Orden Int 985/05 delegación de competencias

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Flashcards on Orden Int 985/05 delegación de competencias, created by Adri C on 14/10/2017.
Adri C
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Question Answer
las atribuidas por la Ley y el Reglamento de Expropiación Forzosa. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Titular del Departamento,
Las facultades que la legislación le confiere en materia de contratación administrativa, incluidos los negocios jurídicos y las encomiendas de gestión que puedan formalizarse al amparo de lo previsto en el artículo 11 L.O 40/15, y del artículo 4.1.n), en relación con el artículo 24.6, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los créditos de los servicios presupuestarios, Cuando su cuantía no exceda de 1.500.000 euros,
La aprobación y compromiso de los gastos propios de los servicios dependientes de la Secretaría General, así como el reconocimiento de las obligaciones que de ellos se deriven y la propuesta de pago efectuada al Ministro de Economía y Hacienda. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los créditos de los servicios presupuestarios, Cuando su cuantía no exceda de 1.500.000 euros,
La concesión de ayudas y subvenciones. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los créditos de los servicios presupuestarios, Cuando su cuantía no exceda de 1.500.000 euros,
La suscripción de los Convenios de Colaboración con entidades públicas, a excepción de las Comunidades Autónomas, y con personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho privado. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los créditos de los servicios presupuestarios,Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 1.500.000 euros, el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 2.1.1 y 2.1.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de inicio del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se reservará el órgano delegante.
La provisión de puestos de trabajo de libre designación, con excepción de los de Subdirector General y asimilados, previa convocatoria pública, relativos a los Servicios Centrales y Periféricos de la Secretaría General, así como acordar la concesión de comisiones de servicio y la atribución temporal de funciones con respecto a estos puestos. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Titular del Departamento y del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con el personal adscrito a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
La resolución de expedientes disciplinarios que impongan sanciones de suspensión de funciones y traslado con cambios de residencia. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Titular del Departamento y del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con el personal adscrito a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
La iniciativa, concesión y acreditación del otorgamiento al personal, de menciones honoríficas y medallas al mérito penitenciario y al mérito social penitenciario con excepción de las medallas de oro. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Titular del Departamento y del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con el personal adscrito a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
acordar la adopción de medidas provisionales en materia de régimen disciplinario. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación Del Subsecretario del Interior, en relación con el personal adscrito a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
la aprobación y compromiso de gastos correspondientes al capítulo I «Gastos de personal», el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago dirigida al Ministerio de Economía y Hacienda, con excepción de los gastos que se tramiten al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con el personal destinado en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, salvo lo delegado en los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios,
Acordar el pase a las situaciones administrativas de servicios especiales y de servicio en otras Administraciones Públicas. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Conceder el reingreso al servicio activo a los funcionarios en la situación de servicios especiales y en la de excedencia por cuidado de familiares y por razón de violencia de género que tengan derecho a reserva de puesto de trabajo. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Autorizar la residencia de funcionarios en localidad distinta al término municipal donde presten sus servicios. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Reconocer la adquisición y cambio de grados personales. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
El reconocimiento de servicios previos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Diferir el cese por necesidades del servicio y conceder la prórroga de incorporación a un nuevo puesto de trabajo. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
La acción social general. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Acordar las comisiones de servicio reguladas en el artículo 64 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, relativas a puestos de trabajo a cubrir mediante concurso. Asimismo, la atribución temporal de funciones en los términos y condiciones regulados en el artículo 66 del mencionado Reglamento, con excepción de las relativas a puestos de trabajo de libre designación. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Autorizar la permanencia en el servicio activo hasta un máximo de setenta años. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Todos aquellos actos de administración y gestión ordinaria no atribuidos por esta Orden a otros órganos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario, sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los Servicios periféricos:
Dar posesión y cese a los funcionarios. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario destinado en los servicios centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
Conceder las excedencias voluntarias, excepto en la modalidad de incentivada, y la excedencia para el cuidado de familiares. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario destinado en los servicios centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
Conceder los permisos, licencias y vacaciones. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario destinado en los servicios centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
El reconocimiento de trienios. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario destinado en los servicios centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
Declarar la jubilación forzosa por edad o por incapacidad permanente para el servicio. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario destinado en los servicios centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
La propuesta e informe sobre autorización de compatibilidades. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal funcionario destinado en los servicios centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:
Conceder el reingreso al servicio activo con carácter provisional en los términos y condiciones previstos en el artículo 62 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal perteneciente a los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias:
Conceder la jubilación voluntaria. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal perteneciente a los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias:j
La jubilación cualquiera que sea su carácter, de funcionarios en situación distinta a la de servicio activo, excluido el personal en situación de servicio en otras Administraciones Públicas. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al personal perteneciente a los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias:
La formalización de contratos de trabajo para personal fijo y temporal y, en su caso, de las cláusulas adicionales de los mismos. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
La resolución y suspensión de los contratos, excepto en los supuestos que se delegan en los Directores o Gerentes de los centros penitenciarios y la modificación de las condiciones laborales. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
El reconocimiento de trienios y de servicios previos. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
Dar posesión y cese al personal laboral. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
La concesión de licencias recogidas en el Convenio Único. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
La acción social general. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
Todas las excedencias del personal laboral tanto de servicios centrales como de periféricos. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
Todos aquellos actos de administración y gestión ordinaria no atribuidos expresamente por esta Orden a otros órganos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con excepción de los relacionados con el ejercicio de la potestad disciplinaria. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
La propuesta e informe sobre autorización de compatibilidades. El Subdirector General de Recursos Humanos por delegación Del Subsecretario de Interior: Respecto al PERSONAL LABORAL destinado en la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias:
La aceptación de las donaciones de bienes muebles, en su ámbito de competencias, según lo estipulado en el artículo 21.1 de la Ley 33/2003. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Ministro titular del Departamento.
La enajenación de los bienes muebles afectados o adscritos o los que hubiera venido utilizando la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Ministro titular del Departamento.
Autorizar la retirada de las garantías provisionales y definitivas de los contratos que se celebren en el ámbito de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias con independencia de su cuantía. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad:
Las facultades que la legislación le confiere como órgano de contratación, incluidos los negocios jurídicos y las encomiendas de gestión que puedan formalizarse con el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, al amparo de lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 4.1.n), en relación con el artículo 24.6 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad: Siempre que su cuantía no exceda de 300.000 euros, salvo lo delegado en otras autoridades, y su financiación sea con cargo a los créditos presupuestarios del centro directivo:
La aprobación y el compromiso de los gastos de los servicios dependientes de la Secretaría General, así como el reconocimiento de las obligaciones que de ellos se deriven y la propuesta de pago al Ministro de Economía y Hacienda. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad: Siempre que su cuantía no exceda de 300.000 euros, salvo lo delegado en otras autoridades, y su financiación sea con cargo a los créditos presupuestarios del centro directivo:
Se exceptúan de esta delegación las operaciones de cuantía igual o inferior a 120.000 euros cuya competencia esté atribuida a los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, salvo las facultades que la legislación le confiere como órgano de contratación y la aprobación y compromiso del gasto cuando afecte a varios centros. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad: Siempre que su cuantía no exceda de 300.000 euros, salvo lo delegado en otras autoridades, y su financiación sea con cargo a los créditos presupuestarios del centro directivo:
La concesión de ayudas y subvenciones. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad: Siempre que su cuantía no exceda de 300.000 euros, salvo lo delegado en otras autoridades, y su financiación sea con cargo a los créditos presupuestarios del centro directivo:
el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 2.2.1 y 2.2.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de inicio del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se delegan en el Titular de la Dirección General de Gestión de Recursos. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad: Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros,
la facultad de designar comisiones de servicio con derecho a indemnización en territorio nacional respecto del personal funcionario y laboral que preste sus servicios en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El Subdirector General de Servicios Penitenciarios por delegación Del Subsecretario del Interior, salvo lo delegado en otras autoridades,
La aprobación y el compromiso de gastos correspondientes a retribuciones, cuotas sociales, acción social y anticipos reintegrables del personal destinado en el centro penitenciario del que cada uno sea Titular, así como el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago dirigida al Ministerio de Economía y Hacienda. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad:
Respecto del Convenio con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. y de los contratos de transporte de personal a los Centros Penitenciarios, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, en su ámbito de competencias. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad:
La aprobación y el compromiso, así como el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago dirigida al Ministro de Economía y Hacienda, de los gastos financiados con el capítulo II y el conceptos 482 del presupuesto de gastos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y del capítulo VI, salvo tecnologías de la información y las comunicaciones y obras de importe superior a contrato menor, con la excepción de la aprobación y el compromiso de gasto que se deriven de las encomiendas de gestión, los convenios de colaboración y los negocios jurídicos a que se refiere el artículo 4.1.n de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad Hasta un límite máximo de 120.000 euros
La concesión de ayudas y subvenciones en la aplicación 16.05.482 con cargo a los créditos de los servicios presupuestarios del ámbito de competencias de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dentro del ámbito de competencias de su Centro Penitenciario. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad Hasta un límite máximo de 120.000 euros
Las facultades que la Ley de Contratos del Sector Público atribuye al Secretario de Estado como órgano de contratación, excluidas las encomiendas de gestión, los convenios y los negocios jurídicos a que se refiere el artículo 4.1 n. de la citada ley y los contratos referidos a tecnologías de la información y comunicaciones y de obras por importe superior a contrato menor. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad Hasta un límite máximo de 120.000 euros
Respecto de las encomiendas de gestión, salvo las de alimentación de internos, o negocios jurídicos a que se refiere el artículo 4.1.n de la ley de contratos del sector público, contratos de servicios y de suministros, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, en el ámbito del centro penitenciario del que es titular, con exclusión de los referidos a obras del Capítulo VI cuya adjudicación supere el importe de un contrato menor o entre en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad Hasta un límite máximo de 120.000 euros
La autorización de la retirada de garantías provisionales y definitivas de los contratos que celebren en el ámbito del centro penitenciario Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad Hasta un límite máximo de 120.000 euros
La aprobación y el compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de las estancias de detenidos en depósitos municipales. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad Hasta un límite máximo de 120.000 euros
La concesión y distribución de vacaciones anuales y días por compensación de festivos. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Subsecretario del Interior, respecto al personal laboral, perteneciente a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y destinado en sus Centros Penitenciarios
La concesión de los permisos retribuidos por los tiempos y causas establecidas en el Convenio único. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Subsecretario del Interior, respecto al personal laboral, perteneciente a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y destinado en sus Centros Penitenciarios
La suspensión de contratos de trabajo en el supuesto de maternidad, adopción o acogimiento de menores de cinco años y de incapacidad laboral temporal. Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Subsecretario del Interior, respecto al personal laboral, perteneciente a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y destinado en sus Centros Penitenciarios
la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización en territorio nacional, cuya duración no exceda de cinco días, Los Directores o Gerentes de los Centros Penitenciarios, por delegación Del Subsecretario del Interior respecto del personal funcionario y laboral que preste sus servicios en el Centro Penitenciario.
as facultades que la Ley de Contratos del Sector Público, atribuye al Secretario de Estado como órgano de contratación para aquellos contratos cuya finalidad sea realizar actividades docentes en el Centro de Estudios Penitenciarios, desarrolladas en forma de cursos de formación o perfeccionamiento, seminarios, congresos, mesas redondas, conferencias, etc., del personal al servicio de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, así como la aprobación, el compromiso de gasto y el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago al Ministerio de Economía y Hacienda de los gastos derivados de este tipo de contrataciones. El Director del Centro de Estudios Penitenciarios ejercerá, por delegación Del Secretario de Estado, hasta el límite de 120.000 euros,
La convocatoria de cursos de formación y perfeccionamiento, la selección de los asistentes a los mismos, así como la autorización de la asistencia a jornadas y cursos, del personal adscrito a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El Director del Centro de Estudios Penitenciarios ejercerá, por delegación Del Subsecretario del Interior,
Las autorizaciones especiales de uso sobre bienes afectados o adscritos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Ministro titular del Departamento. Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
Las concesiones y autorizaciones sobre los bienes y derechos demaniales del Patrimonio del Estado que se encuentren afectados o le corresponda su gestión o administración, según lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Ministro titular del Departamento. Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
Las facultades que la legislación le confiere en materia de contratación administrativa, incluidos los negocios jurídicos y las encomiendas de gestión que puedan formalizarse al amparo de lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del artículo 4.1 n), en relación con el artículo 24.6, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los créditos asignados a los servicios presupuestarios Siempre que su cuantía no exceda de 600.000 euros, excepto lo delegado en otras autoridades: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La aprobación y compromiso de los gastos propios de los servicios dependientes de la Secretaría General, así como el reconocimiento de las obligaciones que de ellos se deriven y la propuesta de pago efectuada al Ministro de Economía y Hacienda. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los créditos asignados a los servicios presupuestarios Siempre que su cuantía no exceda de 600.000 euros, excepto lo delegado en otras autoridades: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La concesión de ayudas y subvenciones El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con los créditos asignados a los servicios presupuestarios Siempre que su cuantía no exceda de 600.000 euros, excepto lo delegado en otras autoridades: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 2.1.1 y 2.1.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de inicio del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se delegan en el Titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad, Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 600.000 euros e inferior a 1.500.000. Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La convocatoria de pruebas selectivas en relación con los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La concesión del reingreso al servicio activo a quienes lo obtengan a través de la participación en convocatorias de provisión de puestos de trabajo mediante concurso. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Secretario de Estado de Seguridad: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La redistribución de efectivos de los funcionarios que ocupen con carácter definitivo puestos no singularizados y la movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo no singularizados. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La provisión de puestos de trabajo por procedimiento de reasignación de efectivos. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
Autorizar la permuta de puestos de trabajo. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La adscripción provisional de puestos de trabajo a funcionarios en los supuestos previstos en los apartados a) y b) del artículo 63 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en el ámbito de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La adscripción con carácter definitivo de puestos de trabajo a funcionarias víctimas de violencia de género, prevista en el artículo 66 ter. del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La asignación de puestos de trabajo a los funcionarios de Instituciones Penitenciarias que por razón de edad regula el Real Decreto 89/2001, de 2 de febrero. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
El nombramiento de personal interino. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
La fijación del calendario laboral. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
Las relaciones sindicales en el ámbito de las Instituciones Penitenciarias. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
Acordar las comisiones de servicio previstas en el artículo 64 del citado Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, relativas a los puestos de trabajo de libre designación, así como las comisiones de servicio establecidas en los artículos 65 y 69 del citado Reglamento. El titular de la Dirección General de Recursos por delegación Del Subsecretario del Interior y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Dirección General de Gestión de Recursos (ORGANO SUPRIMIDO CUYAS FUNCIONES SON ASUMIDAS EN LA ACTUALIDAD POR EL TITULAR DE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS)
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