]reuniones[blank_end] en lugares de tránsito público y [blank_start]manifestaciones[blank_end] será necesaria [blank_start]comunicación[blank_end] previa a la autoridad, (de forma [blank_start]escrita[blank_end], cursada por los [blank_start]organizadores[blank_end] y efectuada con una antelación de [blank_start]diez[blank_end] días [blank_start]naturales[blank_end], plazo recortable a [blank_start]24[blank_end] horas por motivos de [blank_start]urgencia[blank_end], donde conste el [blank_start]objeto[blank_end] de la manifestación y el [blank_start]itinerario[blank_end] proyectado. )Sólo podrán prohibirse reuniones o manifestaciones cuando existan razones [blank_start]fundadas[blank_end] de alteración del orden [blank_start]público[blank_end] con daño a [blank_start]personas[blank_end] o bienes.
- A21
- B1
- Cpacífica
- Darmas
- Eautorización
- F2
- Greuniones
- Hmanifestaciones
- Icomunicación
- Jescrita
- Korganizadores
- Ldiez
- Mnaturales
- N24
- Ourgencia
- Pobjeto
- Qitinerario
- Rfundadas
- Spúblico
- Tpersonas
39En el artículo [blank_start]22[blank_end] CE se establece:
1. El derecho de [blank_start]asociación[blank_end].
2. Que son asociaciones [blank_start]ilegales[blank_end] son las que persiguen [blank_start]fines[blank_end] o usan [blank_start]medios[blank_end] tipificados como [blank_start]delito[blank_end].
3. Que el único [blank_start]requisito[blank_end] para una asociación es su [blank_start]inscripción[blank_end] en un [blank_start]registro[blank_end] a los solos efectos de [blank_start]publicidad[blank_end].
4. Que su [blank_start]disolución[blank_end] o [blank_start]suspensión[blank_end] de actividades sólo se podrá decretar en virtud de resolución judicial [blank_start]motivada[blank_end].
5. [blank_start]Prohibidas[blank_end] las asociaciones [blank_start]paramilitares[blank_end] o secretas.- A22
- Basociación
- Cfines
- Ddelito
- Emedios
- Filegales
- Grequisito
- Hinscripción
- Iregistro
- Jpublicidad
- Kdisolución
- Lsuspensión
- Mmotivada
- NProhibidas
- Oparamilitares
40El artículo [blank_start]23[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] el derecho a participar en los [blank_start]asuntos públicos[blank_end], directamente o a través de [blank_start]representantes[blank_end], libremente elegidos en elecciones [blank_start]periódicas[blank_end] por sufragio [blank_start]universal[blank_end]. En su punto [blank_start]2[blank_end], el derecho a acceder en condiciones de [blank_start]igualdad[blank_end] a las [blank_start]funciones[blank_end] y cargos públicos, con los [blank_start]requisitos[blank_end] establecidos por la [blank_start]ley[blank_end].
- A23
- B1
- Casuntos públicos
- Drepresentantes
- Euniversal
- Fperiódicas
- G2
- Higualdad
- Ifunciones
- Jrequisitos
- Kley
41El artículo [blank_start]24[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] que todas las personas tiene el derecho a la [blank_start]tutela judicial[blank_end] efectiva de [blank_start]jueces[blank_end] y tribunales en el ejercicio de sus derechos e [blank_start]intereses[blank_end] legítimos, sin que, en ningún caso pueda producirse [blank_start]indefensión[blank_end]. En su punto [blank_start]2[blank_end], que todos tienen derecho a un [blank_start]juez[blank_end] ordinario predeterminado por la [blank_start]ley[blank_end], a no declarar [blank_start]contra sí mismo[blank_end], a no confesarse [blank_start]culpable[blank_end], a ser [blank_start]informado[blank_end] de la [blank_start]acusación[blank_end] contra él, a [blank_start]defensa[blank_end] y asistencia de [blank_start]letrado[blank_end], a presunción de [blank_start]inocencia[blank_end], a [blank_start]proceso[blank_end] público sin dilaciones [blank_start]indebidas[blank_end] y con todas las [blank_start]garantías[blank_end] y a utilizar medios de [blank_start]prueba[blank_end] pertinentes para su [blank_start]defensa[blank_end].
- A24
- B1
- Ctutela judicial
- Djueces
- Eintereses
- Findefensión
- G2
- Hjuez
- Iley
- Jcontra sí mismo
- Kculpable
- Lacusación
- Minformado
- Ndefensa
- Oletrado
- Pinocencia
- Qproceso
- Rindebidas
- Sgarantías
- Tprueba
- Udefensa
42El artículo [blank_start]28[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] que [blank_start]todos[blank_end] tienen derecho a sindicarse [blank_start]libremente[blank_end] y que nadie podrá ser obligado a [blank_start]afiliarse[blank_end] a un sindicato; que la [blank_start]ley[blank_end] podrá limitar o [blank_start]exceptuar[blank_end] el ejercicio de este derecho a las [blank_start]Fuerzas[blank_end] e Institutos armados o a los demás [blank_start]Cuerpos[blank_end] sometidos a disciplina [blank_start]militar[blank_end] y regulará las [blank_start]peculiaridades[blank_end] de su ejercicio para los [blank_start]funcionarios[blank_end] públicos; y que la libertad [blank_start]sindical[blank_end] incluye el derecho a fundar [blank_start]sindicatos[blank_end], a afiliarse al de su [blank_start]elección[blank_end] y el derecho de los sindicatos a formar [blank_start]confederaciones[blank_end] y a fundar [blank_start]organizaciones[blank_end] sindicales internacionales o [blank_start]afiliarse[blank_end] a ellas.
- A28
- B1
- Ctodos
- Dlibremente
- Eafiliarse
- Fley
- Gexceptuar
- HFuerzas
- ICuerpos
- Jmilitar
- Kpeculiaridades
- Lfuncionarios
- Msindical
- Nsindicatos
- Oelección
- Pconfederaciones
- Qorganizaciones
- Rafiliarse
43En el artículo [blank_start]28[blank_end] CE en su punto [blank_start]2[blank_end] se reconoce el derecho a [blank_start]huelga[blank_end] de los trabajadores para la defensa de sus [blank_start]intereses[blank_end]. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá también las [blank_start]garantías[blank_end] precisas para asegurar el [blank_start]mantenimiento[blank_end] de los servicios [blank_start]esenciales[blank_end] de la comunidad.
- A28
- B2
- Chuelga
- Dintereses
- Egarantías
- Fmantenimiento
- Gesenciales
44El artículo [blank_start]29[blank_end] CE en su punto [blank_start]1[blank_end] establece que todos los [blank_start]españoles[blank_end] tendrán el derecho de [blank_start]petición[blank_end] individual y [blank_start]colectiva[blank_end], por [blank_start]escrito[blank_end] en la forma y con los [blank_start]efectos[blank_end] que determine la [blank_start]ley[blank_end] y en su punto [blank_start]2[blank_end] que los miembros de las Fuerzas e [blank_start]Institutos[blank_end] armados o de los demás Cuerpos [blank_start]sometidos[blank_end] a disciplina militar sólo podrán ejercer este derecho [blank_start]individualmente[blank_end] y con arreglo a lo [blank_start]dispuesto[blank_end] en su legislación [blank_start]específica[blank_end].
- A29
- B1
- Cespañoles
- Dpetición
- Ecolectiva
- Fescrito
- Gefectos
- Hley
- I2
- JInstitutos
- Ksometidos
- Lindividualmente
- Mespecífica
- Ndispuesto
45El artículo [blank_start]30[blank_end] CE establece:
1. Derecho y [blank_start]deber[blank_end] de [blank_start]defender[blank_end] a España.
2. La [blank_start]ley[blank_end] fijará las obligaciones [blank_start]militares[blank_end] de los españoles y regulará, con las debidas [blank_start]garantías[blank_end], la objeción de [blank_start]conciencia[blank_end], así como las demás causas de [blank_start]exención[blank_end] del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social [blank_start]sustitutoria[blank_end].
3. Podrá establecerse un servicio [blank_start]civil[blank_end] para el [blank_start]cumplimiento[blank_end] de fines de interés [blank_start]general[blank_end].
4. Mediante [blank_start]ley[blank_end] podrán regularse los [blank_start]deberes[blank_end] de los ciudadanos en caso de grave [blank_start]riesgo[blank_end], catástrofe o [blank_start]calamidad[blank_end] pública.- A30
- Bdeber
- Cdefender
- Dley
- Emilitares
- Fgarantías
- Gconciencia
- Hexención
- Isustitutoria
- Jcivil
- Kgeneral
- Lcumplimiento
- Mley
- Ndeberes
- Oriesgo
- Pcalamidad
46En el artículo [blank_start]31[blank_end] CE, en su punto [blank_start]1[blank_end], se establece el deber de todos de [blank_start]contribuir[blank_end] al [blank_start]sostenimiento[blank_end] del gasto público de acuerdo con su capacidad [blank_start]económica[blank_end] mediante un sistema [blank_start]tributario[blank_end] justo inspirado en los principios de [blank_start]igualdad[blank_end] y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance [blank_start]confiscatorio[blank_end]. En el punto [blank_start]2[blank_end], que el [blank_start]gasto[blank_end] público realizará una [blank_start]asignación[blank_end] equitativa de los recursos [blank_start]públicos[blank_end] y su programación y [blank_start]ejecución[blank_end] responderán a los criterios de [blank_start]eficiencia[blank_end] y economía. Y en el punto [blank_start]3[blank_end], que sólo podrán establecerse prestaciones [blank_start]personales[blank_end] o patrimoniales de carácter [blank_start]público[blank_end] con arreglo a la [blank_start]ley[blank_end]
- A31
- B1
- C2
- Digualdad
- Econfiscatorio
- Fsostenimiento
- Geconómica
- Htributario
- Ipúblicos
- Jasignación
- Kejecución
- Leficiencia
- M3
- Npersonales
- Opúblico
- Pley
- Qgasto
- Rcontribuir
47En el artículo [blank_start]32[blank_end] CE se establece:
1. El hombre y la [blank_start]mujer[blank_end] tienen derecho a [blank_start]contraer[blank_end] matrimonio con plena igualdad [blank_start]jurídica[blank_end].
2. La ley regulará las [blank_start]formas[blank_end] de matrimonio, la edad y [blank_start]capacidad[blank_end] para contraerlo, los [blank_start]derechos[blank_end] y deberes de los [blank_start]cónyuges[blank_end], las causas de [blank_start]separación[blank_end] y disolución y sus [blank_start]efectos[blank_end].- A32
- Bcontraer
- Cjurídica
- Dmujer
- Eformas
- Fcapacidad
- Gderechos
- Hcónyuges
- Iseparación
- Jefectos
48En el artículo [blank_start]33[blank_end] CE se establece:
1. El derecho a la propiedad [blank_start]privada[blank_end] y a la [blank_start]herencia[blank_end].
2. La función [blank_start]social[blank_end] de estos derechos delimitará su [blank_start]contenido[blank_end], de acuerdo con las [blank_start]leyes[blank_end].
3. Nadie podrá ser privado de sus [blank_start]bienes[blank_end] y derechos sino por causa [blank_start]justificada[blank_end] de utilidad [blank_start]pública[blank_end] o [blank_start]interés[blank_end] social, previa [blank_start]indemnización[blank_end] y de acuerdo con lo establecido por las [blank_start]leyes[blank_end].- A33
- Bprivada
- Cherencia
- Dcontenido
- Eleyes
- Fsocial
- Gbienes
- Hjustificada
- Ipública
- Jinterés
- Kindemnización
- Lleyes
49El artículo 34 CE reconoce el derecho de [blank_start]fundación[blank_end] para fines de [blank_start]interés[blank_end] general, con arreglo a la [blank_start]ley[blank_end].
- Afundación
- Binterés
- Cley
50El artículo [blank_start]35[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] que todos los españoles tienen el [blank_start]deber[blank_end] de trabajar y el derecho al trabajo; a la libre [blank_start]elección[blank_end] de profesión u [blank_start]oficio[blank_end]; a la [blank_start]promoción[blank_end] a través del trabajo y a una [blank_start]remuneración[blank_end] suficiente para sus necesidades y las de su familia sin que en ningún caso pueda darse [blank_start]discriminación[blank_end] por razón de [blank_start]sexo[blank_end].
- A35
- B1
- Cdeber
- Delección
- Eoficio
- Fpromoción
- Gremuneración
- Hdiscriminación
- Isexo
51El artículo [blank_start]35[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]2[blank_end] que una ley regulará el [blank_start]estatuto[blank_end] de los trabajadores.
- A2
- Bestatuto
- C35
52El artículo [blank_start]36[blank_end] CE establece que la ley regulará las peculiaridades [blank_start]jurídicas[blank_end] de los Colegios [blank_start]Profesionales[blank_end], cuya estructura [blank_start]interna[blank_end] y [blank_start]funcionamiento[blank_end] deberán ser [blank_start]democráticos[blank_end], y el ejercicio de las profesiones [blank_start]tituladas[blank_end].
- A36
- Btituladas
- CProfesionales
- Dinterna
- Efuncionamiento
- Fdemocráticos
- Gjurídicas
53El artículo [blank_start]37[blank_end] CE en su punto [blank_start]1[blank_end] establece que se reconoce el derecho a la negociación [blank_start]colectiva[blank_end] laboral entre los representantes de los [blank_start]trabajadores[blank_end] y los empresarios, así como la fuerza [blank_start]vinculante[blank_end] de los [blank_start]convenios[blank_end].
- A37
- B1
- Ccolectiva
- Dtrabajadores
- Evinculante
- Fconvenios
54El artículo [blank_start]37[blank_end] CE en su punto [blank_start]2[blank_end] establece que se reconoce el derecho de trabajadores y [blank_start]empresarios[blank_end] a adoptar [blank_start]medidas[blank_end] de conflicto [blank_start]colectivo[blank_end]. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá también las [blank_start]garantías[blank_end] precisas para asegurar el [blank_start]mantenimiento[blank_end] de los servicios [blank_start]esenciales[blank_end] de la [blank_start]comunidad[blank_end].
- A2
- B37
- Cempresarios
- Dcolectivo
- Emedidas
- Fgarantías
- Gmantenimiento
- Hesenciales
- Icomunidad
55En el artículo [blank_start]38[blank_end] CE se reconoce la libertad de [blank_start]empresa[blank_end] en el marco de la [blank_start]economía[blank_end] de [blank_start]mercado[blank_end]. Los poderes públicos garantizan y protegen su [blank_start]ejercicio[blank_end] y la defensa de la [blank_start]productividad[blank_end], de acuerdo con las [blank_start]exigencias[blank_end] de la economía [blank_start]general[blank_end], y en su caso, de la [blank_start]planificación[blank_end].
- A38
- Bempresa
- Ceconomía
- Dmercado
- Eproductividad
- Fexigencias
- Ggeneral
- Hplanificación
- Iejercicio
56Los principios [blank_start]rectores[blank_end] la política social y [blank_start]económica[blank_end] son:
39. Protección de la [blank_start]familia[blank_end] y de los hijos
40. Progreso [blank_start]social[blank_end] y económico
41. [blank_start]Seguridad[blank_end] Social
42. Derechos [blank_start]económicos[blank_end] y sociales de los trabajadores [blank_start]españoles[blank_end] en el [blank_start]extranjero[blank_end]
43. Derecho a la [blank_start]protección[blank_end] de la salud
44. Acceso a la [blank_start]cultura[blank_end]. Promoción de la ciencia y la [blank_start]investigación[blank_end]
45. Derecho a [blank_start]disfrutar[blank_end] de un medio ambiente [blank_start]adecuado[blank_end]
46. Conservación y promoción del [blank_start]enriquecimiento[blank_end] del patrimonio [blank_start]histórico[blank_end], cultural y artístico de los pueblos de España
47. Derecho a disfrutar de una vivienda [blank_start]digna[blank_end] y adecuada
48. [blank_start]Participación[blank_end] de la juventud
49. Protección de los disminuidos [blank_start]físicos[blank_end], psíquicos y [blank_start]sensoriales[blank_end]
50. [blank_start]Protección[blank_end] de la [blank_start]tercera[blank_end] edad
51. [blank_start]Defensa[blank_end] de los [blank_start]consumidores[blank_end] y usuarios
52. Organizaciones [blank_start]profesionales[blank_end]- Arectores
- Beconómica
- Cfamilia
- Dsocial
- ESeguridad
- Feconómicos
- Gespañoles
- Hextranjero
- Iprotección
- Jcultura
- Kinvestigación
- Ladecuado
- Mdisfrutar
- Nenriquecimiento
- Ohistórico
- Pdigna
- QParticipación
- Rfísicos
- Ssensoriales
- Ttercera
- UProtección
- Vconsumidores
- WDefensa
- Xprofesionales
57En el artículo [blank_start]39[blank_end] CE se establece:
1. Los poderes [blank_start]públicos[blank_end] aseguran la protección [blank_start]social[blank_end], económica y jurídica de la [blank_start]familia[blank_end].
2. Los poderes públicos aseguran la [blank_start]protección[blank_end] integral de los hijos y de las [blank_start]madres[blank_end], cualquiera que sea su [blank_start]estado civil[blank_end]. La ley posibilitará la [blank_start]investigación[blank_end] de paternidad.
3. Los [blank_start]padres[blank_end] deben prestar [blank_start]asistencia[blank_end] de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante la [blank_start]minoría[blank_end] de edad y en los demás casos en que [blank_start]legalmente[blank_end] proceda.
4. Los niños gozarán de la [blank_start]protección[blank_end] prevista en los acuerdos [blank_start]internacionales[blank_end] que velan por sus [blank_start]derechos[blank_end].- A39
- Bpúblicos
- Csocial
- Dfamilia
- Eprotección
- Fmadres
- Gestado civil
- Hinvestigación
- Ipadres
- Jasistencia
- Kminoría
- Llegalmente
- Mprotección
- Ninternacionales
- Oderechos
58En el artículo [blank_start]40[blank_end] CE se establece:
1. Los poderes públicos promoverán las condiciones [blank_start]favorables[blank_end] para el progreso [blank_start]social[blank_end] y económico y para una distribución de la renta [blank_start]regional[blank_end] y personal más [blank_start]equitativa[blank_end], en el marco de una política de [blank_start]estabilidad[blank_end] económica. De manera especial realizarán una política orientada al [blank_start]pleno[blank_end] empleo.
2. Asimismo, los poderes públicos [blank_start]fomentarán[blank_end] una política que garantice la formación y [blank_start]readaptación[blank_end] profesionales; velarán por la [blank_start]seguridad[blank_end] e higiene en el [blank_start]trabajo[blank_end] y garantizarán el [blank_start]descanso[blank_end] necesario, mediante la [blank_start]limitación[blank_end] de la jornada [blank_start]laboral[blank_end], las vacaciones [blank_start]periódicas[blank_end] retribuidas y la promoción de centros [blank_start]adecuados[blank_end].- A40
- Bfavorables
- Csocial
- Dregional
- Eequitativa
- Festabilidad
- Gpleno
- Hreadaptación
- Ifomentarán
- Jseguridad
- Ktrabajo
- Ldescanso
- Mlimitación
- Nlaboral
- Operiódicas
- Padecuados
59En el artículo [blank_start]41[blank_end] CE se establece que los poderes públicos mantendrán un régimen [blank_start]público[blank_end] de [blank_start]Seguridad[blank_end] Social para todos los [blank_start]ciudadanos[blank_end], que garantice la [blank_start]asistencia[blank_end] y prestaciones sociales [blank_start]suficientes[blank_end] ante situaciones de [blank_start]necesidad[blank_end], especialmente en caso de [blank_start]desempleo[blank_end]. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
- A41
- Bpúblico
- CSeguridad
- Dciudadanos
- Easistencia
- Fsuficientes
- Gnecesidad
- Hdesempleo
60En el artículo [blank_start]42[blank_end] CE se declara que el Estado velará especialmente por la [blank_start]salvaguardia[blank_end] de los derechos [blank_start]económicos[blank_end] y sociales de los trabajadores españoles en el [blank_start]extranjero[blank_end] y orientará su política hacia su [blank_start]retorno[blank_end].
- A42
- Bsalvaguardia
- Ceconómicos
- Dextranjero
- Eretorno
61En el artículo [blank_start]43[blank_end] CE:
1. Se reconoce el derecho a la protección de la [blank_start]salud[blank_end].
2. Compete a los poderes públicos [blank_start]organizar[blank_end] y tutelar la salud [blank_start]pública[blank_end] a través de medidas [blank_start]preventivas[blank_end] y de las prestaciones y [blank_start]servicios[blank_end] necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación [blank_start]sanitaria[blank_end], la educación [blank_start]física[blank_end] y el [blank_start]deporte[blank_end]. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del [blank_start]ocio[blank_end].- A43
- Bsalud
- Corganizar
- Dpública
- Epreventivas
- Fservicios
- Gsanitaria
- Hfísica
- Ideporte
- Jocio
62En el artículo [blank_start]44[blank_end] CE se establece que:
1. Los poderes públicos promoverán y [blank_start]tutelarán[blank_end] el acceso a la [blank_start]cultura[blank_end], a la que [blank_start]todos[blank_end] tienen derecho.
2. Los poderes públicos promoverán la [blank_start]ciencia[blank_end] y la investigación [blank_start]científica[blank_end] y técnica en beneficio del interés [blank_start]general[blank_end].- A44
- Btutelarán
- Ccultura
- Dtodos
- Eciencia
- Fcientífica
- Ggeneral
63En el artículo [blank_start]45[blank_end] CE se establece que:
1. [blank_start]Todos[blank_end] tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente [blank_start]adecuado[blank_end] para el desarrollo de la persona, así como el deber de [blank_start]conservarlo[blank_end].
2. Los poderes públicos velarán por la utilización [blank_start]racional[blank_end] de todos los recursos [blank_start]naturales[blank_end], con el fin de proteger y mejorar la calidad de la [blank_start]vida[blank_end] y defender y [blank_start]restaurar[blank_end] el medio ambiente, apoyándose en la indispensable [blank_start]solidaridad[blank_end] colectiva.
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán [blank_start]sanciones[blank_end] penales o, en su caso, [blank_start]administrativas[blank_end], así como la [blank_start]obligación[blank_end] de reparar el daño [blank_start]causado[blank_end].- A45
- BTodos
- Cadecuado
- Dconservarlo
- Eracional
- Fnaturales
- Gvida
- Hsolidaridad
- Isanciones
- Jadministrativas
- Kobligación
- Lcausado
- Mrestaurar
64El artículo [blank_start]46[blank_end] CE establece que los poderes [blank_start]públicos[blank_end] garantizarán la [blank_start]conservación[blank_end] y promoverán el [blank_start]enriquecimiento[blank_end] del patrimonio [blank_start]histórico[blank_end], cultural y artístico de los [blank_start]pueblos[blank_end] de España y de los [blank_start]bienes[blank_end] que lo integran, cualquiera que sea su régimen [blank_start]jurídico[blank_end] y su [blank_start]titularidad[blank_end]. La ley [blank_start]penal[blank_end] sancionará los [blank_start]atentados[blank_end] contra este patrimonio.
- A46
- Bpúblicos
- Cconservación
- Denriquecimiento
- Ehistórico
- Fpueblos
- Gbienes
- Hjurídico
- Ititularidad
- Jpenal
- Katentados
65El artículo [blank_start]47[blank_end] CE establece que todos los [blank_start]españoles[blank_end] tienen derecho a disfrutar de una vivienda [blank_start]digna[blank_end] y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones [blank_start]necesarias[blank_end] y establecerán las normas [blank_start]pertinentes[blank_end] para hacer efectivo
este derecho, regulando la [blank_start]utilización[blank_end] del suelo de acuerdo con el interés [blank_start]general[blank_end] para impedir la [blank_start]especulación[blank_end].- A47
- Bespañoles
- Cdigna
- Dnecesarias
- Epertinentes
- Futilización
- Ggeneral
- Hespeculación
66El artículo [blank_start]48[blank_end] CE establece que los poderes públicos promoverán las condiciones para la [blank_start]participación[blank_end] libre y eficaz de la [blank_start]juventud[blank_end] en el desarrollo político, social, [blank_start]económico[blank_end] y cultural.
- A48
- Bparticipación
- Cjuventud
- Deconómico
67El artículo [blank_start]49[blank_end] CE establece que los poderes públicos realizaran una política de [blank_start]previsión[blank_end], tratamiento, rehabilitación e [blank_start]integración[blank_end] de los disminuidos físicos, [blank_start]sensoriales[blank_end] y psíquicos, a los que prestarán la atención [blank_start]especializada[blank_end] que requieran y los ampararán especialmente para el [blank_start]disfrute[blank_end] de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.
- A49
- Bprevisión
- Cintegración
- Dsensoriales
- Eespecializada
- Fdisfrute
68El artículo [blank_start]50[blank_end] CE establece que los poderes públicos garantizarán, mediante [blank_start]pensiones[blank_end] adecuadas y [blank_start]periódicamente[blank_end] actualizadas, la [blank_start]suficiencia[blank_end] económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de
las obligaciones [blank_start]familiares[blank_end], promoverán su bienestar mediante un sistema de [blank_start]servicios sociales[blank_end] que atenderán sus problemas específicos de [blank_start]salud[blank_end], vivienda, cultura y ocio.- A50
- Bpensiones
- Cperiódicamente
- Dsuficiencia
- Efamiliares
- Fservicios sociales
- Gsalud
69El artículo [blank_start]51[blank_end] CE establece:
1. Los poderes públicos garantizarán la [blank_start]defensa[blank_end] de los consumidores y [blank_start]usuarios[blank_end], protegiendo, mediante procedimientos [blank_start]eficaces[blank_end], la [blank_start]seguridad[blank_end], la salud y los legítimos [blank_start]intereses[blank_end] económicos de los mismos.
2. Los poderes públicos promoverán la [blank_start]información[blank_end] y la educación de los [blank_start]consumidores[blank_end] y usuarios, fomentarán sus [blank_start]organizaciones[blank_end] y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.
3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio [blank_start]interior[blank_end] y el régimen de [blank_start]autorización[blank_end] de productos [blank_start]comerciales[blank_end].- A51
- Bdefensa
- Cusuarios
- Deficaces
- Eseguridad
- Fintereses
- Ginformación
- Hconsumidores
- Iorganizaciones
- Jinterior
- Kautorización
- Lcomerciales
70El artículo [blank_start]52[blank_end] CE establece que la ley regulará las [blank_start]organizaciones[blank_end] profesionales que contribuyan a la [blank_start]defensa[blank_end] de los intereses [blank_start]económicos[blank_end] que les sean propios. Su estructura [blank_start]interna[blank_end] y [blank_start]funcionamiento[blank_end] deberán ser [blank_start]democráticos[blank_end].
- A52
- Borganizaciones
- Cdefensa
- Deconómicos
- Einterna
- Ffuncionamiento
- Gdemocráticos
71El artículo [blank_start]53[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] que los derechos y [blank_start]libertades[blank_end] del Capítulo [blank_start]Segundo[blank_end] vinculan a todos los [blank_start]poderes[blank_end] públicos. Sólo por [blank_start]ley[blank_end], y respetando su contenido [blank_start]esencial[blank_end], podrá regularse su [blank_start]ejercicio[blank_end].
- A53
- B1
- Clibertades
- DSegundo
- Epoderes
- Fesencial
- Gley
- Hejercicio
72El artículo [blank_start]53[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]2[blank_end] que cualquier ciudadano podrá recabar para sí la [blank_start]tutela[blank_end] de los derechos reconocidos en el artículo [blank_start]14[blank_end] y la Sección [blank_start]Primera[blank_end] del Capítulo [blank_start]Segundo[blank_end] ante los Tribunales [blank_start]Ordinarios[blank_end], mediante [blank_start]procedimiento[blank_end] basado en los principios de [blank_start]preferencia[blank_end] y sumariedad y, en su caso, mediante recurso de [blank_start]amparo[blank_end] ante el TC (recurso aplicable a la objeción de conciencia)
- A53
- B2
- Ctutela
- D14
- EPrimera
- FSegundo
- GOrdinarios
- Hpreferencia
- Iprocedimiento
- Jamparo
73El artículo [blank_start]53[blank_end] CE en su punto [blank_start]3[blank_end] estableced que el [blank_start]reconocimiento[blank_end], el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo [blank_start]Tercero[blank_end] informarán la legislación [blank_start]positiva[blank_end], la práctica [blank_start]judicial[blank_end] y la [blank_start]actuación[blank_end] de los poderes públicos.
- A53
- B3
- Creconocimiento
- DTercero
- Epositiva
- Fjudicial
- Gactuación
74El artículo [blank_start]54[blank_end] CE determina que una ley [blank_start]orgánica[blank_end] regulará la [blank_start]institución[blank_end] del Defensor del [blank_start]pueblo[blank_end].
- A54
- Borgánica
- Cinstitución
- Dpueblo
75El Defensor del Pueblo es un [blank_start]Alto comisionado[blank_end] de las Cortes Generales, [blank_start]designado[blank_end] por éstas, para la [blank_start]defensa[blank_end] de los derechos del Título [blank_start]I[blank_end], a cuyo efecto supervisará la actividad de la [blank_start]Administración[blank_end], dando cuenta a las [blank_start]Cortes[blank_end]. Ejercerá las funciones que le encomiendan la [blank_start]CE[blank_end] y su propia [blank_start]ley orgánica[blank_end].
- AAlto comisionado
- Bdesignado
- Cdefensa
- DI
- EAdministración
- FCortes
- GCE
- Hley orgánica
76Podrá ser elegido Defensor del Pueblo cualquier [blank_start]español[blank_end], mayor de edad, en pleno ejercicio de sus derechos [blank_start]civiles[blank_end] y políticos. Será elegido por las [blank_start]Cortes[blank_end] por un período de [blank_start]5[blank_end] años.
- Aespañol
- Bciviles
- CCortes
- D5
77El [blank_start]cese[blank_end] del Defensor del Pueblo se producirá por:
1. Renuncia
2. [blank_start]Expiración[blank_end] del plazo de su nombramiento
3. [blank_start]Muerte[blank_end] o incapacidad [blank_start]sobrevenida[blank_end]
4. Condena mediante sentencia [blank_start]firme[blank_end] por delito [blank_start]doloso[blank_end]
5. [blank_start]Notoria[blank_end] negligencia en el cumplimiento de [blank_start]obligaciones[blank_end] y deberes del [blank_start]cargo[blank_end]- Acese
- BExpiración
- Csobrevenida
- DMuerte
- Efirme
- Fdoloso
- GNotoria
- Hobligaciones
- Icargo
78Son [blank_start]prerrogativas[blank_end] del Defensor del Pueblo:
1. No recibirá [blank_start]instrucciones[blank_end] de ninguna [blank_start]autoridad[blank_end]. Desempeñará sus funciones con [blank_start]autonomía[blank_end] y según su [blank_start]criterio[blank_end].
2. Gozará de [blank_start]inviolabilidad[blank_end] y no podrá ser detenido, [blank_start]expedientado[blank_end], multado, perseguido ni juzgado por las [blank_start]opiniones[blank_end] que formule o por los actos que realice en el ejercicio de sus [blank_start]competencias[blank_end].
3. En los demás casos, sólo puede ser detenido en caso de [blank_start]flagrante[blank_end] delito.- Aprerrogativas
- Binstrucciones
- Cautoridad
- Dautonomía
- Ecriterio
- Finviolabilidad
- Gexpedientado
- Hopiniones
- Iflagrante
- Jcompetencias
79El cargo de Defensor del Pueblo es [blank_start]incompatible[blank_end] con todo cargo [blank_start]público[blank_end] o actividad de [blank_start]propaganda[blank_end] política; con todo cargo al [blank_start]servicio[blank_end] de la Admón. [blank_start]Pública[blank_end]; con la [blank_start]afiliación[blank_end] a un partido político o [blank_start]sindicato[blank_end], asociación o [blank_start]fundación[blank_end] de éstos y con el empleo al servicio de los mismos; con la carrera [blank_start]judicial[blank_end] y fiscal; y con cualquier actividad [blank_start]profesional[blank_end], mercantil o laboral.
- Aincompatible
- Bpúblico
- Cpropaganda
- Dservicio
- Eafiliación
- Fsindicato
- Gfundación
- Hjudicial
- Iprofesional
- JPública
80Son funciones del Defensor del Pueblo la [blank_start]defensa[blank_end] de los derechos del Título [blank_start]I[blank_end] e interponer recursos de [blank_start]inconstitucionalidad[blank_end] y amparo.
- Ainconstitucionalidad
- BI
- Cdefensa
81Los derechos [blank_start]fundamentales[blank_end] pueden ser suspendidos en determinados casos, de forma tanto [blank_start]individual[blank_end] como colectiva. El artículo [blank_start]55[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] que los derechos reconocidos en los artículos [blank_start]17[blank_end] (derecho a la libertad y seguridad), [blank_start]18[blank_end], apartados [blank_start]2[blank_end] y [blank_start]3[blank_end] (inviolabilidad del domicilio y secreto de las comunicaciones), artículos [blank_start]19[blank_end] (libertad de residencia y circulación), [blank_start]20[blank_end], apartados [blank_start]1[blank_end], a) y d), y [blank_start]5[blank_end] (libertad de expresar libremente opiniones o de recibir información veraz por cualquier medio y secuestro de publicaciones), artículos [blank_start]21[blank_end] (libertad de reunión y manifestación), [blank_start]28[blank_end], apartado [blank_start]2[blank_end] (derecho de huelga), y artículo [blank_start]37[blank_end], apartado [blank_start]2[blank_end] (medidas de conflicto colectivo ), podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de [blank_start]excepción[blank_end] o de sitio en los términos previstos en la [blank_start]Constitución[blank_end]. Se [blank_start]exceptúa[blank_end] de lo establecido anteriormente el apartado [blank_start]3[blank_end] del artículo [blank_start]17[blank_end] (derechos del detenido) para el supuesto de declaración de estado de [blank_start]excepción[blank_end].
- Afundamentales
- Bindividual
- C55
- D1
- E17
- F19
- G18
- H2
- I3
- J20
- K1
- L5
- M21
- N37
- O2
- P28
- Q2
- Rexcepción
- SConstitución
- Texceptúa
- U3
- V17
- Wexcepción
82El artículo [blank_start]55[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]2[blank_end] que una ley [blank_start]orgánica[blank_end] podrá determinar la forma y los [blank_start]casos[blank_end] en los que, de forma [blank_start]individual[blank_end] y con la necesaria [blank_start]intervención[blank_end] judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos [blank_start]17[blank_end], apartado [blank_start]2[blank_end], y [blank_start]18[blank_end], apartados [blank_start]2[blank_end] y [blank_start]3[blank_end], pueden ser [blank_start]suspendidos[blank_end] para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas [blank_start]armadas[blank_end] o elementos [blank_start]terroristas[blank_end].
La utilización [blank_start]injustificada[blank_end] o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad [blank_start]penal[blank_end], como [blank_start]violación[blank_end] de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.- A55
- B2
- Corgánica
- Dindividual
- Ecasos
- Fintervención
- G17
- H2
- I18
- J2
- K3
- Lsuspendidos
- Marmadas
- Nterroristas
- Oinjustificada
- Ppenal
- Qviolación
83Se declarará el estado de [blank_start]alarma[blank_end] en caso de catástrofes, [blank_start]calamidades[blank_end] o desgracias públicas ([blank_start]terremotos[blank_end], inundaciones, incendios [blank_start]urbanos[blank_end] y forestales, [blank_start]accidentes[blank_end] de gran magnitud); crisis [blank_start]sanitarias[blank_end] ([blank_start]epidemias[blank_end] y situaciones de contaminación [blank_start]graves[blank_end]); [blank_start]paralización[blank_end] de servicios [blank_start]públicos[blank_end] esenciales para la comunidad y concurra alguna de las demás circunstancias señaladas; o [blank_start]desabastecimiento[blank_end] de productos de [blank_start]primera[blank_end] necesidad.
Declaración por [blank_start]Decreto[blank_end] del [blank_start]Consejo[blank_end] de Ministros. La duración no excederá de [blank_start]15[blank_end] días. [blank_start]Prórroga[blank_end] previa [blank_start]autorización[blank_end] expresa del [blank_start]Congreso[blank_end].- Aalarma
- Bcalamidades
- Cterremotos
- Durbanos
- Eaccidentes
- Fsanitarias
- Ggraves
- Hepidemias
- Iparalización
- Jpúblicos
- Kdesabastecimiento
- Lprimera
- MConsejo
- NDecreto
- O15
- PPrórroga
- Qautorización
- RCongreso
84Durante el estado de alarma se limitan, que no [blank_start]suspenden[blank_end], derechos como:
1. Limitar la [blank_start]circulación[blank_end] o permanencia de personas o [blank_start]vehículos[blank_end] en lugares y [blank_start]horas[blank_end] determinados o [blank_start]condicionarlas[blank_end].
2. Practicar [blank_start]requisas[blank_end] temporales de bienes e imponer [blank_start]prestaciones[blank_end] personales.
3. [blank_start]Intervenir[blank_end] y ocupar transitoriamente [blank_start]industrias[blank_end], fábricas, talleres, explotaciones o locales, con excepción de [blank_start]domicilios[blank_end] privados, dando cuenta a los [blank_start]Ministerios[blank_end] interesados.
4. Limitar el uso de [blank_start]servicios[blank_end] o el consumo de [blank_start]artículos[blank_end] de primera [blank_start]necesidad[blank_end].
5. Impartir las [blank_start]órdenes[blank_end] para asegurar el [blank_start]abastecimiento[blank_end] de mercados y el [blank_start]funcionamiento[blank_end] de servicios y centros de [blank_start]producción[blank_end] afectados.- Asuspenden
- Bcirculación
- Cvehículos
- Dhoras
- Econdicionarlas
- Frequisas
- Gprestaciones
- HIntervenir
- Iindustrias
- Jdomicilios
- KMinisterios
- Lservicios
- Martículos
- Nnecesidad
- Oórdenes
- Pabastecimiento
- Qfuncionamiento
- Rproducción
85El estado de [blank_start]sitio[blank_end] se declarará ante un acto o [blank_start]amenaza[blank_end] de [blank_start]insurrección[blank_end] o acto de [blank_start]fuerza[blank_end] contra la [blank_start]soberanía[blank_end] o independencia de España, su integridad [blank_start]territorial[blank_end] o el ordenamiento [blank_start]constitucional[blank_end], que no pueda resolverse por otros [blank_start]medios[blank_end].
- Asitio
- Bamenaza
- Cinsurrección
- Dfuerza
- Esoberanía
- Fterritorial
- Gconstitucional
- Hmedios
86El artículo [blank_start]25[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]1[blank_end] que nadie puede ser condenado o [blank_start]sancionado[blank_end] por acciones u [blank_start]omisiones[blank_end] que en el momento de producirse no eran consideradas [blank_start]delitos[blank_end], faltas o infracciones [blank_start]administrativas[blank_end], según la legislación del momento (Principio de [blank_start]legalidad[blank_end] penal).
- A25
- B1
- Csancionado
- Domisiones
- Edelitos
- Fadministrativas
- Glegalidad
87El artículo [blank_start]25[blank_end] CE establece en su punto [blank_start]2[blank_end] que las penas privativas de [blank_start]libertad[blank_end] y las medidas de [blank_start]seguridad[blank_end] estarán orientadas hacia la [blank_start]reeducación[blank_end] y [blank_start]reinserción[blank_end] social y no podrán consistir en trabajos [blank_start]forzados[blank_end]. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos [blank_start]fundamentales[blank_end] de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo [blank_start]condenatorio[blank_end], el [blank_start]sentido[blank_end] de la pena y la ley [blank_start]penitenciaria[blank_end]. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo [blank_start]remunerado[blank_end] y a los [blank_start]beneficios[blank_end] correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la [blank_start]cultura[blank_end] y al [blank_start]desarrollo[blank_end] integral de su personalidad.
- A25
- B2
- Cseguridad
- Dlibertad
- Ereeducación
- Freinserción
- Gforzados
- Hfundamentales
- Icondenatorio
- Jsentido
- Kpenitenciaria
- Lremunerado
- Mbeneficios
- Ncultura
- Odesarrollo
88El artículo [blank_start]25[blank_end] CE en su punto [blank_start]3[blank_end] establece que la Administración [blank_start]civil[blank_end] no podrá imponer [blank_start]sanciones[blank_end] que, directa o [blank_start]subsidiariamente[blank_end], impliquen [blank_start]privación[blank_end] de libertad.
- A25
- B3
- Ccivil
- Dsanciones
- Esubsidiariamente
- Fprivación
89El artículo [blank_start]27[blank_end] CE establece:
1. [blank_start]Todos[blank_end] tienen el derecho a la [blank_start]educación[blank_end]. Se reconoce la libertad de [blank_start]enseñanza[blank_end].
2. La educación tendrá por objeto el pleno [blank_start]desarrollo[blank_end] de la [blank_start]personalidad[blank_end] humana en el respeto a los principios [blank_start]democráticos[blank_end] de [blank_start]convivencia[blank_end] y a los [blank_start]derechos[blank_end] y libertades [blank_start]fundamentales[blank_end].
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación [blank_start]religiosa[blank_end] y moral que esté de acuerdo con sus propias [blank_start]convicciones[blank_end].
4. La enseñanza [blank_start]básica[blank_end] es [blank_start]obligatoria[blank_end] y gratuita.
5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una [blank_start]programación[blank_end] general de la enseñanza, con [blank_start]participación[blank_end] efectiva de todos los [blank_start]sectores[blank_end] afectados y la creación de [blank_start]centros[blank_end] docentes.
6. Se reconoce a las personas [blank_start]físicas[blank_end] y jurídicas la libertad de [blank_start]creación[blank_end] de centros [blank_start]docentes[blank_end], dentro del respeto a los principios [blank_start]constitucionales[blank_end].
7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el [blank_start]control[blank_end] y gestión de todos los [blank_start]centros[blank_end] sostenidos por la Administración con fondos [blank_start]públicos[blank_end], en los términos que la ley establezca.
8. Los poderes públicos [blank_start]inspeccionarán[blank_end] y homologarán el [blank_start]sistema[blank_end] educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
10. Se reconoce la [blank_start]autonomía[blank_end] de las Universidades, en los términos que la [blank_start]ley[blank_end] establezca.- A27
- Benseñanza
- Ceducación
- DTodos
- Edesarrollo
- Fpersonalidad
- Gdemocráticos
- Hconvivencia
- Iderechos
- Jfundamentales
- Kreligiosa
- Lconvicciones
- Mobligatoria
- Nbásica
- Oprogramación
- Pparticipación
- Qsectores
- Rcentros
- Sfísicas
- Tcreación
- Udocentes
- Vconstitucionales
- Wcontrol
- Xcentros
- Ypúblicos
- Zinspeccionarán
- AAsistema
- ABley
- ACautonomía
90TRAMITACIÓN EN EL [blank_start]SENADO[blank_end]
[blank_start]18[blank_end] Agosto [blank_start]1978[blank_end] – 14 [blank_start]Septiembre[blank_end] 1978: [blank_start]Debate[blank_end] en la [blank_start]Comisión[blank_end] de Constitución
[blank_start]25[blank_end] Septiembre [blank_start]1978[blank_end] – [blank_start]5[blank_end] Octubre [blank_start]1978[blank_end]: [blank_start]Debate[blank_end] en el [blank_start]Pleno[blank_end] del Senado
[blank_start]13[blank_end] [blank_start]Octubre[blank_end] 1978: [blank_start]Publicación[blank_end] en el [blank_start]Boletín[blank_end] Oficial de las Cortes de las [blank_start]reformas[blank_end] propuestas por el Senado- ASENADO
- B18
- C1978
- DSeptiembre
- EDebate
- FComisión
- G25
- H1978
- I5
- J1978
- KDebate
- LPleno
- M13
- NOctubre
- OPublicación
- PBoletín
- Qreformas
91[blank_start]28[blank_end] [blank_start]Octubre[blank_end] 1978: PUBLICACIÓN [blank_start]DICTAMEN[blank_end] COMISIÓN [blank_start]MIXTA[blank_end] CONGRESO SENADO
- A28
- BOctubre
- CDICTAMEN
- DMIXTA
92[blank_start]31[blank_end] [blank_start]Octubre[blank_end] 1978: SE SOMETE A LA [blank_start]APROBACIÓN[blank_end] DE AMBAS CÁMARAS POR [blank_start]SEPARADO[blank_end] Y ES [blank_start]APROBADO[blank_end] POR [blank_start]316[blank_end] VOTOS EN EL CONGRESO Y [blank_start]226[blank_end] EN EL SENADO
- A31
- BOctubre
- CAPROBACIÓN
- DSEPARADO
- EAPROBADO
- F316
- G226
936 [blank_start]Diciembre[blank_end] 1978: RATIFICACIÓN POR [blank_start]REFERÉNDUM[blank_end]
[blank_start]27[blank_end] Diciembre 1978: [blank_start]PROMULGACIÓN[blank_end] POR EL REY AL TÉRMINO DE LA SESIÓN [blank_start]CONJUNTA[blank_end] SENADO-CONGRESO EN EL PALACIO DE LAS [blank_start]CORTES[blank_end]
[blank_start]29[blank_end] Diciembre [blank_start]1978[blank_end]: PUBLICACIÓN EN EL [blank_start]BOE[blank_end] Y [blank_start]ENTRADA[blank_end] EN VIGOR- ADiciembre
- BREFERÉNDUM
- C27
- DPROMULGACIÓN
- ECONJUNTA
- FCORTES
- G29
- H1978
- IBOE
- JENTRADA
94El artículo [blank_start]6[blank_end] CE establece que los [blank_start]partidos[blank_end] políticos expresan el [blank_start]pluralismo[blank_end] político, concurren a la [blank_start]formación[blank_end] y manifestación de la [blank_start]voluntad[blank_end] popular y son [blank_start]instrumento[blank_end] fundamental para la [blank_start]participación[blank_end] política. Su [blank_start]creación[blank_end] y el ejercicio de su [blank_start]actividad[blank_end] son [blank_start]libres[blank_end] dentro del respeto a la [blank_start]Constitución[blank_end] y a la [blank_start]ley[blank_end]. Su [blank_start]estructura[blank_end] interna y [blank_start]funcionamiento[blank_end] deberán ser [blank_start]democráticos[blank_end].
- A6
- Bpartidos
- Cpluralismo
- Dformación
- Evoluntad
- Finstrumento
- Gparticipación
- Hactividad
- Ilibres
- Jcreación
- KConstitución
- Lley
- Mestructura
- Nfuncionamiento
- Odemocráticos
95El artículo [blank_start]7[blank_end] CE determina que los [blank_start]sindicatos[blank_end] de trabajadores y las asociaciones [blank_start]empresariales[blank_end] contribuyen a la [blank_start]defensa[blank_end] y promoción de los [blank_start]intereses[blank_end] económicos y sociales que les son [blank_start]propios[blank_end]. Su creación y el ejercicio de su actividad son [blank_start]libres[blank_end] dentro del respeto a la Constitución y a la [blank_start]ley[blank_end]. Su [blank_start]estructura[blank_end] interna y [blank_start]funcionamiento[blank_end] deberán ser [blank_start]democráticos[blank_end].
- A7
- Bsindicatos
- Cempresariales
- Ddefensa
- Eintereses
- Fpropios
- Glibres
- Hley
- Iestructura
- Jfuncionamiento
- Kdemocráticos
96El artículo [blank_start]8[blank_end] CE en su punto [blank_start]1[blank_end] establece que las [blank_start]Fuerzas Armadas[blank_end], constituidas por el Ejército de [blank_start]Tierra[blank_end], la [blank_start]Armada[blank_end] y el [blank_start]Ejército[blank_end] del Aire, tienen como misión [blank_start]garantizar[blank_end] la soberanía e [blank_start]independencia[blank_end] de España, [blank_start]defender[blank_end] su integridad [blank_start]territorial[blank_end] y el [blank_start]ordenamiento[blank_end] constitucional.
- A8
- B1
- CFuerzas Armadas
- DTierra
- EArmada
- FEjército
- Ggarantizar
- Hindependencia
- Iterritorial
- Jdefender
- Kordenamiento
97El artículo [blank_start]8[blank_end] CE en su punto [blank_start]2[blank_end] establece que una ley [blank_start]orgánica[blank_end] regulará las bases de la [blank_start]organización[blank_end] militar conforme a los principios de la presente [blank_start]Constitución[blank_end].
- A8
- B2
- Corgánica
- Dorganización
- EConstitución
98El artículo [blank_start]9[blank_end] CE establece:
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la [blank_start]Constitución[blank_end] y al resto del ordenamiento [blank_start]jurídico[blank_end].
2. Corresponde a los [blank_start]poderes[blank_end] públicos promover las [blank_start]condiciones[blank_end] para que la libertad y la [blank_start]igualdad[blank_end] del [blank_start]individuo[blank_end] y de los grupos en que se integra sean [blank_start]reales[blank_end] y efectivas; [blank_start]remover[blank_end] los obstáculos que impidan o dificulten su [blank_start]plenitud[blank_end] y facilitar la [blank_start]participación[blank_end] de todos los ciudadanos en la vida [blank_start]política[blank_end], económica, cultural y social.
3. La [blank_start]Constitución[blank_end] garantiza el principio de [blank_start]legalidad[blank_end], la jerarquía [blank_start]normativa[blank_end], la [blank_start]publicidad[blank_end] de las normas, la [blank_start]irretroactividad[blank_end] de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la [blank_start]seguridad[blank_end] jurídica, la [blank_start]responsabilidad[blank_end] y la [blank_start]interdicción[blank_end] de la arbitrariedad de los poderes [blank_start]públicos[blank_end].- A9
- BConstitución
- Cjurídico
- Dpoderes
- Econdiciones
- Figualdad
- Gindividuo
- Hreales
- Iremover
- Jplenitud
- Kparticipación
- Lpolítica
- MConstitución
- Nlegalidad
- Onormativa
- Ppublicidad
- Qirretroactividad
- Rseguridad
- Sresponsabilidad
- Tinterdicción
- Upúblicos
99El artículo [blank_start]1[blank_end] CE establece:
1. España se constituye en un Estado [blank_start]social[blank_end] y democrático de [blank_start]Derecho[blank_end], que propugna como valores [blank_start]superiores[blank_end] de su ordenamiento jurídico la libertad, la [blank_start]justicia[blank_end], la igualdad y el [blank_start]pluralismo[blank_end] político.
2. La soberanía [blank_start]nacional[blank_end] reside en el pueblo [blank_start]español[blank_end], del que emanan los [blank_start]poderes[blank_end] del Estado.
3. La forma [blank_start]política[blank_end] del Estado español es la Monarquía [blank_start]parlamentaria[blank_end].- A1
- Bsocial
- CDerecho
- Dsuperiores
- Ejusticia
- Fpluralismo
- Gnacional
- Hespañol
- Ipoderes
- Jpolítica
- Kparlamentaria
100El artículo [blank_start]2[blank_end] CE establece que la Constitución se fundamenta en la [blank_start]indisoluble[blank_end] unidad de la Nación [blank_start]española[blank_end], patria [blank_start]común[blank_end] e indivisible de todos los [blank_start]españoles[blank_end], y reconoce y [blank_start]garantiza[blank_end] el derecho a la [blank_start]autonomía[blank_end] de las nacionalidades y [blank_start]regiones[blank_end] que la integran y la [blank_start]solidaridad[blank_end] entre todas ellas.
- A2
- Bindisoluble
- Cespañola
- Dcomún
- Eespañoles
- Fgarantiza
- Gautonomía
- Hregiones
- Isolidaridad
101El artículo [blank_start]3[blank_end] CE establece:
1. El [blank_start]castellano[blank_end] es la lengua [blank_start]española[blank_end] oficial del Estado. Todos los [blank_start]españoles[blank_end] tienen el [blank_start]deber[blank_end] de conocerla y el [blank_start]derecho[blank_end] a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán también [blank_start]oficiales[blank_end] en las respectivas [blank_start]Comunidades[blank_end] Autónomas de acuerdo con sus [blank_start]Estatutos[blank_end].
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un [blank_start]patrimonio[blank_end] cultural que será [blank_start]objeto[blank_end] de especial [blank_start]respeto[blank_end] y protección.- A3
- Bcastellano
- Cespañola
- Despañoles
- Edeber
- Fderecho
- Goficiales
- HComunidades
- IEstatutos
- Jpatrimonio
- Kobjeto
- Lrespeto
102El artículo [blank_start]5[blank_end] CE establece que la [blank_start]capital[blank_end] del [blank_start]Estado[blank_end] es la [blank_start]villa[blank_end] de Madrid.
- A5
- Bcapital
- CEstado
- Dvilla
103El artículo [blank_start]4[blank_end] CE establece:
1. La [blank_start]bandera[blank_end] de España está formada por [blank_start]tres[blank_end] franjas [blank_start]horizontales[blank_end], roja, [blank_start]amarilla[blank_end] y roja, siendo la amarilla de [blank_start]doble[blank_end] anchura que cada una de las rojas.
2. Los [blank_start]Estatutos[blank_end] podrán reconocer banderas y [blank_start]enseñas[blank_end] propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la [blank_start]bandera[blank_end] de España en sus edificios [blank_start]públicos[blank_end] y en sus [blank_start]actos[blank_end] oficiales.- A4
- Bbandera
- Ctres
- Dhorizontales
- Eamarilla
- Fdoble
- GEstatutos
- Henseñas
- Ibandera
- Jpúblicos
- Kactos
104Son influencias de la CE:
- La constitución italiana de [blank_start]1947[blank_end] (configuración del [blank_start]poder judicial[blank_end], posibilidad de aprobar leyes en [blank_start]comisión parlamentaria[blank_end], concepción estado [blank_start]regional[blank_end])
- La ley [blank_start]fundamental[blank_end] de Bonn de [blank_start]1949[blank_end] (clasificación del estado como social y [blank_start]democrático[blank_end] de derecho, moción de [blank_start]censura[blank_end] e carácter [blank_start]constructivo[blank_end] como medida de exigencia de [blank_start]responsabilidad[blank_end] política, catálogo de [blank_start]derechos[blank_end] y libertades)
- La constitución francesa de [blank_start]1958[blank_end] ([blank_start]ordenación[blank_end] del estado)
- La constitución [blank_start]portuguesa[blank_end] de [blank_start]1976[blank_end] (buena parte de derechos y [blank_start]libertades[blank_end] fundamentales)
- Constituciones de monarquías [blank_start]históricas[blank_end] europeas (Título II, relativo a la [blank_start]Corona[blank_end])
- Leyes [blank_start]internacionales[blank_end] (derecho [blank_start]internacional[blank_end] de los tratados, derecho internacional [blank_start]convencional[blank_end])- A1947
- Bpoder judicial
- Ccomisión parlamentaria
- Dregional
- Edemocrático
- F1949
- Gfundamental
- Hcensura
- Iconstructivo
- Jresponsabilidad
- Kderechos
- L1958
- Mordenación
- N1976
- Olibertades
- Pportuguesa
- Qhistóricas
- RCorona
- Sconvencional
- Tinternacional
- Uinternacionales
105Tomando como referencia su manifestación [blank_start]normativa[blank_end], una constitución es la norma [blank_start]suprema[blank_end] del [blank_start]ordenamiento[blank_end] jurídico elaborado por el poder [blank_start]constituyente[blank_end], el [blank_start]pueblo[blank_end], en el ejercicio de su [blank_start]soberanía[blank_end].
- Anormativa
- Bsuprema
- Cordenamiento
- Dconstituyente
- Epueblo
- Fsoberanía
106
ELABORACIÓN Y [blank_start]TRAMITACIÓN[blank_end] DE LA CE EN EL [blank_start]CONGRESO[blank_end] DE LOS DIPUTADOS:
[blank_start]26[blank_end] julio [blank_start]1977[blank_end]: [blank_start]Nombramiento[blank_end] de la Comisión [blank_start]Constitucional[blank_end], después denominada Comisión de [blank_start]Asuntos[blank_end] Constitucionales y Libertades [blank_start]Públicas[blank_end]. Encomienda a una [blank_start]Ponencia[blank_end] la redacción de un [blank_start]anteproyecto[blank_end] de Constitución.
1 [blank_start]agosto[blank_end] 1977: La [blank_start]Ponencia[blank_end] comienza sus [blank_start]trabajos[blank_end].
[blank_start]5[blank_end] enero [blank_start]1978[blank_end]: Se publica en el Boletín [blank_start]Oficial[blank_end] de las Cortes el [blank_start]anteproyecto[blank_end] de Constitución junto con los votos [blank_start]particulares[blank_end] de los [blank_start]Ponentes[blank_end].
5 [blank_start]mayo[blank_end] 1978- 20 [blank_start]junio[blank_end] 1978: Debate en la Comisión de Asuntos Constitucionales
[blank_start]1[blank_end] julio [blank_start]1978[blank_end]: Publicación en el [blank_start]Boletín[blank_end] Oficial de las Cortes el dictamen de la [blank_start]Comisión[blank_end]
4 [blank_start]julio[blank_end] 1978 – [blank_start]21[blank_end] julio [blank_start]1978[blank_end]: [blank_start]Debate[blank_end] en el [blank_start]Pleno[blank_end] del Congreso
[blank_start]21[blank_end] julio [blank_start]1978[blank_end]: [blank_start]Aprobación[blank_end] del texto por [blank_start]258[blank_end] votos a favor- ACONGRESO
- BTRAMITACIÓN
- C1977
- D26
- ENombramiento
- FConstitucional
- GAsuntos
- HPúblicas
- IPonencia
- Janteproyecto
- Kagosto
- LPonencia
- Mtrabajos
- N1978
- O5
- Pparticulares
- QOficial
- Ranteproyecto
- SPonentes
- Tmayo
- Ujunio
- V1
- W1978
- XBoletín
- YComisión
- Zjulio
- AA21
- AB1978
- ACPleno
- ADDebate
- AE258
- AF21
- AG1978
- AHAprobación
107El artículo [blank_start]167[blank_end] CE recoge el procedimiento [blank_start]general[blank_end] para la reforma, que requiere mayoría de [blank_start]3/5[blank_end] de cada Cámara. En caso de no obtenerse esta [blank_start]mayoría[blank_end], se crearía una [blank_start]Comisión[blank_end] de composición [blank_start]paritaria[blank_end] de [blank_start]Diputados[blank_end] y Senadores que presentaría un [blank_start]texto[blank_end] que habrá de ser nuevamente [blank_start]votado[blank_end] por las Cámaras, requiriéndose en este caso [blank_start]mayoría absoluta[blank_end] del [blank_start]Senado[blank_end] y de [blank_start]2/3[blank_end] del Congreso. Finalmente, se celebraría un [blank_start]referéndum[blank_end] para su ratificación, a propuesta de una [blank_start]décima[blank_end] parte de los miembros de cualquier Cámara dentro de los [blank_start]quince[blank_end] días siguientes a su [blank_start]aprobación[blank_end].
- A167
- Bgeneral
- C3/5
- Dmayoría
- EComisión
- Fparitaria
- GDiputados
- Htexto
- Ivotado
- Jmayoría absoluta
- KSenado
- L2/3
- Mreferéndum
- Ndécima
- Oquince
- Paprobación
108En el artículo [blank_start]26[blank_end] CE se establece que están [blank_start]prohibidos[blank_end] los Tribunales de [blank_start]Honor[blank_end] en la Administración [blank_start]Civil[blank_end] y las organizaciones [blank_start]profesionales[blank_end].
- A26
- BHonor
- CCivil
- Dprofesionales
- Eprohibidos
109El estado de [blank_start]excepción[blank_end] se declara ante una grave [blank_start]alteración[blank_end] del libre [blank_start]ejercicio[blank_end] de los derechos y [blank_start]libertades[blank_end] de los ciudadanos; [blank_start]grave[blank_end] alteración del normal [blank_start]funcionamiento[blank_end] de las instituciones [blank_start]democráticas[blank_end]; o grave [blank_start]alteración[blank_end] de los servicios [blank_start]esenciales[blank_end] para la [blank_start]comunidad[blank_end].
Declaración por [blank_start]Decreto[blank_end] del [blank_start]Consejo[blank_end] de Ministros, previa [blank_start]autorización[blank_end] del [blank_start]Congreso[blank_end]. La duración no excederá de [blank_start]30[blank_end] días. [blank_start]Prórroga[blank_end] previa [blank_start]autorización[blank_end] expresa del [blank_start]Congreso[blank_end].- Aexcepción
- Balteración
- Cejercicio
- Dlibertades
- Egrave
- Ffuncionamiento
- Gdemocráticas
- Halteración
- Iesenciales
- Jcomunidad
- KDecreto
- LConsejo
- Mautorización
- NCongreso
- O30
- Pautorización
- QPrórroga
- RCongreso
Información
- Descripción
- OPOSICIÓN (ESTUDIO) JUNTA ANDALUCÍA Test sobre Tema 1 , creado por Gertru Nieto el 21/06/2017.
- Autor
- Gertru Nieto
- Idioma
- Español
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